
La Corte Suprema de Justicia inadmitió la demanda de casación presentada por la defensa del exsubdirector del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), Emiro Rojas Granados, y del exdetective Néstor Pachón Bermúdez, manteniendo así las condenas impuestas por la tortura agravada contra la periodista Claudia Julieta Duque.
El alto tribunal explicó que, tras analizar los argumentos de la defensa, “no se observa la vulneración de alguna garantía fundamental que amerite el ejercicio de las facultades oficiosas de la Sala, en los términos del artículo 216 de la Ley 600 de 2000”.
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De esta manera, la decisión ratifica las sentencias a 12 y 14 años de prisión contra los exfuncionarios, quienes ya habían sido condenados en doble instancia por las autoridades judiciales. La Corte Suprema de Justicia rechazó los 14 cargos planteados por las defensas, entre ellos presuntos errores en la valoración de testimonios y fallos en la identificación de los autores, destacando que no existió fundamento para revisar o anular lo resuelto en instancias anteriores.

Condenas por tortura y concierto para delinquir
Ambos exfuncionarios del DAS enfrentaron proceso judicial por su responsabilidad en los hechos de tortura agravada perpetrada contra Claudia Julieta Duque. En el caso de Rojas Granados, la condena incluye el delito de concierto para delinquir. Las investigaciones dictaminaron que la periodista fue víctima de una serie de acciones coordinadas de hostigamiento, amenazas y seguimientos ejecutadas desde la estructura del antiguo DAS.
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El fallo del tribunal pone fin a la vía recursiva dentro de la justicia ordinaria colombiana, cerrando la etapa de revisión y dejando como firme la responsabilidad penal de Emiro Rojas Granados y Néstor Pachón Bermúdez en los hechos.
El caso: seguimiento, hostigamiento y amenazas
De acuerdo con el expediente, el DAS sometió a Claudia Julieta Duque a una persecución sistemática como retaliación por su trabajo periodístico y su activismo judicial en torno al homicidio de Jaime Garzón, así como por los señalamientos que realizó sobre la participación del organismo en ese crimen y por obstaculizar la investigación.
Entre los episodios más graves, se registra lo ocurrido el 23 de julio de 2001, cuando la periodista fue víctima de un paseo millonario, durante el cual recibió la advertencia de que “eso le pasaba por querer desenterrar a los muertos, por querer sacar la basura de su lugar”. Ese mismo día, observó un taxi con placas falsas SFW 316 cerca de su vivienda y su lugar de trabajo.
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Al día siguiente, frente a su apartamento apareció un grafiti que reproducía la misma frase con la que fue hostigada la noche anterior, reforzando el clima de intimidación. En semanas posteriores, notó la vigilancia de varios vehículos, incluido un taxi de placas SHH-348 asignado al DAS, así como la observación de la ruta escolar de su hija pequeña.
Intensificación de las amenazas y exilio
Las intimidaciones se intensificaron durante la participación de la periodista en la producción de un documental para el programa Contravía sobre Jaime Garzón. Durante ese tiempo, recibió llamadas intimidantes en las que advertían sobre posibles daños a su hija o le notificaban que recibiría supuestos regalos a su regreso. También dejaron en la portería de su edificio objetos como un ramo de flores enterradas con el tallo hacia arriba y un queso en estado de descomposición.
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En octubre de 2003, la periodista denunció nuevos seguimientos por personas en taxis y un campero verde a las afueras de su domicilio. La persecución se prolongó hasta finales de 2004, lo que llevó finalmente a Claudia Julieta Duque a optar por el exilio, junto a su hija de siete años de edad, a pesar de contar con medidas de protección otorgadas por el Ministerio del Interior y un esquema de seguridad.

Actuación de los exfuncionarios y fallos disciplinarios
El exdetective Néstor Javier Pachón Bermúdez utilizó el taxi SHH-348, propiedad del DAS, para realizar seguimientos ordenados por la estructura interna de la entidad. Por su parte, Emiro Rojas Granados, en su cargo de subdirector, canalizó las denuncias disciplinarias hacia la Oficina de Control Disciplinario Interno, lo cual fue interpretado por la justicia como un intento de encubrimiento.
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El proceso disciplinario fue archivado de manera definitiva el 22 de febrero de 2006.
Con la decisión de la Corte Suprema de Justicia, las condenas impuestas por tortura agravada y concierto para delinquir quedan en firme, reafirmando la responsabilidad penal de los exfuncionarios señalados en el expediente.
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