Ministro de Trabajo tranquilizó a los trabajadores tras decisión del Consejo de Estado de mantener la suspensión del decreto sobre el salario mínimo: “Sigue vigente”

Antonio Sanguino aseguró continuidad en el ajuste salarial temporal, luego de que la alta corte mantuviera la suspensión del decreto original y ordenara la expedición de un acto administrativo provisional

Guardar
El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, reaccionó al dato de inflación divulgado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), que ubicó la variación anual en 5,29%- crédito Cristian Bayona/Colprensa
El titular de Trabajo recalcó que los derechos laborales no tuvieron retroceso, luego de que el tribunal mantuvo la instrucción de aplicar el decreto transitorio para el salario mínimo de 2026 - crédito Cristian Bayona/Colprensa

El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, respondió a la decisión del Consejo de Estado que mantuvo la suspensión del decreto que fijaba el salario mínimo para 2026, dictado por el Gobierno nacional.

El pronunciamiento de Sanguino se centró en la vigencia del aumento transitorio, al señalar que la determinación judicial no afecta las medidas adoptadas para garantizar los derechos laborales mientras se resuelve la legalidad definitiva del decreto.

La decisión del Consejo de Estado ratificó que el incremento salarial definido por el Ejecutivo colombiano no tiene efecto inmediato.

El tribunal rechazó un recurso de reposición presentado contra la suspensión, confirmando su competencia para dictar medidas provisionales y ordenando al Gobierno expedir un aumento transitorio mientras se resuelve el litigio sobre la norma original. La medida mantiene la incertidumbre sobre el monto definitivo del salario mínimo para el próximo año, a la espera de un pronunciamiento de fondo.

En respuesta a ese escenario, Antonio Sanguino publicó en la red social X: “El salario vital sigue EN FIRME. En Colombia, las conquistas y derechos de las y los trabajadores NO tienen reversa. La decisión del Consejo de Estado conocida hoy no afecta el decreto transitorio que expedimos junto al presidente Gustavo Petro el pasado 13 de febrero de 2026. El alto tribunal ratificó que el juez sí tiene competencia para ordenar medidas cautelares, incluyendo la expedición de actos administrativos provisionales para garantizar los derechos del pueblo trabajador mientras decide de fondo (sic)”.

El funcionario recordó los antecedentes del caso al explicar que el Consejo de Estado suspendió el decreto original sobre el salario mínimo para 2026 (Decreto 1469 de 2025), el cual definía el tránsito hacia el salario vital, en cumplimiento del mandato constitucional.

Antonio Sanguino - crédito @AntonioSanguino/X
Antonio Sanguino recordó los antecedentes del caso al explicar que el Consejo de Estado suspendió el decreto original sobre el salario mínimo para 2026 (Decreto 1469 de 2025) - crédito @AntonioSanguino/X

Sanguino precisó que, en esa misma decisión, el tribunal ordenó al Gobierno nacional expedir un decreto transitorio, mandato que se materializó con el Decreto 159 de 2026.

En su declaración, Sanguino expresó: “Recordemos: el Consejo de Estado había suspendido el decreto original del salario mínimo 2026 (Decreto 1469 de 2025), que materializaba el tránsito hacia el salario vital, conforme al mandato de la Constitución de 1991 (sic)”.

Y agregó: “En esa misma decisión ordenó al Gobierno expedir un decreto transitorio, lo cual se cumplió con el Decreto 159 de 2026. Queda claro que, pese a que algunos demandantes alegaron extralimitación, el tribunal ha sido enfático: no hubo exceso y se actuó dentro de sus competencias”.

La explicación del ministro se produjo después de que el Consejo de Estado resolvió que el auto emitido el 13 de febrero de 2026 sigue en firme y que no se produjo ningún cambio respecto a las órdenes impartidas hasta el momento.

Antonio Sanguino - crédito @AntonioSanguino/X
Antonio Sanguino precisó que, en esa misma decisión, el tribunal ordenó al Gobierno nacional expedir un decreto transitorio, mandato que se materializó con el Decreto 159 de 2026 - crédito @AntonioSanguino/X

El tribunal enfatizó que la suspensión del decreto original no anula el decreto transitorio, por lo cual el ajuste salarial definido en ese acto administrativo continúa vigente.

Antonio Sanguino indicó que la decisión judicial significa que el aumento transitorio del salario mínimo se mantiene hasta que el tribunal adopte una resolución definitiva sobre la legalidad del decreto inicial.

“¿Qué significa esto? Que el aumento transitorio del salario mínimo sigue vigente mientras se toma una decisión definitiva. El Consejo de Estado negó la reposición, rechazó las aclaraciones y dejó en firme sus órdenes”, manifestó el ministro en su publicación.

El titular de la cartera de Trabajo insistió en que el proceso se desarrolla conforme a la ley y bajo el respeto a la Constitución de 1991, reiterando el compromiso del Gobierno con la protección de los derechos laborales.

“Que se escuche fuerte y claro: el salario vital llegó para quedarse. Junto al presidente Gustavo Petro llevaremos esta lucha hasta el final. En este Gobierno se cumple la ley, se respeta la Constitución y se protegen los derechos de las y los trabajadores”, aseveró.

El ministro Antonio Sanguino aseguró que el ajuste salarial está sustentado en la ley y es un derecho adquirido de los trabajadores - crédito Colprensa
El ministro Antonio Sanguino insistió en que el proceso se desarrolla conforme a la ley y bajo el respeto a la Constitución de 1991 - crédito Colprensa

La decisión del Consejo de Estado mantiene el escenario de expectativa sobre la definición final del salario mínimo en Colombia. Mientras tanto, el decreto transitorio expedido por el Gobierno nacional continuará aplicándose hasta que el alto tribunal emita una sentencia sobre la legalidad de la medida inicial.