
Cuatro integrantes de la Policía Nacional fueron asegurados con medida privativa de libertad en centro carcelario, tras ser señalados por la Fiscalía General de la Nación como presuntos responsables de actos de tortura cometidos contra un privado de la libertad en Antioquia.
El objetivo habría sido obligar a la víctima a revelar la ubicación de una supuesta caleta con armas y dinero, informó la mañana del sábado 25 de abril de 2026 el ente investigador.
Los hechos ocurrieron el 9 de julio de 2025, cuando el hombre, que se encontraba detenido en la estación de policía de San Vicente Ferrer, fue esposado y trasladado mediante engaños a una zona rural del municipio de La Ceja.
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En ese lugar, los uniformados le habrían mostrado una pica y una pala, mientras lo amenazaban con enterrarlo allí si no colaboraba con la información solicitada.
Los policías implicados fueron identificados como:
- El intendente Rodolfo Herrera Hernández.
- Los subintendentes Yonerse Alejandro Álvarez Marín y Sor Ángela Sánchez Duque.
- La patrullera María Gabriela Yáñez Rodríguez.

Desde la Fiscalía se conocieron detalles en medio de la audiencia que finalizó con la reclusión de las cuatro personas en centro carcelario, sostiene que, tras las amenazas, la víctima logró escapar y buscar ayuda en una finca ubicada en el municipio de La Unión, donde recibió auxilio y fue puesta en contacto con efectivos de la Dijin de la Policía Nacional, quienes facilitaron su entrega voluntaria.
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El falso reporte que se emitió tras el escape del privado de la libertad
El 11 de julio de 2025, dos días después del presunto episodio de tortura, el intendente Herrera Hernández, entonces subcomandante de la estación de policía de San Vicente Ferrer, reportó a sus superiores que el privado de la libertad se había fugado durante un supuesto traslado médico.
Según la investigación, este reporte no corresponde con lo sucedido, motivo por el cual la Fiscalía también imputó a Herrera Hernández el delito de falsedad ideológica en documento público.
Con base en los elementos materiales probatorios recabados, un fiscal especializado de la Seccional Antioquia imputó a los cuatro uniformados el delito de tortura.
En uno de los apartes de la audiencia, el fiscal señaló que “todos ellos (los hoy tras las rejas) le exigieron, mediante intimidación y coacción al interno, la entrega y ubicación de caletas con dineros o armas y le infligieron sufrimiento psíquico exhibiéndole herramientas como palas y palines a modo de intimidación, ya que si no entregaba la información pedida, entrega de caletas, sería ultimado y enterrado en una fosa”.
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Para Herrera Hernández, la imputación incluyó el cargo adicional de falsedad documental.
Un juez de control de garantías determinó imponer medida de aseguramiento intramural para los implicados, decisión que fue apelada por la defensa ante los jueces de segunda instancia.
Al final, desde el ente investigador se detalló que el proceso judicial mantiene la investigación abierta para esclarecer las circunstancias y la posible existencia de otros implicados o hechos relacionados con la búsqueda de la presunta caleta de armas y dinero.
Uniformado fue condenado por causar lesión ocular a un manifestante en Bogotá
A inicios de abril de 2026, un agente de la Policía de Colombia, identificado como Danilo José Núñez Zabaleta, fue sentenciado (en primera instancia) a siete años de prisión por provocar una lesión ocular irreversible a una universitaria durante las protestas del 28 de abril de 2021 en Bogotá.
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Según la Fiscalía de Colombia, el fallo incluye también una inhabilitación para ejercer cargos públicos por el mismo periodo y una multa de 24,3 salarios mínimos legales mensuales.
La investigación, dirigida por la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, determinó que Núñez Zabaleta —miembro entonces del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad, ahora denominado Undmo —Unidad de Diálogo y Mantenimiento del Orden—), cuerpo policial señalado por denuncias de abusos durante el llamado “estallido social”— disparó un proyectil de goma que impactó en el ojo derecho de la víctima, que regresaba a su domicilio tras una manifestación contra la reforma fiscal del entonces presidente Iván Duque.
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La jueza del caso calificó la acción como “desproporcionada, innecesaria y contraria a los protocolos institucionales”, según el comunicado oficial.
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