
El salario mínimo en Colombia registró un aumento del 23,7% para 2026, lo que supondrá ajustes inmediatos en los aportes salud y pensión tanto para trabajadores independientes como para empleados con contrato. Los cambios, que derivan de la nueva normativa aportes 2026, establecen montos y reglas actualizadas que modifican la dinámica financiera de millones de personas.
La remuneración será de $1.750.905, acompañado por un auxilio de transporte de $249.095, sumando en total $2.000.000 mensuales para los que reciben ambos conceptos. Sin embargo, la base sobre la que se calculan los aportes obligatorios a la seguridad social corresponde solo al salario base, sin incluir el auxilio de transporte como parte de la base gravable.
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Para los empleados con contrato laboral formal, los porcentajes de descuento se mantienen con respecto a años anteriores, pero el monto absoluto aumenta debido al reajuste del salario mínimo. El trabajador aporta el 4% de su salario a salud y otro 4% a pensión, lo que se traduce en $70.000 para cada rubro. En conjunto, el total descontado directamente asciende a $140.000 cada mes.

El sistema de pensiones mantiene una distribución del 16% del salario: el empleador asume el 12% y el empleado el 4%. En salud, el aporte global es del 12,5%, de los cuales el empleador cubre el 8,5% y el trabajador el 4%. Así, el trabajador asume el 8% combinado para salud y pensión, mientras el empleador cubre el resto de las obligaciones.
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Además, el auxilio de transporte beneficia cada mes a más de 2,4 millones de trabajadores en el país. Si bien incrementa el ingreso líquido de los que lo perciben, no se suma a la base para el cálculo de los aportes obligatorios a salud y pensión. La función es estrictamente complementar el salario, sin influir en el monto de las cotizaciones.
Cómo se encarecen los pagos de los trabajadores independientes
En el caso de trabajadores independientes, el incremento salarial también encarece los pagos mínimos que deben cumplir para seguridad social en 2026. Deberán destinar $218.863 a salud (12,5%), $280.145 a pensión (16%) y $9.140 a riesgos laborales (ARL), que corresponden al 0,522% de la base. Así, los pagos mensuales obligatorios totalizan $508.148 en 2026, superando los $413.129 exigidos en 2025. El porcentaje para riesgos laborales puede elevarse si la actividad implica un riesgo mayor.
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Se debe tener en cuenta que el cálculo para independientes con contrato de prestación de servicios se hace sobre el 40% de su ingreso mensual, conocido como ingreso base de cotización. Sobre esa base se aplican los porcentajes señalados para salud, pensión y riesgos laborales, con variaciones posibles según el nivel de riesgo de la actividad desarrollada.
La normativa ofrece alternativas a los independientes para cotizar de manera exclusiva a pensión, dejando de lado el pago de salud, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Aquellos que cuentan con cobertura en salud como beneficiario —ya sea por pareja o algún familiar cotizante— o los que pertenecen al régimen subsidiado de salud pueden acogerse a la excepción. El beneficio se orienta principalmente a los que trabajan por días, personas desempleadas, trabajadores informales o individuos cuyos ingresos no alcanzan el salario mínimo mensual estipulado.
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Cómo se puede optar por el pago exclusivo a pensión
Para optar por el pago exclusivo a pensión, el trabajador independiente debe:
- Registrarse en la Pila como independiente de tiempo parcial, informando los días efectivamente trabajados en el mes.
- El sistema liquidará automáticamente el monto correspondiente y convertirá los días reportados en semanas cotizadas para pensión.
- Si la persona labora entre uno y siete días al mes, hace un aporte de $87.500, correspondiente a una semana de cotización.
- En caso de registrar entre ocho y 12 días, el pago es de $175.500 para dos semanas.

- Si trabaja de quince a veintiún días, debe abonar $262.000, sumando tres semanas cotizadas a su historial.
La precisión en el registro y reporte adecuado en la Pila es esencial para el reconocimiento correcto de las semanas cotizadas y para evitar errores que puedan traducirse en cobros indebidos o afectaciones en los derechos de pensión futuros. El mecanismo, amparado por la Ley 2466, responde a la situación de trabajadores con ingresos variables o jornadas intermitentes.
El cumplimiento puntual de los aportes obligatorios a salud y pensión resulta determinante para asegurar el acceso ininterrumpido a servicios médicos y la continuidad de los beneficios pensionales. Mantenerse al día con estas obligaciones legales es fundamental para proteger la cobertura social, tanto para empleados como para trabajadores independientes, y evitar así restricciones en derechos básicos.
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