
Con la extensión de las medidas de aislamiento dispuesta por el Gobierno hasta el 26 de abril, la situación de las empleadas de casas particulares no se modificó: están dentro del grupo de trabajadores que debe respetar la cuarentena sin concurrir a su lugar de trabajo pero con el derecho de seguir percibiendo sus salarios. El pago que tienen que realizar sus empleadores no puede ser reemplazado por el bono de $10.000 que, en algunos casos, les otorga la Anses.
Según la información difundida por el Ministerio de Trabajo y el Sindicato de Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) estas son las principales medidas a tener en cuenta sobre el trabajo de las empleadas domésticas durante la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio:
- Las empleadas de casas particulares de todas las categorías no deben concurrir a su lugar de trabajo mientras dure la cuarentena. Solo pueden seguir trabajando, las trabajadoras que cumplen tareas de cuidado y asistencia de personas. Son las que pertenecen a la categoría 4 —que comprende la asistencia y el cuidado no terapéutico de personas enfermas, con discapacidad, niños y adultos mayores— y que está dentro del personal considerado esencial y, por lo tanto, exceptuado de las medidas de aislamiento.
- Con todo, no podrán ser consideradas como trabajadoras esenciales, las personas embarazadas o incluidas en los grupos de riesgo que definió el Ministerio de Salud de la Nación.

- Durante la cuarentena, las empleadas deben cobrar su salario en forma completa y con sus correspondientes aportes. Incluso en el caso que la modalidad de trabajo sea por horas. “Las empleadas que realicen tareas por hora, también deben seguir cobrando su salario. A la que está regularizada, se le debe mantener y respetar la cantidad de horas en las que venía trabajando hasta ahora", explicó Carlos Brasesco, apoderado legal de UPACP.
- A partir de mayo, se aplicará un aumento del 5% en los salarios mínimos del personal doméstico. Con la nueva escala salarial, la hora de trabajo quedó establecida en $144,50 para el personal que realiza tareas generales con retiro y en $155,50 para el personal sin retiro. En tanto, el salario mensual para el personal que realiza tareas generales quedó fijado en $17.785 (con retiro) y $19.777 (sin retiro).
- Las empleadas pueden acceder a cobrar el bono de Anses de $10.000 (el Ingreso Familiar de Emergencia). Pero este ingreso extra no reemplaza el pago del salario por parte de sus empleadores, que debe pagarse en forma completa.
- En el caso de que las trabajadoras no dispongan de una cuenta bancaria, sus empleadores pueden encontrar alternativas para poder realizar el pago. Una opción es el sistema de pago a través de cajeros automáticos: el empleador debe generar una clave a través de su homebanking con los datos del destinatario del dinero, que podrá recibirlo en un cajero automático. Las modalidades varían si se trata de cajeros de la Red Banelco o de la Red Link.
Desde el sindicato, señalaron que reciben entre 100 y 120 consultas diarias de empleadas de casas particulares. En el 40% de los casos son denuncias porque sus empleadores las obligan a concurrir a su lugar de trabajo bajo amenaza de no pagarles su salario o tomar estas semanas a cuenta de las vacaciones, según detalló Brasesco. “También hay casos donde quieren descontar del pago del salario el bono de $10.000 de Anses y muchas consultas sobre cómo cobrar cuando no tienen una cuenta bancaria”, agregó.
Para solicitar asesoramiento jurídico se puede escribir al WhatsApp del sindicato +549 11 5578-0279. Por consultas por el Ingreso Familiar de Emergencia, a los números de WhatsApp 11 3940-9875 y 11 2237-8249. Y por temas gremiales, al 11 2246-1821.
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