
El endurecimiento de las sanciones para quienes conduzcan bajo los efectos del alcohol o drogas cobró protagonismo en el Congreso de la República, en el que actualmente se estudia el proyecto de ley ‘¡No más borrachos al volante!’, impulsado por el senador Gustavo Moreno.
Esta iniciativa propone modificar el Código Penal para tipificar como delito de peligro común la conducción de vehículos automotores en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas, con el objetivo de establecer penas de prisión y multas económicas considerablemente más severas que las vigentes.
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El proyecto plantea la adición del artículo 353C a la Ley 599 de 2000, lo que supondría un cambio sustancial en la política penal y de tránsito del país.
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Según el texto, quien conduzca con un grado de alcoholemia igual o superior al nivel dos, o bajo el efecto de sustancias psicoactivas que generen dependencia física o psíquica, podría enfrentar penas de prisión de 24 a 48 meses, así como multas que oscilan entre 13 y 75 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Además, se contempla la pérdida de derechos y funciones públicas durante el tiempo de la condena.
Entre las novedades más relevantes, la propuesta introduce la posibilidad de que las autoridades de tránsito apliquen medidas cautelares sobre el vehículo involucrado, como el embargo o secuestro, con el fin de asegurar el pago de las multas y la reparación de las víctimas en caso de accidente. Este enfoque busca no solo sancionar la conducta, sino garantizar la reparación integral a los afectados.
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La motivación del proyecto se fundamenta en la persistencia de la conducción en estado de embriaguez como una “grave amenaza para la seguridad vial y la protección de la vida”, según se expone en el documento.
A pesar de las reformas implementadas en los últimos años, el impacto de las normas ha sido limitado y los accidentes relacionados con el consumo de alcohol al volante continúan generando víctimas fatales.
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El texto advierte que esta situación evidencia la necesidad de “ajustes contundentes que permitan adoptar medidas eficaces y disposiciones más oportunas para reducir la siniestralidad derivada de esta conducta”.
El proyecto también subraya que la regulación debe ser precisa y efectiva, ya que el consumo de alcohol, incluso en pequeñas cantidades, afecta las capacidades del conductor y “aumenta significativamente el riesgo de siniestros viales”.
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Además, se señala que la tolerancia social hacia el consumo de alcohol antes de conducir ha dificultado la erradicación de esta práctica, lo que refuerza la urgencia de una respuesta legislativa más estricta.

La iniciativa coincide con recientes siniestros fatales protagonizados por conductores en estado de embriaguez, como el caso ocurrido el ocho de noviembre en la localidad de San Cristóbal, al sur de Bogotá, en el que un conductor de taxi identificado como Eduardo Chalá, de 56 años, arrolló a once personas mientras conducía con dos grados de alcoholemia, según informaron las autoridades distritales.
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Actualmente, la legislación colombiana sanciona la conducción en estado de embriaguez, pero solo cuando se produce un accidente con víctimas. El proyecto busca elevar esta conducta a la categoría de delito de peligro común, de modo que la simple acción de conducir con niveles definidos de alcohol o bajo el efecto de sustancias psicoactivas sea penalizada, independientemente de que se produzca o no un siniestro.

El proceso legislativo se encuentra en fase de estudio en el Senado, donde deberá superar la discusión en comisiones, eventuales modificaciones, votación plenaria y sanción presidencial para convertirse en ley.
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Paralelamente, el debate público podría abordar aspectos como la infraestructura de control, la capacitación de las autoridades de tránsito, la disponibilidad de pruebas para la detección de drogas y la proporcionalidad de las sanciones propuestas.
El senador Gustavo Moreno sostiene que la propuesta no responde a un afán de “populismo punitivo”, sino que constituye una herramienta de prevención inspirada en el derecho comparado y en experiencias internacionales que han demostrado la eficacia de penalizar la simple conducta de conducir en estado de embriaguez como mecanismo de protección para la comunidad.
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