
La discusión pública en torno a la carrera de Abelardo de la Espriella como abogado penalista sumó un nuevo capítulo tras el pronunciamiento de su asesor jurídico, Germán Calderón, que respondió a cuestionamientos surgidos por los casos que ha asumido el candidato a lo largo de su trayectoria profesional.
A través de su cuenta en la red social X, Calderón reaccionó a opiniones de abogados consultados por La Silla Vacía, medio que recogió distintas posturas sobre los límites del ejercicio de la defensa penal, especialmente cuando se trata de representar a personas señaladas por delitos de alto impacto.
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“Si hay algo que detesto en la vida es la mediocridad. Este panfleto no tiene más sobre Abelardo de la Espriella y no hayan más que hacer. Ahora inventan debates insulsos que se los desbarato con esto: Cuando un juez de control de garantías o de conocimiento, ante la ausencia de defensa técnica de un procesado, ordena vincular a un abogado de la Defensoria del Pueblo para que ejerza esa defensa, ¿es o no obligatorio ese mandato? Sin importar la clase de criminal que se tenga al frente", escribió el abogado.
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En el mismo mensaje, agregó: “En ese contexto, a un abogado de la Defensoria técnica que tiene la obligación de aceptar la defensa de, por ejemplo, un violador, ¿lo convierte también en violador?”
“Respetuosamente, a mis colegas entrevistados les faltó carácter, fueron tibios, se acomodaron con el panfleto. Que pena”, concluyó.
Estas declaraciones se producen en medio de un debate impulsado por la campaña del propio De la Espriella, que ha destacado su experiencia como penalista, la cual incluye la defensa de figuras como Álex Saab, señalado testaferro de Nicolás Maduro, y David Murcia Guzmán, relacionado con el caso DMG.
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Debate sobre la obligación de defender
Expertos en derecho penal y ética jurídica consultados por el medio citado coincidieron en que, si bien el derecho a la defensa es una garantía fundamental, no existe una obligación general para los abogados de aceptar cualquier caso, salvo en circunstancias específicas como las de los defensores públicos.
Ana Carolina Molina, abogada y profesional de la Sala Penal de la Corte Suprema, explicó que los abogados vinculados a la defensa pública sí deben asumir casos asignados, aunque pueden excusarse en situaciones como conflictos de interés. En contraste, en el ejercicio privado, los profesionales del derecho tienen la posibilidad de decidir qué casos aceptar.
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En esa línea, el profesor Francisco Bernate Ochoa señaló que “no existe una obligación legal de asumir una defensa. Cada abogado decide, según su experiencia y sus intereses, qué casos toma y cuáles no”.
Rodrigo Parada, especialista en derecho penal, indicó que el deber de garantizar la defensa recae en el Estado, no en el abogado individual, y subrayó que los profesionales “no defienden delitos, defienden personas”, dentro del marco de las garantías procesales.
Límites éticos y legales del ejercicio profesional

Otro de los puntos abordados por los expertos consultados por La Silla Vacía tiene que ver con los límites de la defensa jurídica. Según los juristas, estos están definidos tanto por normas legales como por criterios éticos y reputacionales.
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El jurista y expresidente de la Corte Constitucional José Gregorio Hernández afirmó que el abogado debe actuar dentro de la ley y no puede incurrir en prácticas como la manipulación del proceso o la presentación de pruebas falsas. “Su función es asistir al cliente dentro de la ley y la más estricta ética, garantizando sus derechos”, explicó.
En ese sentido, se destacó que la Comisión Nacional de Disciplina Judicial es la encargada de evaluar el comportamiento de los abogados en el ejercicio de su profesión, conforme a lo establecido en la Ley 1123 de 2007. Sin embargo, su competencia se limita a aspectos formales del ejercicio profesional, sin entrar a valorar los clientes que elige cada abogado.
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Kevin Hartmann, abogado y doctor en ciencias jurídicas, enfatizó que la decisión de asumir un caso en el ámbito privado es voluntaria y no puede justificarse únicamente en la necesidad de garantizar defensa. Además, advirtió sobre los riesgos reputacionales y los posibles conflictos de interés que pueden surgir en determinados casos.
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