
La Secretaría de Gobierno de Bogotá publicó la resolución que delimita las zonas de la ciudad donde se permitirá que la rumba se extienda hasta las 5:00 de la mañana.
El documento oficial define el Inventario General de Zonas potenciales para ser Focalizadas como de Expendio y Consumo Extendido, un listado que identifica y prioriza áreas dentro del territorio distrital que cumplen los criterios para autorizar actividades de expendio y consumo extendido de bebidas alcohólicas.
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Según la resolución, aunque el inventario registra 27 zonas, solo 19 de ellas estarán habilitadas para la rumba extendida mientras se monitorean los comportamientos en puntos específicos como Galerías.
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La medida establece que las Zonas Focalizadas estarán sujetas a evaluación y seguimiento constantes, con el objetivo de determinar si se mantienen las autorizaciones para operar en horario extendido y si es posible habilitar nuevos sectores en el futuro.

Entre los criterios definidos por la Secretaría de Gobierno, se encuentran la existencia de acciones populares con fallo en firme por:
- Problemas de ruido.
- La concentración de llamadas por ruido a la línea 123.
- La identificación de zonas acústicamente saturadas.
- El porcentaje de operativos de inspección, vigilancia y control (IVC) que terminan con medidas correctivas igual o superior al 40%.
Además, el valor promedio inter temporal del Índice de Satisfacción Ciudadana Objetiva Urbana (ISCOU) debe superar una desviación estándar del promedio general en los polígonos definidos. La resolución también toma en cuenta la ocurrencia de homicidios en horarios nocturnos y de madrugada durante fines de semana y festivos.
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Estos indicadores forman parte del sistema de evaluación y seguimiento que determinará la continuidad de las zonas focalizadas como espacios habilitados para el expendio y consumo extendido de bebidas alcohólicas.
Estas son las 19 zonas habilitadas para que se desarrollen actividades relacionadas con el expendio y consumo extendido de bebidas alcohólicas hasta las 5:00 a. m.:
- Usaquén: calle 172A
- Chapinero: Chapinero Central, Zona Rosa
- Bosa: Bosa Centro
- Kennedy: Cuadra Alegre
- Fontibón: Centro Fontibón, El Salitre, Modelia
- Engativá: Álamos, Las Ferias Zona 2, Las Ferias Zona 1, Boyacá - Santa María
- Suba: Lombardía, Los Pórticos, Subazar
- Los Mártires: La Favorita, San Andresito
- Puente Aranda: calle 8 Sur, Galán

Qué zonas se quedaron por fuera del horario de rumba hasta las 5:00 a. m. en Bogotá
Los secretarios distritales de Gobierno, Planeación, Salud, Ambiente, Seguridad, Convivencia y Justicia, Movilidad y Desarrollo Económico expidieron la Resolución Conjunta 001 de 2025, que reglamenta el artículo 98° del Decreto Distrital 644 de 2025 y define las Zonas Focalizadas de Expendio y Consumo Extendido.
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La medida fue adoptada en uso de las atribuciones legales y constitucionales conferidas por normas como el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y varios decretos recientes.
La nueva reglamentación, según el documento oficial, tiene como objetivo principal regular el funcionamiento de los establecimientos abiertos al público en zonas específicas de la ciudad.
Los responsables de la expedición destacaron que la acción responde a la necesidad de fortalecer la convivencia, la seguridad y el orden público, en línea con los mandatos de la Constitución y el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
A comienzos de diciembre de 2025 el anuncio se realizó por el concejal Julián Sastoque a través de su cuenta oficial en la red social X, y generó inquietudes sobre el proceso de concertación y la selección de los puntos autorizados.
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La resolución expedida por la Secretaría de Gobierno de Bogotá establece que solo los bares y discotecas ubicados en las denominadas Zonas Focalizadas podrán operar con el nuevo horario extendido, que irá desde las 10:00 de la mañana hasta las 5:00 de la madrugada del día siguiente.

La primera etapa identificó establecimientos con código CIIU 5630 y registros mercantiles actualizados, aplicando el criterio de concentración de al menos 10 locales en un radio de 75 metros.
Después, las zonas fueron verificadas y categorizadas para su inclusión en la lista final.
Quedaron por fuera zonas emblemáticas como:
- Galerías (Teusaquillo)
- Palermo (Teusaquillo)
- Normandía (Engativá)
- San José (Bosa)
- Marichuela (Usme)
- Restrepo (Antonio Nariño)

Por no tener en cuenta estas zonas de rumba tradicionales en la capital, esto generó cuestionamientos públicos por parte de representantes del sector nocturno.
“Al fin la Administración alista una norma que excluye a zonas como Galerías, la 1 de mayo, Normandía. ¿Se concertó esta norma? ¿Se tuvo en cuenta a comunidad y empresarios?”, expresó Sastoque desde su cuenta de X.
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