
En Colombia hay miles de casos de padres que no abonan el dinero de la pensión para la manutención de sus hijos, y aunque entre las consecuencias por ello está la posibilidad de perder la patria potestad del menor, esto no ha provocado que las cifras disminuyan.
Es por ello que la representante a la Cámara Jennifer Pedraza anunció que encabezará un proyecto con el que se buscará impedir el ingreso a conciertos y eventos deportivos de los padres y madres que incumplan con el pago de la cuota alimentaria de sus hijos.
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“Si tienen plata para una boleta, también la tienen para alimentar a sus hijos”, fueron las palabras de la congresista, que recordó que en Colombia se presentan más de 130.000 denuncias al año por este tipo de incumplimientos.
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Un proyecto que ya ha sido probado en la región

Aunque el anuncio de Pedraza llamó la atención de la opinión pública en Colombia, se trata de una iniciativa que ya se ha implementado en otros países, por ejemplo, Argentina.
En ese país se ha restringido el acceso a los estadios de fútbol a los padres que figuren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, lo que se ha comenzado a realizar con pruebas piloto; una de ellas fue en el juego Boca Juniors vs. Defensa y Justicia, en el que se negó el ingreso de 4.000 aficionados.
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Aunque fue aprobada la medida, en Argentina no ha sido ejecutada en todos los escenarios por la carencia de tecnología de punta que se requiera para identificar la identidad de todos los asistentes a eventos masivos, pero se sigue trabajando para que en el corto plazo sea una realidad en todas las ciudades.

¿Es posible regular esto en Colombia?
La posibilidad de impedir el ingreso a conciertos y partidos de fútbol a padres que no paguen la cuota alimentaria será debatida en Colombia. Es por ello que, en diálogo con Infobae Colombia, Diana Muñoz Gómez, docente del Instituto Latinoamericano de la Familia de la Universidad de La Sabana (Ilfarus), indicó que la medida sería jurídicamente viable en el país, aunque requeriría ajustes normativos.
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Actualmente, el Redam impide a los deudores contratar con el Estado, ejercer ciertos cargos públicos o tramitar documentos oficiales, pero no restringe la entrada a espacios recreativos. Muñoz señaló que la ley colombiana admite este tipo de sanciones, ya que asistir a espectáculos deportivos o musicales no se considera un derecho fundamental, sino un privilegio. “Para implementar la estrategia se tendría que reformular la ley actual o expedir una nueva”, afirmó la jurista, que destacó que la Corte Constitucional ha avalado medidas restrictivas siempre que no vulneren derechos fundamentales.

La experta subrayó el carácter social y moral de estas sanciones, destinadas a presionar a los deudores para que cumplan con sus obligaciones. “No se les impide vivir libremente, pero sí disfrutar de ciertos beneficios hasta que no se pongan al día en las cuotas alimentarias. Podría considerarse una medida favorable, porque es una medida de control social”.
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Antes de aplicar la restricción, la abogada recomienda asegurar la precisión del sistema de registro, para evitar que ciudadanos que estén al día sean sancionados por error. “La implementación de estas medidas debe ser proporcional y garantizar mecanismos de verificación”.
Además, recordó que junto con el Redam, en Colombia existen sanciones penales para quienes incumplen la cuota alimentaria, incluyendo penas de uno a tres años de prisión y la pérdida de la potestad sobre los hijos menores.
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Juan Cárdenas, profesor asociado e investigador de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Sabana; director del Observatorio de Medios de la Universidad de La Sabana



