
El Consejo de Estado negó varias solicitudes de pruebas presentadas por Cielo Rusinque dentro del trámite de la demanda de nulidad electoral que busca dejar sin efectos su designación como superintendente de Industria y Comercio (SIC).
La decisión se adoptó una vez vencidos los traslados ordenados por el tribunal, luego de decretarse una prueba de oficio para precisar el alcance académico de un diploma francés en Derecho Constitucional aportado por la funcionaria como parte de su formación.
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De acuerdo con lo resuelto, el proceso continuará enfocado en el análisis de la certificación remitida por el Ministerio de Educación Nacional sobre los estudios adelantados por Rusinque en Francia.
El alto tribunal indicó que esa información corresponde exactamente a lo solicitado en el auto del 20 de noviembre de 2025 y será el insumo central para establecer si el título cumple con las exigencias académicas previstas para el ejercicio del cargo.
La controversia se origina en una demanda que cuestiona si Rusinque reunía los requisitos académicos y de experiencia al momento de su designación, formalizada mediante el Decreto 0098 del 2 de febrero de 2024. En ese contexto, los demandantes solicitaron verificar la equivalencia del “Diplome Supérieur de l’Université – Droit Constitutionnel” expedido en Francia, así como la pertinencia de la formación acreditada frente a las funciones asignadas a la Superintendencia de Industria y Comercio.
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Pruebas rechazadas en el trámite

El despacho del magistrado ponente Pedro Pablo Venegas Gil rechazó las pruebas allegadas directamente por Cielo Rusinque, entre las que se encontraban artículos académicos, traducciones, resoluciones de convalidación de otros posgrados y documentos relacionados con su producción académica. Según lo decidido, estos elementos no guardaban correspondencia con el objeto específico de la prueba decretada de oficio.
De igual manera, el Consejo de Estado negó las pruebas solicitadas por el demandante Samuel Ortiz Mancipe, al considerar que no eran conducentes para el punto central del proceso, precisando que únicamente tendrá en cuenta la información remitida por el Ministerio de Educación Nacional sobre la equivalencia del título extranjero, al tratarse de la prueba expresamente ordenada para aclarar el nivel académico del programa cursado en Francia.
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Avance del proceso

El 21 de noviembre de 2025, el Consejo de Estado avanzó en el estudio del proceso que definirá la continuidad de Rusinque al frente de la SIC. En esa fecha, el magistrado Venegas Gil radicó el proyecto de fallo, mientras el expediente seguía su curso en la Sección Quinta de la corporación.
El proceso ha sido señalado como uno de los asuntos que deberá resolver el Consejo de Estado en 2026, debido a su complejidad y a la relevancia institucional del cargo en discusión.
La demanda contra el Decreto 0098 del 2 de febrero de 2024, mediante el cual el Gobierno del presidente Gustavo Petro designó a Cielo Rusinque como superintendente de Industria y Comercio, sostiene que la funcionaria no cumpliría con la experiencia requerida en áreas relacionadas con las funciones de la entidad.
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En su escrito, Ortiz afirmó que “tras revisarse detalladamente la hoja de vida de Rusinque es posible colegir que no tiene experiencia en materia de competencia, protección al consumidor, protección de datos y propiedad industrial”, al señalar que su formación corresponde al título de abogada de la Universidad Externado de Colombia, con estudios de especialización y maestría en derecho constitucional y en investigación de estudios políticos.

El documento también alude a recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde), según las cuales la SIC debería operar “libre de control político directo para hacer cumplir las leyes de competencia”, dadas las implicaciones económicas de sus decisiones.
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En ese sentido, los demandantes mencionaron la cercanía de Rusinque con el presidente Petro, al indicar que “un hecho notorio y público es que la señora Rusinque ha estado en el círculo cercano de Gustavo Petro desde su campaña presidencial de 2022, en la que se desempeñó como asesora de relaciones externas”.
Por su parte, la defensa de Rusinque y la Presidencia de la República han sostenido la legalidad del nombramiento, con base en jurisprudencia del propio Consejo de Estado. Según esa posición, “el superintendente es de libre nombramiento y remoción, por lo cual no se requiere concurso de méritos para su provisión”. La defensa argumentó además que no existe una norma que impida que personas con afinidad política con el Gobierno accedan al cargo.
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