
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de Colombia ha presentado un proyecto de circular que introduce nuevas restricciones para el uso de datos personales y herramientas digitales en las campañas políticas, con el objetivo de salvaguardar la privacidad y la libertad de los electores.
La iniciativa prohíbe la elaboración de perfiles ideológicos y limita el uso de inteligencia artificial en la publicidad electoral, en respuesta a la preocupación por la manipulación informativa y la fragmentación del debate público.
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La SIC fundamenta estas medidas en la necesidad de proteger los derechos fundamentales de la ciudadanía y la integridad de la democracia representativa.
La entidad busca evitar que la segmentación digital y la personalización de mensajes políticos, prácticas habituales en las campañas actuales, generen burbujas informativas y fragmenten el debate, lo que representa un riesgo para el proceso democrático.

En su comunicado, la Superintendencia subraya que la protección de la libertad de electores y electoras, así como de los derechos ciudadanos, es el eje central de la propuesta.
La SIC reconoce la importancia del marketing digital para conectar con los votantes, pero advierte que la tecnología no debe prevalecer sobre la privacidad individual.
Una de las restricciones más relevantes es la prohibición de crear perfiles que clasifiquen, evalúen o busquen predecir la ideología política de los ciudadanos.
La circular impide cualquier perfilamiento basado en inferencias que permitan revelar condiciones como religión, orientación política u otros datos sensibles definidos por la ley.
Complementa que queda vetada la creación de perfiles ideológicos ocultos, ya que se considera que esta información es especialmente sensible y su uso puede influir de manera indebida en la decisión de voto.

El proyecto de la SIC también establece obligaciones de transparencia para las campañas políticas y las agencias de marketing digital. Estas deberán llevar un registro detallado de los criterios de segmentación utilizados en cada campaña digital, el cual debe estar disponible para la Superintendencia y coincidir con la información publicada en las bibliotecas públicas de anuncios, como las de Meta (Facebook e Instagram).
Resalta que los ciudadanos tendrán derecho a conocer por qué reciben determinados anuncios políticos, qué criterios se emplearon para segmentarlos (como edad, ubicación o intereses) y si se utilizó un sistema automatizado para ello.
Señala que la circular prohíbe a campañas, partidos y candidatos agregar a personas a listas de distribución, boletines o grupos de aplicaciones como WhatsApp o Telegram sin su consentimiento previo, expreso e informado.
No se podrá incluir números de teléfono en listas o grupos sin autorización clara, y que ya no bastará con obtener los datos de una base de datos: la persona debe manifestar explícitamente su deseo de recibir información política.
Además, los ciudadanos podrán acceder a información sobre cómo fueron clasificados para recibir mensajes y si en ese proceso se emplearon algoritmos de inteligencia artificial.
La lucha contra la desinformación y la suplantación de identidad es otro de los ejes de la circular.

Advierte que la Superindustria considera delito el uso de deepfakes, es decir, la generación de audios, imágenes o videos falsos mediante inteligencia artificial para suplantar identidades. El Tiempo agrega que se prohíbe a las campañas crear o difundir contenidos sintéticos en los que se manipule la voz o imagen de una persona, como un candidato rival, para atribuirle declaraciones que nunca realizó.
La SIC enfatiza que el propósito del uso de los datos personales debe ser legítimo y claro desde el inicio, y que quedan prohibidos los trucos o engaños para obtener firmas o clics de los ciudadanos. El respeto a la normativa vigente es presentado como un pilar fundamental para garantizar la transparencia y la legalidad en los procesos electorales.
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