
La Asamblea Legislativa de Costa Rica aprobó en primer debate una reforma legal que convierte la minería ilegal en un delito de crimen organizado y eleva las penas de prisión hasta seis años.
El cambio modifica el panorama judicial para quienes operan en Crucitas de Cutris, la zona fronteriza con Nicaragua donde la extracción clandestina de oro se expandió de dos a 30 kilómetros cuadrados en la última década.
La medida llega después de años de una paradoja legal que los propios legisladores reconocieron: decenas de personas habían sido capturadas por practicar minería ilegal en Crucitas, pero las penas vigentes, que no superaban los dos meses de cárcel, hacían imposible procesarlas con eficacia. Hay registros de mineros nicaragüenses deportados más de 35 veces del territorio costarricense.
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El vacío legal que habilitó la crisis
Hasta la aprobación de esta reforma, la legislación ambiental costarricense no catalogaba la gran mayoría de los delitos ambientales como delitos graves, categoría reservada para conductas que acarrean penas superiores a cuatro años de prisión.
La minería ilegal, en particular, estaba tipificada como un delito ambiental menor. Esa brecha jurídica permitió que la actividad se consolidara durante años con campamentos improvisados, caminos clandestinos y una logística transfronteriza cada vez más sofisticada.
Los insumos entran por rutas que eluden los cordones policiales, incluso embarcados por el río San Juan.

El impacto ambiental acumulado es grave. El Colegio de Geólogos de Costa Rica estimó que la zona afectada podría alcanzar las 10,000 hectáreas, con más de 200 toneladas de mercurio utilizadas desde 2017 y cerca de 300 piletas con cianuro de sodio identificadas en el sector de Conchudita.
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Las pérdidas económicas para el país se calculan entre USD 1,500 millones y USD 2,000 millones en ese mismo período.
Qué cambia con la nueva ley
El proyecto “Reforma a varias leyes para fortalecer la lucha contra el crimen organizado en materia de delitos ambientales” modifica el Código de Minería para imponer penas de tres meses a cinco años de cárcel a quien realice actividades mineras dentro de parques nacionales, reservas biológicas u otras áreas de conservación.
Cuando el delito sea cometido por un grupo estructurado de dos o más personas con actuación sostenida en el tiempo, la sanción sube a un rango de tres a seis años de prisión.
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Al quedar encuadrada dentro de la Ley contra la Delincuencia Organizada, la minería ilegal habilita herramientas que antes no estaban disponibles: ampliación de los plazos de investigación, intervención de comunicaciones y rastreo de estructuras financieras.
El Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y la Fiscalía General podrán ahora seguir el rastro del cianuro, del mercurio y de los compradores internacionales del oro extraído.
“Hoy finalmente logramos un paso sustancial real para combatir la minería ilegal en Crucitas y en otras partes de nuestro país”, declaró José María Villalta, jefe de fracción del Frente Amplio, tras la votación. El proyecto, añadió, “permite sancionar, investigar y perseguir estas actividades como crimen organizado, que es lo que son”.
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Las mismas penas se aplicarán a otras redes ilícitas ambientales: tala ilegal, tráfico de especies en peligro de extinción y caza de tortugas marinas.
Una negociación política de tres años
La iniciativa fue presentada en septiembre de 2023 por el entonces diputado Ariel Robles, del Frente Amplio, pero su avance estuvo bloqueado durante años por tensiones entre el oficialismo y la oposición.
El desbloqueo llegó mediante un acuerdo político: el Partido Pueblo Soberano (PPSO) convocó el proyecto en sesiones extraordinarias y, a cambio, el Frente Amplio retiró cerca de 72 mociones que frenaban el plan del Gobierno para legalizar la explotación minera industrial en la zona. El paquete se aprobó con 53 votos a favor, aunque fue retrotraído a comisión para incorporar enmiendas que lo armonicen con un proyecto presentado el 27 de julio de 2026 por la presidenta Laura Fernández.
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Ese segundo proyecto gubernamental propone penas aún más severas: de seis meses a 10 años de prisión para toda la cadena productiva de la minería ilegal, según anunció el Ejecutivo ante el Congreso.

El trasfondo de Crucitas
La historia de Crucitas como zona de conflicto minero no comienza con los coligalleros nicaragüenses. La empresa canadiense Infinito Gold obtuvo en 2008, durante la presidencia de Óscar Arias, una concesión para operar una mina de oro a cielo abierto en el sitio, con proyecciones de extraer hasta 85.000 onzas de oro al año de un yacimiento estimado en 1,2 millones de onzas.
La concesión generó una batalla legal que duró más de una década y movilizó a grupos ambientalistas, comunidades locales y organizaciones universitarias. En noviembre de 2011, el Tribunal Contencioso-Administrativo anuló la concesión. La empresa llegó a amenazar al Estado costarricense con una demanda de USD 1.000 millones ante un tribunal de arbitraje internacional, aunque en junio de 2021 el tribunal falló a favor de Costa Rica.
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Con el sitio sin operador legal desde entonces, los mineros artesanales ocuparon el vacío. Hoy, según el Ministerio de Seguridad, empresas chinas instaladas en el lado nicaragüense de la frontera compran la broza, el material con partículas de oro, para procesarla por su cuenta, lo que introduce el mineral en cadenas legales de exportación internacional.

El costo de la seguridad y el debate sobre la minería legal
La crisis en Crucitas le cuesta al Estado costarricense cerca de USD 1,3 millones mensuales en operativos de seguridad, según cifras del Gobierno. La presidenta Fernández impulsó en paralelo el proyecto de ley número 24.717, que plantea crear un régimen especial de minería metálica a cielo abierto en Crucitas y declarar la actividad como de conveniencia nacional para que una empresa privada explote el oro y desplace a los mineros ilegales.
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Esa iniciativa, presentada en noviembre de 2024, acumula más de 650 mociones de oposición y su trámite permanece paralizado.
La Fundación del Río alertó, entre tanto, que Nicaragua incumple los acuerdos binacionales suscritos con Costa Rica para frenar el flujo de mineros artesanales: ni la Fuerza Naval del Ejército nicaragüense ni la Dirección General de Transporte Acuático han desplegado operativos para impedir el uso del río San Juan como vía de acceso a los puntos de extracción ilegal.
La Sala Constitucional costarricense ya había señalado que la inacción del Estado ante esta situación constituye una violación al derecho fundamental a la salud y a un ambiente sano, y exigió medidas inmediatas para proteger a las comunidades del norte del país.
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