
El decreto de emergencia económica, que fue anunciado por el Gobierno de Gustavo Petro a finales de diciembre, ha generado toda clase de reacciones en el país, en especial críticas y de rechazo de algunos sectores, sobre todo el de los empresarios, por la carga tributaria.
Por esa razón, se radicó una demanda en la Corte Constitucional contra el decreto, al ser calificado como inconstitucional y acusando al Estado de tomar una medida extrema para “tapar despilfarros” y saltarse al Congreso de la República porque algunos de sus puntos están relacionados con la archivada reforma tributaria.
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No es la primera acción en contra de la medida del Gobierno nacional, pues algunos congresistas y el Consejo Gremial también pidieron que se suspenda el documento, que actualmente está en manos del magistrado Carlos Camargo, que recién se instaló en la alta corte y su primera tarea es el estudio de esa acción de la administración Petro.
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“Implementa reformas tributarias que no han pasado por el Congreso”
El empresario Álvaro Álvarez, que se lanzó para la Cámara de Representantes, radicó la demanda ante la Corte Constitucional, que se conoció el miércoles 14 de enero en un comunicado del candidato y con el que espera que se suspenda la medida del Gobierno nacional.
En un video, el aspirante al Congreso aseguró que la emergencia económica de Petro no se compara con lo ocurrido en 2020, que por la pandemia de COVID-19 se debió anunciar dicho decreto en el gobierno de Iván Duque por el cierre de establecimientos ante la cuarentena.
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“Mi quiebra empezó en la pandemia del COVID-19. Esa sí fue una emergencia real: salvar vidas. Fue dura, fue dolorosa, pero legítima. Hoy el Gobierno quiere utilizar la medida de la emergencia económica para implementar, vía decreto, reformas tributarias que no han pasado por el Congreso. Eso es gravísimo”, dijo Álvarez.
El empresario explicó que la demanda ante la Corte Constitucional es porque considera que la medida no responde a las necesidades del país, asegurando que el responsable del desfinanciamiento del presupuesto es el Estado por su “despilfarro” y falta de acuerdos con la rama legislativa.
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“Por eso presenté una demanda de inconstitucionalidad, porque la emergencia económica es una medida extrema, no para tapar despilfarros del Gobierno y saltarse al Congreso de la República. Los impuestos se discuten, se justifican y se aprueban con democracia. Las emergencias se respetan. Colombia necesita austeridad, buena gestión y no improvisación tributaria”, añadió.
“Este decreto es manifiestamente inconstitucional”
La voz del candidato a la Cámara del Centro Democrático no es la primera que se oye en contra del decreto de emergencia nacional, en especial proveniente del sector empresarial, que se veía más afectado por las medidas del Estado para obtener más recursos.
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Uno de esos pronunciamientos es del Consejo Gremial, en una carta enviada a la Corte Constitucional: “Consideramos que este decreto es manifiestamente inconstitucional, porque usa poderes de excepción para resolver problemas fiscales que no son ni extraordinarios ni imprevistos, sino estructurales y conocidos”
“Se recurre a la emergencia luego de que el Congreso no aprobara una ley de financiamiento, lo que implica una sustitución del debate democrático, especialmente en materia tributaria”, decía el aparte del texto del gremio a la alta corte.
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Por su parte, la precandidata presidencial Paloma Valencia, del Centro Democrático, también envió un documento con la misma petición: “La suspensión provisional no opera como un anticipo del fallo ni como una forma de censura política al Ejecutivo, sino como un instrumento de autoprotección institucional del control constitucional. Su finalidad es asegurar que la Corte pueda decidir en condiciones reales de eficacia, sin quedar reducida a una instancia que solo constata ex post la producción de hechos consumados”.
“El citado Decreto, no cumple con los presupuestos fáctico, valorativo y de suficiencia; así mismo interrumpe el normal funcionamiento de las ramas del poder público y de los órganos del Estado; y desconoce los principios de finalidad, necesidad, proporcionalidad, legalidad y no discriminación”, finalizó.
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