
En la mañana del jueves 27 de noviembre de 2025, la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral (CNE) sancionó a la campaña Petro Presidente 2022 - 2026 por exceder los límites legales de gasto tanto en la primera como en la segunda vuelta de las elecciones presidenciales.
La sesión, que duró menos de una hora y contó con la participación de dos conjueces, incluyó la aprobación de la ponencia presentada por los magistrados Benjamín Ortiz (Partido Liberal) y Álvaro Hernán Prada (Centro Democrático).
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La votación final contó con el respaldo de los magistrados ponentes, así como de Maritza Martínez (partido de la U), Altus Baquero (Partido Liberal), Alfonso Campos (Partido Conservador) y el conjuez Majer Nayi Abushihab.
Por su parte, el conjuez Iván Acuña votó en contra, mientras que la magistrada Alba Lucía Velásquez (Pacto Histórico) se apartó del caso por estar recusada; entre tanto, Álvaro Echeverry (Colombia Justa Libres) se declaró impedido por su vínculo laboral previo con la campaña del Pacto Histórico como abogado.

Por qué fue sancionada la campaña Petro Presidente
De acuerdo con la resolución emitida por el CNE, se establece que la campaña superó los topes permitidos en 5.300 millones de pesos, de los cuales 3.700 millones corresponden a gastos no reportados en la primera vuelta y 1.600 millones a la segunda.
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Según los magistrados Ortiz y Prada, durante más de un año se recopilaron decenas de pruebas y testimonios que evidenciaron omisiones en los informes de la campaña, como el aporte del sindicato de maestros Fecode, la contratación de publicidad política en Caracol TV, pagos a testigos electorales y una contribución de la Unión Patriótica (UP).
El fallo también señala la utilización de fuentes prohibidas para la financiación, entre ellas un aporte de la Unión Sindical Obrera de Ecopetrol (USO) y pagos a testigos electorales realizados por la empresa Ingenial Media SAS. La resolución detalla que se comprobó la remuneración a 30.256 testigos electorales para la campaña de la coalición del Pacto Histórico en la primera vuelta.
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Sanciones a directivos y partidos políticos
La resolución del CNE establece sanciones contra Ricardo Roa Barragán, actual presidente de Ecopetrol y entonces gerente de la campaña presidencial, junto a Lucy Aydee Mogollón, tesorera, y María Lucy Soyo Caro, auditora interna de la campaña en la primera vuelta, con una multa de 2.252 millones de pesos. Además, los tres fueron sancionados solidariamente por otros 2.447 millones de pesos por exceder los topes electorales en la primera vuelta.
En relación con la segunda vuelta presidencial, el CNE impuso una sanción adicional de 627 millones de pesos a los mismos directivos por financiación prohibida, y otra de 596 millones de pesos por nueva violación de topes electorales. De este modo, la suma total que la campaña deberá devolver supera los cinco mil millones de pesos, respectivamente.
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El fallo también alcanzó a los partidos políticos involucrados. El Movimiento Colombia Humana y la Unión Patriótica (UP) recibieron sanciones individuales, cada uno con una multa de 583 millones de pesos.
En el caso de la UP, la sanción se debió a que “no auditó adecuadamente el cumplimiento del proceso de rendición de cuentas, al no haber verificado de manera diligente y cuidadosa el volumen, origen y destino de los recursos administrados en las campañas presidenciales sub examine, ni la veracidad de los hechos económicos acaecidos”, según indicó la entidad en la resolución.
Respecto a Colombia Humana, el CNE determinó que la colectividad permitió el ingreso de aportes económicos de fuentes prohibidas a la campaña presidencial y participó en la financiación directa como persona jurídica, omitiendo el reporte de estas operaciones en los informes correspondientes. Estas conductas, según el fallo, facilitaron la vulneración de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral.
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La resolución también ordena remitir copias del expediente a la Fiscalía para que investigue a Ricardo Roa por posibles delitos relacionados con la financiación de campañas electorales con fuentes prohibidas, la violación de los límites de gasto, fraude procesal y otras conductas que puedan determinarse.
El texto señala que se solicita investigar las acciones de Roa “frente a la financiación de campañas electorales con fuentes prohibidas, la violación de los topes o límites de gastos en las campañas electorales, fraude procesal y las demás que se determinen, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la resolución”.
Así mismo, se dispuso el envío en medio magnético de una copia del expediente a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, órgano competente para conocer procesos contra el presidente de la República, con destino al proceso radicado bajo el número 5914.
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