
La Procuraduría General de la Nación formuló un pliego de cargos contra el alcalde de Puerto Nariño, Amazonas, Edilberto Suárez Pinto, por presuntos hechos de acoso sexual cometidos durante 2024 contra una contratista de la administración municipal.
“Presuntamente, el mandatario habría utilizado la relación de poder que le daba su cargo para, al parecer, hacer que la víctima accediera a sus intenciones sexuales", dice el comunicado del ente de control, publicado en su página oficial.
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La gravedad del caso se acentúa por la condición de la víctima, identificada como Sandriali Verenice Laureano, una mujer indígena de la comunidad Yagua, lo que, según la organización Transparencia por la Orinoquia, exige un enfoque diferencial y medidas de protección reforzada conforme a la legislación colombiana y tratados internacionales.
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De acuerdo con el pliego de cargos de la Procuraduría Regional de Instrucción de Amazonas, Suárez Pinto habría utilizado la relación de poder inherente a su cargo para intentar que la víctima accediera a sus intenciones sexuales.
El documento señala que el presunto acoso se habría presentado en tres oportunidades distintas dentro del entorno laboral, configurando una conducta de ejecución sucesiva o continuada, calificada provisionalmente como gravísima a título de dolo. La Procuraduría atribuyó la información a entrevistas y documentos aportados por la organización denunciante.
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Así mismo, existe una denuncia penal, presentada en abril de 2025 ante la Fiscalía General de la Nación en Bogotá por Transparencia por la Orinoquia, que detalla que Laureano habría sido objeto de múltiples actos de acoso sexual y laboral, así como de discriminación racial, durante el tiempo en que prestó servicios en la Alcaldía de Puerto Nariño.
La organización subrayó que la denuncia fue respaldada por entrevistas y documentos, y que la pertenencia de la víctima a un grupo étnico protegido agrava la situación, al requerir una respuesta estatal adecuada.
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Transparencia por la Orinoquia también denunció que, pese a la existencia de elementos probatorios iniciales, la Fiscalía de Puerto Nariño no incluyó los delitos de acoso sexual, laboral y discriminación racial en la apertura de la investigación, lo que calificó como una posible falta disciplinaria y penal de las autoridades encargadas.
Transparencia por la Orinoquia enfatizó la necesidad de una investigación imparcial y exhaustiva, dada la gravedad de los hechos y las implicaciones legales y sociales para las comunidades indígenas.
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La organización recordó que el Estado colombiano tiene la obligación de garantizar la protección reforzada de los derechos de estos grupos, conforme al marco legal vigente.

El historial de Suárez Pinto incluye antecedentes en materia disciplinaria. En 2018, la Procuraduría General de la Nación emitió un fallo en primera instancia que destituyó e inhabilitó por diez años a varios funcionarios de la Asamblea Departamental del Amazonas, entre ellos Edilberto Suárez Pinto, por irregularidades en el manejo de recursos estatales.
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Según informó Asuntos Legales, la sanción también alcanzó a Camilo Suárez Torres, Mónica Karina Bocanegra, Pastora Orobio Carvalho, Regis Pinto Leonardo y otros diputados, quienes autorizaron pagos no permitidos por la ley, como primas de vacaciones e indemnizaciones, en contravención de la normativa vigente.

La Procuraduría calificó estos hechos como una falta gravísima cometida con dolo, al haberse apropiado de recursos públicos mediante el aprovechamiento de un error administrativo.
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Entre los sancionados junto a Suárez Pinto figuran Carlos Iván Peña Cañas, Samuel Muñoz Piris, Antonio Muentes Suárez, Pedro Ignacio Acosta García, Rosendo Ahue Cuello, Alejandro Mejía Fonseca León, Elver Isidio Viena, José Reinaldo Muca Miraña, Luis Muñoz Vásquez, Luis Ángel Pantevis, Edgar Mauricio Barbosa, Medardo Bohórquez Quitián, Rosa Isabel Portilla Díaz, Oscar Enrique Sánchez Guerrero y Essi Zoraida Veloza Monteiro, todos inhabilitados por una década para ejercer cargos públicos, según el reporte de Asuntos Legales.
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