
El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, defendió el carácter constitucional del salario mínimo vital y móvil. Explicó que el mecanismo busca que la remuneración se ajuste para mantener el poder adquisitivo de los trabajadores frente al aumento de las tasas de interés decidido por el Banco de la República.
Señaló, como anticipó el presidente Gustavo Petro que, si el Emisor continúa subiendo las tasas en el país, el Gobierno considerará la posibilidad de convocar de forma anticipada a la Comisión de Concertación con el objetivo de revisar el salario mínimo, en línea con lo dispuesto por el artículo 53 de la Constitución. El jefe de cartera remarcó que la medida busca responder a las necesidades económicas de los trabajadores, no a intereses políticos o discrecionales.
Fundamento del salario mínimo vital y móvil
Sanguino resaltó que el fundamento del salario mínimo vital y móvil está claramente estipulado en la Constitución. “El artículo 53, como bien lo dijo el presidente en el Consejo de Ministros, establece no solo el salario mínimo vital, sino que le agrega un segundo concepto: el de vital y móvil”, afirmó el ministro a Caracol Radio.

Según su interpretación, esa disposición permite que el salario “deba adaptarse o que pueda adaptarse en un periodo de tiempo determinado —en este caso, en un año—, para que no se pierda el poder adquisitivo por parte de los trabajadores o de que no se deteriore ese poder adquisitivo”.
“El salario debe adaptarse para que no se deteriore el ingreso de los trabajadores”, insistió. El funcionario considera que una nueva alza de las tasas de interés podría acelerar la activación del mecanismo constitucional que faculta revisar el salario mínimo en circunstancias extraordinarias.
Críticas a la política de tasas del Banco de la República
Durante la entrevista, el ministro cuestionó la orientación adoptada por la Junta Directiva del Banco de la República, por lo que calificó la política como “un poco terca”. Explicó que “lo que estamos presenciando con la decisión, yo creo que un poco terca de la Junta Directiva del Banco de la República, de la mayoría de cuatro miembros de la Junta Directiva, es no solo aumentar la tasa de interés, como lo han hecho ya en dos ocasiones este año, sino anunciar o amenazar con seguir incrementando la tasa en una concepción, desde el punto de vista de la doctrina económica, a juicio nuestro, equivocada”.
De igual manera, advirtió que priorizar el control inflacionario mediante la restricción de la demanda impacta directamente en el poder de compra de los sectores laborales.

“La inflación se controla controlando la demanda, y controlando el poder adquisitivo de los trabajadores. Y si el Banco de la República sigue empecinado en una actitud de esta naturaleza, el Gobierno y en este caso el presidente, junto con el ministro de Hacienda y el ministro del Trabajo, tenemos a la mano la posibilidad de convocar la Comisión de Concertación para proponer un ajuste del salario que permita compensar estas decisiones desafortunadas de la Junta Directiva del Banco de la República”, recalcó el ministro.
Resaltó que la reacción del Ejecutivo responde a una coyuntura generada por la política de la autoridad monetaria y rechazó que se trate de una estrategia electoral. “Nosotros estamos reaccionando a unas circunstancias que tienen que ver, digamos, con un debate económico, de doctrina y de política pública”, enfatizó.
El Gobierno contempla activar la Comisión de Concertación
Al referirse a la posibilidad de convocar a la Comisión de Concertación, Sanguino sostuvo que esta decisión dependerá de la evolución de las tasas de interés en las próximas reuniones del Banco de la República. “Es probable que ocurra. El presidente lo planteó ayer y no fue de manera caprichosa”, afirmó el ministro en Caracol Radio.
Y aclaró que la medida no busca sorprender ni desestabilizar el entorno económico, sino responder a los efectos concretos que los incrementos de las tasas puedan tener sobre el salario de los trabajadores. El titular de la cartera laboral señaló que “si sigue la Junta Directiva en esa actitud, pues no nos dejan otra alternativa que convocar la Comisión de Concertación para discutir y para revisar el impacto que ese incremento tiene sobre el salario de los trabajadores”.
También precisó que cualquier decisión de este tipo será adoptada de manera conjunta con el presidente Gustavo Petro y el ministro de Hacienda, “Esa es una decisión que adoptaremos con el presidente de la República, pero es probable que ocurra”, dijo el ministro.
En respuesta a quienes ven la iniciativa como una jugada política, el ministro replicó: “Lo mismo le podría decir usted a la junta directiva del Banco de la República que está en campaña electoral, ¿no? Este es un debate que no hemos originado nosotros”, puntualizó.

Debate jurídico sobre el ajuste del salario mínimo
Consultado sobre el marco regulatorio que rige los reajustes salariales, Antonio Sanguino señaló que existe un debate entre lo que ordena la Constitución y lo previsto por la ley ordinaria. “Claro, tenemos también un debate, que lo tuvimos también sobre el salario vital, y es que hay una disposición legal, la Ley 278 del 96, pero hay un mandato constitucional que es el artículo 53 de la Constitución Nacional”, explicó.
Reconoció que siempre surgen dudas jurídicas cuando el Gobierno toma decisiones sobre materias laborales. “Dígame usted qué asunto que haya sido objeto de decisión del Gobierno no genera dudas jurídicas en esos laboralistas expertos que usted menciona. Todas las decisiones, la reforma laboral, los decretos que hemos expedido sobre negociación multinivel, el salario vital, todas las decisiones que hemos tomado en función de los derechos de los trabajadores generan las dudas en esos sectores”, sostuvo Sanguino.
Señaló que, de ser necesario, el Gobierno presentará los argumentos económicos, técnicos y jurídicos pertinentes ante la Comisión de Concertación.
“Tendríamos, por supuesto, que convocar la Comisión de Concertación. Tendríamos que llevar los argumentos económicos, técnicos y jurídicos para proceder, digamos, a plantear una decisión de esa naturaleza”, afirmó. Destacó que la posibilidad de un reajuste extraordinario se fundamenta en disposiciones constitucionales y en la jurisprudencia, más allá del sentido restrictivo atribuido por algunos a la ley.
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