El Decreto 0234 de 2026, impuesto por el Gobierno colombiano para rediseñar la negociación colectiva entre empresas y sindicatos, sería inconstitucional y atentaría contra los convenios internacionales sobre trabajo, según la firma legal Chapman Wilches, que anunció una demanda de nulidad con solicitud de suspensión provisional.
El centro de la nueva polémica reside en que la norma pretende habilitar la negociación sindical en niveles superiores al de empresa —tales como grupos empresariales, industrias o incluso ámbitos geográficos locales— mediante regulación ejecutiva y no mediante el proceso legislativo que exige la ley colombiana y la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
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Para el abogado Charles Chapman López, esto constituye un vicio de inconstitucionalidad esencial en el propio diseño del decreto. La firma sostiene que, pese a las referencias invocadas en el texto oficial, ni la Constitución de Colombia ni las leyes citadas otorgan facultades para alterar de modo unilateral el modelo clásico de negociación colectiva. Cualquier cambio debería pasar por el Congreso y no por un decreto ejecutivo, como el promulgado por el Gobierno de turno.
Impacto en empresas y trabajadores
Uno de los argumentos centrales denunciados es el efecto de “carrusel de negociaciones” que —a falta de límites de fases y tiempos— podría sumergir a empresas y trabajadores en discusiones sindicales permanentes. La firma advierte que el decreto permite encadenar una negociación en la empresa con otra a nivel de grupo empresarial, seguida de una negociación bajo el paraguas de industrias completas, y así sucesivamente, incluso, llegando al ámbito local o departamental.
Dicha estructura, sin topes regulatorios, podría derivar en una proliferación infinita de instancias de negociación. Según la presentación de la compañía, “en consecuencia, cualquier nivel cabe”, lo que genera inseguridad y desgaste tanto para las empresas —que enfrentarían “un desincentivo para la creación de grupos empresariales”— como para los trabajadores, atrapados en un proceso institucionalizado de negociaciones sin fin.
Representatividad y democracia sindical
Otro foco de crítica reside en que el decreto no establece ningún umbral mínimo de representación sindical para que un sindicato pueda presentar pliegos de peticiones en nombre de un sector. El documento advierte que organizaciones minoritarias, con apenas “25 trabajadores afiliados a una rama específica”, tendrían capacidad legal para activar una negociación sectorial obligatoria, aunque existan 100.000 empleados en el mismo sector.
Surge entonces la pregunta sobre si una minoría sindical puede “imponer reglas a la mayoría”, por lo que se plantean dudas graves sobre el respeto al artículo 39 de la Constitución Política de Colombia —que exige respeto por los principios democráticos y la libertad de asociación, incluido el derecho a no sindicalizarse—. Chapman López resalta que el decreto no contempla un espacio para acuerdos colectivos equivalentes negociados por trabajadores no sindicalizados.

Además, habló de la posibilidad de que un tribunal de arbitramento extienda un laudo surgido de un pliego minoritario a toda una industria, incluidas micro y pequeñas empresas, multiplica los riesgos para el sector.
Un “nuevo impuesto” para los trabajadores
La controversia incluye la creación de lo que los abogados denominan “un nuevo impuesto a los trabajadores”, al prever el pago obligatorio de cuotas sindicales de todos los beneficiarios de los acuerdos colectivos derivados de estas negociaciones por niveles, aun sin estar afiliados a ningún sindicato y sin importar la representatividad de la organización sindical.
El análisis alerta que, en el peor de los escenarios, “al trabajador le tocaría pagar más de cinco cuotas sindicales”, si las negociaciones sectoriales se superponen con acuerdos a nivel de empresa y grupo, engrosando los ingresos sindicales a costa de quienes no eligieron afiliarse.
Micro y pequeñas empresas en riesgo de liquidación
Respecto a la estructura productiva nacional, el decreto sería nocivo para las micro y pequeñas empresas, ya que no las excluye ni garantiza su representación en los ámbitos de negociación sectorial, salvo de forma optativa. Si bien permite cláusulas de “adaptabilidad y gradualidad” para estas empresas, prohíbe que ello implique una diferenciación en el ámbito de aplicación mínima del convenio sectorial.

Se prevé que muchas microempresas no podrían soportar los sobrecostos derivados de acuerdos sectoriales pensados para grandes jugadores, al punto de forzar a la liquidación de sus operaciones y desalentar el emprendimiento. “Este gobierno que decía defender la economía popular terminará siendo su exterminador”, sentencia el documento.
Violación de convenios internacionales
Desde un enfoque internacional, la firma Chapman Wilches advierte la transgresión de los Convenios 98 y 154 de la OIT. Y es que la opinión técnica de la propia OIT sobre el anteproyecto recomienda que en Colombia “la negociación por encima del nivel de empresa incumbe solo a las partes; éstas, en inmejorable posición para decidir cuál es el nivel más adecuado para llevar a cabo la negociación”.
El decreto, dicen los abogados, traslada esa facultad a un decreto administrativo, bajo el riesgo de “una sanción cuantiosísima por no negociar”, que desnaturaliza el diálogo social y convierte un derecho en una obligación gravosa.
La demanda anunciada insiste en solicitar una medida provisional inmediata, para frenar lo que consideran “el exterminio de las pequeñas empresas” y evitar “el caos que genera el decreto” en la estructura laboral y productiva del país. El pronunciamiento concluye con un llamado a preservar el empleo formal y la inversión privada —“que está en los mínimos históricos”— en un país donde, resaltó Charles Chapman López, la prioridad debería ser combatir la pobreza y promover el progreso con equidad.
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