
El Estado colombiano reconoció su responsabilidad internacional por la violación de derechos humanos cometida contra el profesor, sindicalista y defensor de derechos humanos Jesús Ramiro Zapata, asesinado el 3 de mayo de 2000 en el municipio de Segovia, Antioquia.
El pronunciamiento fue divulgado mediante un comunicado dirigido a la opinión pública por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje), en el que se refirió a la decisión adoptada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Cidh).
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En esa decisión, el organismo internacional declaró la responsabilidad del Estado por las amenazas y el hostigamiento que sufrió el defensor de derechos humanos, así como por su desplazamiento forzado y el posterior retorno a la región sin garantías de seguridad suficientes.
“El reconocimiento se dio en el marco del proceso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos -Cidh-, que recientemente notificó la sentencia del caso Zapata vs. Colombia, en la cual declaró la responsabilidad del Estado por las amenazas y el hostigamiento contra el defensor, su desplazamiento forzado y posterior retorno sin garantías de seguridad, así como por las fallas y el retardo injustificado en la investigación penal de los hechos”, señaló la Andje en el comunicado.
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Sentencia internacional
La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió en febrero de 2026 la sentencia correspondiente al caso Jesús Ramiro Zapata vs. Colombia. En su decisión, el tribunal concluyó que el Estado colombiano incurrió en responsabilidad internacional por las violaciones a los derechos humanos cometidas en el marco de la persecución, el acoso judicial, la privación de libertad y el asesinato del docente.
Jesús Ramiro Zapata fue cofundador del Comité de Derechos Humanos de Segovia y se desempeñó como docente y sindicalista en el nordeste antioqueño. En ese contexto, denunció públicamente la colaboración entre estructuras paramilitares y agentes estatales en graves crímenes ocurridos en esa región durante las décadas de 1980 y 1990.
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Según lo documentado por la Corte, el defensor fue objeto de múltiples actividades de inteligencia y de investigaciones penales que buscaban vincularlo con grupos guerrilleros. Estas actuaciones se desarrollaron en un contexto de violencia sistemática contra personas defensoras de derechos humanos en la región.
El tribunal también estableció que, pese a que Zapata contaba con medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, fue asesinado el 3 de mayo del año 2000 en Segovia, Antioquia. En su fallo, la Corte concluyó que el Estado incumplió su obligación de respetar y garantizar diversos derechos, entre ellos el derecho a la vida, a la integridad personal, a la libertad personal, a la honra y dignidad, a las garantías judiciales y a la protección judicial.
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Además, determinó que los procesos penales iniciados en su contra constituyeron formas de hostigamiento y una instrumentalización del poder punitivo del Estado. Estas actuaciones, según el tribunal, contribuyeron a generar un contexto de riesgo que facilitó la consumación del crimen.
Criminalización y estigmatización contra defensores

En su análisis, la Corte señaló que las amenazas, las actividades de inteligencia y la apertura reiterada de investigaciones sin sustento suficiente afectaron la integridad personal y la honra del docente. También concluyó que estas acciones restringieron su labor como defensor de derechos humanos y generaron un efecto intimidatorio en el movimiento de derechos humanos en el nordeste antioqueño.
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El tribunal indicó igualmente que la estigmatización estatal y los señalamientos que lo vinculaban con grupos armados incrementaron el riesgo al que estaba expuesto.
La Corte estableció que el Estado no garantizó adecuadas condiciones de seguridad ni ejerció control suficiente sobre las condiciones laborales en las que desarrollaba su trabajo, pese a que se trataba de una zona con altos niveles de conflictividad. Esta situación, según la decisión, afectó también el derecho al trabajo del docente.
En el mismo pronunciamiento, la Corte examinó la falta de una investigación diligente y efectiva durante más de dos décadas. Señaló que la ausencia de resultados concretos en el esclarecimiento de los hechos y en la sanción de los responsables contribuyó a prolongar la impunidad y profundizó el sufrimiento de los familiares de la víctima.
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Medidas de reparación

Como parte de la sentencia, la Corte Interamericana ordenó al Estado colombiano adoptar diversas medidas de reparación integral para las víctimas. Entre estas se encuentran continuar y profundizar las investigaciones relacionadas con el asesinato de Jesús Ramiro Zapata y las amenazas que sufrió antes de su muerte.
El fallo también dispone la realización de un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, la rectificación de información contenida en archivos de inteligencia y la desclasificación y entrega de esos documentos a la familia del defensor.
Asimismo, el tribunal ordenó implementar medidas de satisfacción, entre ellas la construcción de un memorial en honor a Zapata y la producción de un documental sobre su trayectoria. También estableció el pago de indemnizaciones y la adopción de medidas de rehabilitación para sus familiares, incluyendo atención médica y psicológica.
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En relación con la decisión judicial, el director general de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, César Palomino Cortés, manifestó que “la sentencia reafirma el compromiso del Estado colombiano con el cumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos y con la reparación integral de las víctimas”.
La Andje indicó en su comunicado que la decisión del tribunal internacional se enmarca en los estándares interamericanos sobre la protección de personas defensoras de derechos humanos que desarrollan su labor en contextos de riesgo: “La decisión representa un paso importante para la reparación de las víctimas y la reivindicación de la vida y labor de Jesús Ramiro Zapata en la defensa de los derechos humanos en Segovia”, señaló la entidad.
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