
El 10 de septiembre el Estado Colombiano reconoció oficialmente al Clan del Golfo como Grupo Armado Organizado Residual (Gaor), lo que generó un debate sobre las verdaderas implicaciones en el contexto del conflicto armado y los procesos de paz en el país.
La Resolución 294 de 2025, que formaliza esta clasificación, ha sido objeto de análisis por parte de expertos en derecho y política, que advierten que la medida podría no representar un cambio sustancial en la estrategia estatal frente a este grupo, conocido formalmente como Ejército Gaitanista de Colombia.
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En diálogo con Infobae Colombia, el decano de la Facultad de Estudios Jurídicos, Políticos e Internacionales de la Universidad de la Sabana, Carlos Arévalo, evaluó el alcance real de esta decisión y sus posibles efectos en el marco legal y humanitario colombiano.

En primer lugar, indicó que no se trata de hablar de una implicación nueva, puesto que es una realidad que Colombia vive un conflicto interno contra varios grupos armados, incluyendo al Clan del Golfo.
“Ninguna implicación nueva, desde años Colombia viene librando un Conflicto Armado No Internacional (Cani) con las Autodefensas Gaitanistas de Colombia (conocidas popularmente como Clan del Golfo). En un Cani el Estado puede usar la fuerza militar, es decir, realizar operaciones militares con el fin de neutralizar objetivos militares, como por ejemplo bienes o integrantes del grupo armado”, indicó Carlos Arévalo.
En ese sentido, Arévalo explicó que el panorama sería diferente si en Colombia no estuviera vigente este tipo de problemáticas o conflictos.
“Cuando no hay conflicto armado, estoy en un escenario de mantenimiento del orden (derechos humanos) que implica que yo no puedo usar las fuerzas militares, sigo protocolos policiales que implica que tengo un uso de la fuerza limitado”.

El experto indicó que el reconocimiento solo será importante si el Estado colombiano llega a algún tipo de acuerdo de paz con el Clan del Golfo.
“Lo que pasa es que a la luz de la ley de sometimiento se crean unas nuevas categorías que no tienen ningún efecto para el derecho internacional humanitario y para lo que expliqué antes, de poder usar la fuerza en contra de estos grupos, es más para tema de paz y procesos de justicia transicional”.
Arévalo explicó que no se le está dando ningún tipo de beneficio al Clan del Golfo, sino que se le está igualando con otros grupos armados que ya han sido reconocidos previamente.
“Hay una división que se hace entre los Gaor y los grupos armados organizados que tienen una finalidad política, para meter ahí al ELN y todos esos grupos que han tenido esa finalidad política. Eso es polémico a la luz de los derechos humanos”, afirmó el experto en temas jurídicos, políticos e internacionales.

Debido a que se especuló con que esto sería un tipo de reconocimiento político, el experto aclaró los riesgos que se podrían registrar en un escenario hipotético.
“Sería muy problemático, porque un grupo organizado que cause daño y ponga en riesgo la población civil no tiene finalidad política, y ahí no podrías usar la fuerza militar y dejarías un montón de personas indefensas y sin protección”.
Por último, Arévalo recordó que todos los grupos armados, como las Farc-EP o las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC); fueron reconocidos de la misma forma por el Estado colombiano antes de comenzar un proceso de negociación.
“Por eso se hace esta clasificación, después se verá si tiene que ver con eso de la ley de sometimiento, pero más enfocado es en esos temas de negociación y procesos de justicia transicional”, puntualizó.
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