Un juez penal de conocimiento de la isla de San Andrés (Colombia) condenó al ciudadano Hernán Mcgowan Archbold a una pena de treinta años y ocho meses de prisión por el delito de desaparición forzada de su pareja sentimental.
Según la investigación adelantada por la Fiscalía General de la Nación, el caso comenzó el 19 de diciembre de 2010, cuando se reporta el extravío de una mujer de 35 años, tras ser por última vez vista en una vivienda del sector denominado La Piscinita, ubicado en el archipiélago colombiano.
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Inicialmente, Mcgowan Archbold, que para la fecha era su compañero sentimental, informó tanto a los familiares de la víctima como a las autoridades que ella había viajado a Nicaragua para realizar diligencias personales.
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De acuerdo con el informe del ente acusatorio, el hombre había manifestado que la había acompañado en una lancha mar adentro para que abordara otra embarcación con destino al país centroamericano.

No obstante, la investigación dirigida por una fiscal especializada de la Seccional San Andrés permitió establecer que el acusado de 70 años fue la última persona que tuvo contacto con la mujer y que la víctima nunca ingresó a Nicaragua ni llegó al destino que había señalado.
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“En su momento, Mcgowan Archbold, su compañero sentimental, indicó a familiares y a las autoridades que su pareja había viajado a Nicaragua para realizar unas diligencias personales y que la había llevado en una lancha mar adentro para que trasbordara a otra embarcación”, recalcó la Fiscalía.
Igualmente, el fiscal del caso detalló que las verificaciones realizadas durante el proceso también evidenciaron que, durante el tiempo de convivencia, el hoy sentenciado “sometió a su compañera sentimental a un ciclo continuo de violencia física y verbal”.
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La sentencia no solo impone la pena privativa de libertad, sino que establece el pago de una multa equivalente a 1.333 salarios mínimos legales vigentes y la inhabilidad para ejercer cargos públicos o funciones que impliquen derechos políticos.
La sentencia, que deberá cumplirse en un centro carcelario, corresponde a una primera instancia, por lo que la defensa cuenta con la posibilidad de interponer los recursos legales previstos.
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Mujer era obligada a trabajar como ‘esclava’ en Caldas
La condena contra Hernán Mcgowan Archbold se suma a otros casos de violencia intrafamiliar registrados en Colombia.
Uno de ellos se registró en el municipio de Chinchiná, departamento de Caldas, donde una mujer denunció ante las autoridades haber sido sometida a condiciones degradantes por parte de su compañero permanente durante casi cuarenta años.
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Según información publicada por el medio local La Patria, la situación se agravó en la etapa final de la relación, cuando el hombre comenzó a ejercer maltrato psicológico, humillaciones y amenazas con arma de fuego.

Incluso, la víctima aseguró que su expareja la obligaba a encargarse de todas las tareas domésticas, haciéndola sentir como una “esclava” en su propio hogar.
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Además, la mujer manifestó que su expareja le imponía horarios estrictos para limitar su tiempo de ocio, obligándola a acostarse a las 7:00 p. m. para impedirle ver televisión, llegando incluso a cortar el suministro eléctrico para reforzar esta restricción.
La privación de recursos económicos fue otro mecanismo de control ejercido por el agresor, lo que dificultó a la mujer incluso asistir a citas médicas programadas.
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Tras la denuncia y la investigación penal iniciada por las autoridades, se confirmó la responsabilidad del hombre en los hechos de violencia. No obstante, se le concedió un principio de oportunidad, que implica el cese de la persecución penal a cambio del cumplimiento de condiciones específicas.
Aunque actualmente el agresor y la víctima ya no comparten el mismo hogar, se estableció una lista de condiciones que el victimario deberá cumplir para mantener el beneficio judicial. Entre estos está el no reincidir en los actos de violencia, el ofrecer disculpas públicas a la mujer por los daños causados y el abstenerse de agredirla o faltarle al respeto.
Además, está obligado a asistir a dos terapias orientadas al manejo de la ira y la dinámica familiar, y a entregar $1.500.000 a la mujer como compensación. El cumplimiento de estos compromisos será verificado en el plazo de un mes, tras el cual se evaluará si el agresor ha respetado los acuerdos que le permitieron acceder al principio de oportunidad.
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