
La justicia de Colombia avaló la presunta responsabilidad solidaria de Karen Abudinen en el escándalo del contrato de Centros Poblados, tras confirmar una medida cautelar que prohíbe disponer de su apartamento en Barranquilla.
La decisión tomada por el Juzgado Segundo del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Bogotá y revelada por la revista Cambio se fundamenta en que la exministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) era responsable de controlar y vigilar el contrato de conectividad rural adjudicado a una unión temporal liderada por Emilio Tapia, lo que ocasionó un serio daño al patrimonio público.
El juez de Bogotá concluyó que Abudinen, como ordenadora del gasto, no quedó exonerada de supervisar el contrato, a pesar de haber delegado funciones en la exsecretaria general.
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Entre las medidas tomadas por el juzgado se incluye la imposibilidad de que Abudinen venda o transfiera el inmueble, adquirido antes de su llegada al Ministerio TIC. La justicia estableció que la conectividad rural era una función esencial del ministerio y que la ausencia de control facilitó el fraude que perjudicó fondos dedicados a la educación en zonas rurales.

“A juicio del despacho, sí se imponía responsabilidad a dicha cartera ministerial, representada por la exministra, en la medida en que el contrato tenía por objeto la ejecución de una política pública orientada a promover centros digitales en instituciones educativas de zonas rurales, bajo la dirección de ese ministerio a cargo de la afectada Abudinen Abuchaibe”, se lee en el fallo judicial revelado por Cambio.
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La validación judicial de esta medida responde a que la exministra tenía la obligación, como titular del Ministerio TIC, de ejercer vigilancia sobre el contrato por más de $1,07 billones, incluso si las gestiones contractuales directas las ejecutaba una subalterna.
De acuerdo con el juzgado, la falta de control constituyó un incumplimiento grave de sus deberes, lo cual justifica la vinculación de su patrimonio a la investigación por extinción de dominio.
“La afectada –Abudinen–, en ejercicio de esa labor, en el entender de este funcionario judicial y bajo el criterio de autonomía, en grado de probabilidad se le imponía el cumplimiento de las funciones propias y normales de la Nación, en el marco de la política pública implementada, de modo que, si bien la delegación para contratar era factible, dicha delegación no exoneraba el cumplimiento de los deberes de control y vigilancia sobre la actividad contractual,pese a la decisión de archivo del 23 de septiembre de 2024, proferida por la Procuraduría General de la Nación“, señala el fallo.
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Por su parte, la defensa de Abudinen, encabezada por el abogado Luis Antonio Hernández, describió la medida como “arbitraria” e “ilegal”, advirtiendo que se equipara una “responsabilidad solidaria” a la aplicada a estructuras criminales.

Hernández sostuvo ante el juzgado que no existen pruebas de enriquecimiento ilícito por parte de su clienta; remarcó además que la compra del apartamento se realizó legalmente en 2019, antes de la firma del contrato bajo investigación.
“No se refirió la fiscal, efectivamente, a ningún enriquecimiento ilícito previo de la doctora Karen Abudinen, limitándose a fundamentar la medida cautelar en su supuesta negligencia en el trámite del contrato suscrito el 9 de diciembre de 2020 con la Unión Temporal Centros Poblados,respecto del cual fue exonerada fiscalmente por la Contraloría General de la República y no ha sido procesada penalmente por la Fiscalía General de la Nación, según se admitió”, señaló el abogado en sus argumentos.
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El juez, sin embargo, rechazó el argumento de la defensa y mantuvo el embargo sobre el inmueble pese a que la Procuraduría General de la Nación exoneró a Abudinen de responsabilidad disciplinaria en septiembre de 2024, archivando el proceso por no haber participado en la aprobación de garantías falsas ni en la supervisión directa del contrato con Centros Poblados.
Entretanto, la fiscal 21 de Extinción de Dominio, Ana América Pereira, Advirtió que la omisión de Abudinen como ordenadora del gasto justificaba la responsabilidad solidaria en el detrimento estatal de más de 84.000 millones de pesos.
“No puede pasar por alto la falta de diligencia y cuidado como ordenador del gasto en su calidad de ministra de las Tecnología de la Información y Comunicaciones de Colombia, asistiéndole responsabilidad solidaria en el detrimento al Estado de más de 84.000 millones de pesos”, señaló la Fiscalía.
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El abogado Andrés Fabián Castrillón, del Ministerio de Justicia, apoyó la posición de la Fiscalía, alegando que existen elementos para relacionar el inmueble con la causal 11 del Código de Extinción de Dominio, incluso sin sentencia penal firme.
El caso nació a raíz de la adjudicación del contrato para la conectividad de escuelas rurales a la Unión Temporal Centros Poblados el 9 de diciembre de 2020, por un monto de $1,07 billones. La ejecución deficiente de ese contrato desencadenó un escándalo de corrupción y dejó un déficit comprobado de 87.027 millones de pesos en el patrimonio público, según la Contraloría y el principal implicado, Emilio Tapia, fue condenado a más de seis años de prisión por estos hechos.
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Los alegatos de la defensa de Karen Abudinen
Tras la determinación del Juzgado Segundo del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Bogotá, la defensa de la exministra advirtió que dicha medida sería un grave presente sobre la aplicación de la “responsabilidad solidaria” a ministros y altos funcionarios designados como ordenadores del gasto.
El abogado Luis Antonio Hernández advirtió que que la interpretación adoptada puede poner en riesgo los bienes de cualquier funcionario que administre recursos estatales, aunque no exista beneficio personal o condena penal previa.
“Cualquier ordenador del gasto, cuyo actuar sea calificado de negligente, podría ver su patrimonio personal, lícitamente adquirido, sujeto a extinción de dominio por los delitos cometidos por contratistas o subalternos, sin haber obtenido un solo peso de provecho ilícito”, señaló el abogado al juzgado, según reveló la revista Cambio.
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El caso está actualmente en apelación ante el Tribunal Superior de Bogotá, responsable de decidir sobre la legalidad de la medida cautelar impuesta al patrimonio de la exministra.
Entretanto, la decisión no conlleva efectos penales ni disciplinarios para Abudinen, dado que se trata de un proceso patrimonial. Sin embargo, su resultado podría convertir la vigilancia y el control en requisitos reforzados para los responsables de contratación pública en Colombia.
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