Voto accesible: todo lo que hay que saber

Las personas con algún tipo de discapacidad tienen derecho a todo lo que significa accesibilidad electoral. Qué hay que saber y cuáles son las diferentes opciones para ejercer el voto que existen

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La accesibilidad electoral es un
La accesibilidad electoral es un derecho

La accesibilidad electoral es un conjunto de herramientas disponibles para eliminar todas las barreras que impidan a las personas que tengan algún tipo de discapacidad ejercer su derecho al voto.

Este domingo 13 de agosto se llevarán a cabo las elecciones primarias en donde los ciudadanos que tengan la edad indicada para votar deben ejercer su derecho cívico.

Está regido por las leyes, que los establecimientos en donde se realizarán las votaciones deben estar preparados para facilitar y/o asistir en caso de presentarse la situación, a personas con cualquier tipo de discapacidad, ya sea permanente o transitoria.

Todo debe estar dispuesto para
Todo debe estar dispuesto para que las personas con alguna discapacidad puedan ejercer su voto sin ningún problema (Shutterstock)

En el caso de que una persona tenga discapacidad visual, podrá asistir acompañado al cuarto oscuro o también tendrá la posibilidad de solicitarle a alguna autoridad de mesa ayuda para votar. Siempre y cuando deje asentado esta autoridad que colaboró con la persona. Este tipo de ayuda se denomina voto asistido y se encuentra en la Ley 26.774, art. 94.

Algo importante del voto asistido es que la persona que asistió una vez, no podrá volver a ayudar a otro ciudadano; para no entorpecer las elecciones, dicho asistente brindará sus datos para dejar asentado el voto asistido.

También cada establecimiento debe contar con un cuarto oscuro accesible (COA), en el que podrán votar los electores registrados que presenten alguna discapacidad o limitación, que sea permanente o transitoria. Será habilitado en el espacio de más fácil acceso y más cercano al ingreso del establecimiento.

Los edificios deben estar preparados
Los edificios deben estar preparados para facilitar el acceso (Istock)

En el caso de presentar alguna dificultad para firmar en el padrón, la autoridad de mesa puede ayudarte en el proceso. En este caso, la autoridad de mesa puede firmar por la persona y dejar constancia de la circunstancia en el espacio de observaciones del padrón.

En el caso de requerir un perro asistente, el ciudadano puede entrar acompañado y podrá permanecer junto a él mientras vota.

Todos los establecimientos deben contar con rampas pero en el caso de que tenga barreras arquitectónicas, es decir, que no estén preparados para asistir a personas con algún tipo de discapacidad, el elector deberá dirigirse al delegado de la Justicia Nacional Electoral o al personal del Comando General Electoral que le proporcionarán la ayuda necesaria para ejercer el derecho.

Para más información:  https://www.argentina.gob.ar/justiciacerca/votoaccesible

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