
El Gobierno de Gustavo Petro decretó un impuesto al patrimonio para empresas y sociedades que regirá durante el año gravable 2026, con el propósito de recaudar sumas estimadas en más de $6,3 billones para contrarrestar las consecuencias de la ola invernal en ocho departamentos del país. La disposición, establecida por medio de los decretos 173 y 0240 de 2026 de la emergencia económica, fija tarifas diferenciadas para los sectores extractivo y financiero, algo que generó rechazo de gremios empresariales.
Dicho gravamen, definido en el Decreto 173 de 2026 y modificado por el Decreto 0240, obliga a todas las sociedades y personas jurídicas con patrimonio líquido igual o superior a 200.000 unidades de valor tributario (UVT), equivalente a $10.474.800.000, a tributar bajo distintas tarifas. Se excluye del gravamen a empresas del sector salud, entidades intervenidas por el Estado y compañías de servicios públicos domiciliarios ubicadas en zonas afectadas por la emergencia.
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El marco normativo establece una tarifa general del 0,5% sobre el patrimonio líquido para la mayoría de empresas obligadas. Sin embargo, los sectores financiero y extractivo serán gravados con una tarifa superior del 1,6%. La regulación determina que el 65% del total recaudado, equivalente a $4,1 billones, provendrá de compañías de estos dos sectores. El restante 35% corresponde a empresas gravadas con la tarifa general.
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Polémica por legalidad y transparencia
La decisión del Ejecutivo para crear el impuesto dentro del estado de emergencia generó críticas sobre sus implicaciones legales y la transparencia en el manejo de recursos.
Según el presidente de la Federación Nacional de Comerciantes Empresarios (Fenalco), Jaime Cabal, la medida “está funcionando como una reforma tributaria implementada por decreto, lo que implica la inclusión de nuevos impuestos y un aumento en las obligaciones para el sector productivo”.
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Cabal advirtió que “ya el impuesto al patrimonio es confiscatorio, pero, adicionalmente, el impuesto sobre las empresas extranjeras con sucursales en Colombia amenaza la posibilidad de atraer más inversiones y, adicionalmente, la discrecionalidad del Gobierno para manejar recursos al dedo asignando contratos, pues obviamente deja por fuera la Ley de Garantías. Y finalmente, muy peligroso que el Gobierno pueda discrecionalmente asignar recursos en esta época electoral”.
Riesgos para la inversión
De acuerdo con un álisis de la Asociación Nacional de Instituciones Financieras (Anif), denominado “Un impuesto costoso para la inversión”, la estructura tarifaria y la asignación del impuesto reflejan una carga principal para las empresas que ya contribuyen en mayor proporción al fisco, mientras que sólo cinco países en el mundo mantienen algún tipo de impuesto al patrimonio empresarial, en general transitorio y con tasas inferiores al 1%.
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El gremio, que preside José Ignacio López, sostuvo que “al gravar el nivel de capital, se encarece la acumulación de activos productivos, lo que desincentiva la expansión de las empresas”.
Asimismo, la organización enfatizó que “medidas como estas deterioran la competitividad del país en la atracción de capital”, lo que sitúa a Colombia en una posición menos favorable para la inversión extranjera.
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Perspectiva sobre las consecuencias económicas
Asimismo, la Asociación resaltó que la imposición del tributo coincide con una reducción importante de la formación de capital fijo en las empresas colombianas.
“Colombia atraviesa una crisis de inversión, donde la formación bruta de capital fijo se ha reducido de manera dramática: en 2015 representaba cerca del 24% del Producto Interno Bruto (PIB), y pasó a tan solo 16% en el 2025”, indicó el informe.
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De igual forma, destacó que “este tipo de medidas son poco usadas en el mundo. Actualmente solo cinco países mantienen alguna modalidad de impuesto al patrimonio empresarial”. Para Anif, la creación de cargas fiscales directas sobre el capital dista de las prácticas internacionales y “puede enviar una señal negativa a inversionistas extranjeros, que podrían reducir el apetito de invertir en nuestro país por un marco tributario menos conveniente”.
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