
La Corte Constitucional, a través de su Sala Especial de Seguimiento, determinó abrir un incidente de desacato contra el ministro de Salud y Protección Social, Guillermo Alfonso Jaramillo, debido al ajuste considerado insuficiente de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), uno de los componentes centrales para la financiación del sistema de salud en Colombia.
La decisión fue adoptada mediante el Auto 2049 de 2025, fechado el 10 de diciembre de 2025.
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La Sala de Seguimiento, integrada por los magistrados Vladimir Fernández Andrade, Miguel Polo Rosero y Carlos Camargo Assis, que actúa como magistrado ponente y presidente de la Sala, evaluó el nivel de cumplimiento de las órdenes impartidas en la Sentencia T-760 de 2008, considerada un fallo estructural para la garantía del derecho fundamental a la salud. Tras ese balance, la Corte concluyó que persiste un incumplimiento general en lo relacionado con la suficiencia de la UPC, particularmente en los mandatos vigésimo primero y vigésimo segundo dirigidos al Ministerio de Salud.
La Unidad de Pago por Capitación corresponde al monto que el Estado reconoce por cada afiliado al sistema de salud para cubrir los servicios incluidos en el Plan de Beneficios en Salud (PBS). Este valor se actualiza de manera anual y debe tener en cuenta variables como el aumento de los costos en la prestación de servicios y la inflación, con el fin de garantizar la sostenibilidad financiera del sistema y el acceso efectivo de la población a la atención en salud.

En el Auto 2049 de 2025, la Sala señaló que, pese al tiempo transcurrido desde la expedición de la sentencia y a los múltiples requerimientos realizados, la mayoría de las órdenes estructurales aún no se cumplen de manera integral; y advirtió que las respuestas implementadas por el Gobierno no han sido inmediatas ni eficaces frente a la problemática estructural del sistema.
En ese sentido, el alto tribunal menciona deficiencias persistentes en el acceso, la disponibilidad de servicios y la sostenibilidad financiera, así como una falta de articulación institucional y limitaciones en la actuación de los órganos de control.
Insuficiencia en el ajuste de la UPC

En relación con la UPC, la Corte Constitucional concluyó que el Ministerio de Salud realizó un ajuste que no corresponde a las necesidades reales del sistema ni a los estándares fijados por la jurisprudencia constitucional. Según la Sala, la actualización del valor se ha fundamentado principalmente en la inflación causada y en recomendaciones de instancias asesoras, sin un estudio técnico que acredite la suficiencia de la prima para cubrir los servicios de salud.
En el apartado resolutivo del auto, la Corte fue explícita al señalar: “Persiste el incumplimiento general del componente de suficiencia de la UPC contenido en los mandatos vigésimo primero y vigésimo segundo, por parte del Ministerio de Salud y Protección Social”.
La Corte ordenó correr traslado al ministro para que, en un término de 48 horas contadas a partir de la notificación, se pronuncie sobre los fundamentos jurídicos que sustentan la apertura del incidente. Asimismo, se le advirtió que el incumplimiento de estos requerimientos dará lugar a la compulsa de copias ante la Procuraduría General de la Nación y la Fiscalía General de la Nación.
Además de la apertura del incidente de desacato, la Corte Constitucional impartió nuevas órdenes al Ministerio de Salud. Entre ellas, dispuso que para la vigencia 2026 se acredite la suficiencia de la UPC tanto en el régimen contributivo como en el subsidiado, de acuerdo con los estándares fijados por la propia Corte.
"Ordenar al Ministerio de Salud y Protección Social que, para la vigencia 2026, acredite técnicamente la suficiencia del valor de la Unidad de Pago por Capacitación UPC ”, señala el auto, precisando que el cálculo no debe basarse únicamente en la inflación ni en recomendaciones de la Comisión Asesora de Beneficios, Costos, Tarifas y Condiciones de Operación del Aseguramiento en Salud.
Reacción de Pacientes Colombia
Tras conocerse la apertura del incidente de desacato contra el ministro de Salud, Pacientes Colombia, organización que agrupa a cerca de 200 asociaciones de pacientes en el país, se pronunció públicamente sobre la decisión adoptada por la Corte Constitucional. L
La reacción fue expresada por su vocero, Denis Silva, a través de un video divulgado en redes sociales: “El Estado colombiano no es el dueño del sistema de salud. (..) está en la obligación constitucional de garantizar el acceso al sistema de salud para todos los colombianos”.
Silva también cuestionó las afirmaciones del ministro de Salud sobre la suficiencia de la Unidad de Pago por Capitación: “Si la UPC es suficiente, ¿por qué las ocho EPS que ustedes administran están matando pacientes de manera intencional?”.
Durante su intervención, el vocero hizo referencia a situaciones relacionadas con la prestación de servicios y añadió que, según su declaración, “esto se volvió paisaje”. En el mismo pronunciamiento, Silva agradeció la determinación del alto tribunal, al expresar: “gracias Corte Constitucional por darle la razón no a Pacientes Colombia. No a los gremios, a los ciudadanos”, señalando que se trata de personas que “mendigan y claman que se les garantice el derecho fundamental a la salud”.
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