
La Corte Constitucional ha dado un paso relevante al admitir una demanda que cuestiona la totalidad de la Ley 2494 de 2025, la cual impuso restricciones a la elaboración y publicación de encuestas políticas en el país.
“Admitir la demanda de inconstitucionalidad presentada por Juan Manuel López Molina en contra de la totalidad de la Ley 2494 de 2025, ‘por medio de la cual se establecen medidas sobre la elaboración, publicación y divulgación de encuestas y se dictan otras disposiciones’ por la violación de la reserva de ley estatutaria”, se lee en el auto emitido por el alto tribunal.
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La acción judicial, presentada por el ciudadano Juan Manuel López, sostiene que la normativa, sancionada por el presidente Gustavo Petro el 24 de julio de 2025, debió haberse tramitado como una ley estatutaria, dado que afecta derechos fundamentales, entre ellos, la libertad de expresión, la libertad de información y la participación política.
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“El accionante manifestó que, según el artículo 152 de la Constitución, deben ser objeto de ley estatutaria los derechos y deberes fundamentales y sus garantías, el régimen y funciones de las autoridades electorales y los mecanismos de participación ciudadana”, menciona la Corte en el auto.

Según la demanda, la normativa introduce restricciones que podrían limitar la diversidad de voces en el ámbito informativo, al prohibir los sondeos no probabilísticos y establecer exigencias técnicas rigurosas para la publicación de encuestas electorales.
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Este enfoque, según advierte el demandante, podría favorecer la concentración del control de la información en un número reducido de actores.
“Esas disposiciones inciden de manera profunda y restrictiva en la materia regulada, por lo que afectan el núcleo esencial de las mencionadas prerrogativas fundamentales”, expresó el demandante.
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Control del CNE
Otro de los puntos señalados en la demanda es la asignación de nuevas funciones al Consejo Nacional Electoral (CNE), lo que, a juicio del demandante, alteraría el diseño institucional de este organismo. La demanda subraya que varias disposiciones de la ley otorgan al CNE competencias adicionales, lo que implicaría una modificación de su estructura y responsabilidades.
“Impone al CNE el deber de modificar el régimen normativo actual, lo que implica rediseñar procedimientos internos, emitir nuevas resoluciones, capacitar al personal en los cambios adoptados e implementar reformas reglamentarias”, afirmó.
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En el plano fiscal, la demanda destaca la ausencia de un análisis de impacto económico. Se argumenta que la creación de órganos técnicos, la implementación de un registro nacional de firmas encuestadoras y la realización de auditorías, todas previstas en la ley, representan gastos permanentes que no fueron debidamente evaluados, lo que contravendría el principio de sostenibilidad fiscal.
Ante estos cuestionamientos, la Corte Constitucional no solo admitió la demanda, sino que solicitó a las secretarías del Congreso los antecedentes legislativos de la norma. Además, requirió un concepto al Ministerio de Hacienda y convocó a los congresistas autores y ponentes de la iniciativa para que expongan las razones que motivaron el trámite de la ley.
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La demanda será estudiada por el magistrado Juan Carlos Cortés, que será el que podría determinar el futuro de la regulación sobre encuestas políticas en Colombia.

David Luna también demandará Ley de Encuestas
Esta no fue la única acción judicial contra la normativa que regula los sondeos en el país.
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A dicha demanda, se suma el exsenador y precandidato presidencial David Luna, en la que anunció que presentará una demanda ante la Corte Constitucional contra el numeral quinto de la Ley 2494 de 2025, al considerar que representa una amenaza directa al derecho fundamental a la información durante los periodos de elección popular.
“El presidente Petro sancionó una ley que prohíbe publicar encuestas presidenciales hasta el mes de noviembre, que es inconstitucional porque va contra los derechos de los ciudadanos a la libre información democrática”, expresó el aspirante.
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La norma impugnada establece que no se podrán divulgar encuestas electorales hasta tres meses antes de la finalización del proceso de inscripción de candidaturas. Para Luna, esta restricción impide a los ciudadanos acceder a datos sobre las preferencias programáticas y las tendencias de los aspirantes, lo que limita la posibilidad de tomar decisiones informadas.
“Tan grave es la situación que algunos están echando mano, por ejemplo, de los resultados de las casas de apuestas para demostrar así que lideran la intención de voto. Hágame el favor. O lo que es peor, algunos otros están filtrando encuestas, incluso en las que me va bien a mí”, manifestó.
Al referirse a la norma, Luna calificó el artículo como desproporcionado y sostuvo que, en vez de promover la transparencia, “genera un efecto de censura”. Por este motivo, anunció que solicitará a la Corte Constitucional que declare la inexequibilidad del numeral y proteja los principios de información y participación democrática. Además, enfatizó que “los ciudadanos merecen encuestas libres, sin cortapisas ni censuras disfrazadas de control”.
Por último, el precandidato recordó que, durante su etapa como senador, votó a favor del proyecto inicial de la ley, el cual, según sus palabras, era completamente diferente al texto finalmente aprobado y no contemplaba las restricciones que ahora cuestiona.
“Cuando yo era senador de la República, en el mes de diciembre, voté en la Comisión Primera este proyecto, pero nunca este proyecto contemplaba el mico de prohibir la publicación de encuestas hasta el mes de noviembre”, concluyó.
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