Sanción a la campaña de Gustavo Petro quedó en manos de conjueces: el CNE no logró tomar la decisión

La votación de los magistrados fue de cinco a dos y se requerían por lo menos seis votos de siete

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El presidente Gustavo Petro rechazó el concepto emitido por el Consejo de Estado en el que se indica que el CNE puede investigar la financiación de su campaña y establecer sanciones - crédito Juan Cano/Presidencia/Flickr
La campaña de Gustavo Petro está siendo investigada por violación de topes - crédito Juan Cano/Presidencia/Flickr

El Consejo Nacional Electoral (CNE) no logró la cantidad de votos requeridos para sancionar a la campaña presidencial de Gustavo Petro, investigada por presunta violación de topes electorales. La votación tuvo un resultado de 5 a 2 y se necesitaban 6 de 7 votos.

Los magistrados Cristian Quiroz y Fabiola Márquez salvaron su voto y Alba Lucía Velásquez y Álvaro Echeverry no participaron en la votación; la primera fue recusada y el segundo se declaró impedido por haber trabajado en la campaña.

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Eso quiere decir, que la decisión sobre la sanción quedará en manos de los conjueces, que son responsables de dirimir conflictos de interés, recusaciones o empates. Los magistrados del CNE eligieron por sorteo a los abogados Jorge Iván Acuña y Majer Abushihab como conjueces en el caso; ellos se encargarán de revisar la investigación y la ponencia que se esgrimió al respecto y, posteriormente, el CNE volverá a llevar a cabo una votación al respecto.

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Consejo Nacional Electoral
El CNE volverá a repetir la votación luego de que los conjueces revisen el caso y tomen decisiones al respecto - crédito CNE

La ponencia que pone en aprietos a quienes integraron la campaña

En la ponencia en cuestión, presentada por los magistrados Benjamín Ortiz (Partido Liberal) y Álvaro Hernán Prada (Centro Democrático), se informa que sí hubo una violación de topes en la campaña de 2022 que llevó a Petro a la Presidencia, la cual superaría los $3.500 millones.

El documento indica que los encargados de la campaña se abstuvieron de reportar ingresos de dineros que fueron utilizados como gastos. Entre los aportes mencionados está el de la Unión Sindical Obrera (USO), por $500 millones, los cuales se dividieron de la siguiente manera: $121 millones en la primera vuelta, y $379 millones en la segunda

También se incluyeron los aportes por $500 millones de la Federación Colombiana de Educadores (Fecode), que fueron a parar a la Colombia Humana, una colectividad que integra al Pacto Histórico.

La violación de topes en la campaña de Petro superaría los $3.500 millones - crédito Luisa González/Reuters
La violación de topes en la campaña de Petro superaría los $3.500 millones - crédito Luisa González/Reuters

Las personas que aparecen en la ponencia como responsables de estos hechos son el presidente Gustavo Petro y el entonces gerente de campaña, Ricardo Roa, actual presidente de Ecopetrol. Según La Silla Vacía, los magistrados ponentes proponen sanciones administrativas y multas, que cobijan a las siguientes personas:

  • Ricardo Roa, que debería pagar $6.000 millones, aproximadamente.
  • Tesorera Lucy Mogollón, por financiamiento con fuentes prohibidas.
  • Auditora Lucy Soto, por financiamiento con fuentes prohibidas.
  • Colectividades Colombia Humana y Unión Patriótica (UP), que deberían pagar $600 millones, aproximadamente.

¿Petro puede perder el cargo?

En caso de que se llegue a aprobar la ponencia, en la que se exponen todas las irregularidades que presuntamente se presentaron en la financiación de la campaña presidencial, el jefe de Estado no podría verse afectado en su cargo como presidente por decisión del CNE.

Así lo explicó la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado en una decisión que tomó el 6 de agosto de 2024, en la que resolvió un conflicto positivo de competencias administrativas.

Los magistrados Omar Joaquín Barreto, Luis Alberto Álvarez Parra, Gloria María Gómez Montoya y Pedro Pablo Vanegas Gil figuran como investigados en la investigación de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes - crédito Mariano Vimos/Colprensa
la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes actúa de manera independiente y por irregularidades en la campaña puede tomar decisiones en materia penal y disciplinaria - crédito Mariano Vimos/Colprensa

La competencia del Consejo Nacional Electoral excluye la posibilidad de decretar la pérdida del cargo del presidente de la República, pues esta es una competencia exclusiva Congreso de la República, con el cumplimiento del procedimiento previsto para las investigaciones y juicios por indignidad política”, detalla el documento del Consejo de Estado. Lo que sí puede hacer es imponer las sanciones administrativas que se ajusten al caso.

Asimismo, aclaró que la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes actúa de manera independiente y por estos hechos estaría facultada para tomar decisiones en materia penal y disciplinaria que correspondan a actuaciones de altos servidores del Estado.

El mandatario Gustavo Petro rechazó en varias ocasiones la indagación adelantada por el CNE, alegando que no está facultado para investigar al presidente de la República. En junio de 2025, la Corte Constitucional aclaró que, en efecto, el CNE no puede investigar al jefe de Estado, pero sí puede poner la lupa sobre partidos políticos e integrantes de la campaña.

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