
La confirmación de la nulidad en la elección del alcalde Jaime Andrés Beltrán mantiene en vilo el panorama político de Bucaramanga, tras la resolución última del Consejo de Estado divulgada durante la mañana del 21 de agosto.
De acuerdo con el fallo de la alta corte, Beltrán no podrá continuar al frente de la alcaldía al haberse declarado su elección nula por incurrir en doble militancia durante los comicios regionales de octubre de 2023.
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La medida se adopta después de que avanzara una demanda de nulidad en su contra, lo que ha provocado que la administración municipal cite a las instituciones y ciudadanía sobre los pasos a seguir.
En medio de la controversia, Jaime Andrés Beltrán reaccionó por medio de sus redes sociales, manifestando que “para los hijos de Dios todo obra para bien. Sigo en pie de lucha por la ciudad hasta que el fallo del Consejo de Estado esté en firme”, expresó.

Entre líneas seguidas, el exmandatario continuó diciendo que “este no es momento para abandonar a Bucaramanga a su suerte”.
Finalmente, Beltrán concluyó en su cuenta de X que “la seguridad de los ciudadanos es y será mi prioridad hasta el final”.
Sobre el fallo de nulidad
El Consejo de Estado confirmó la nulidad de la elección de Jaime Andrés Beltrán Martínez como alcalde de Bucaramanga, una decisión que tendrá como consecuencia la convocatoria de elecciones atípicas en la capital de Santander.
Según la sentencia, Beltrán incurrió en doble militancia al apoyar candidatos de partidos diferentes al suyo, lo que llevó a anular su mandato y obliga a organizar nuevos comicios antes de finalizar 2025.

De acuerdo con el fallo emitido, el gobernador de Santander, Juvenal Díaz Mateus, deberá designar un alcalde encargado en tanto la coalición Defendamos Bucaramanga presenta una terna de candidatos.
Enseguida, la Registraduría estará en la obligación de convocar elecciones atípicas para escoger a un nuevo mandatario. La decisión llega tras varios meses de procesos ante instancias judiciales, luego de que el Tribunal Administrativo de Santander anuló la elección de Beltrán en diciembre de 2024.
El origen de la controversia estuvo en las demandas de Edwing Fabián Díaz Plata, Juan Nicolás Gómez Herrera, Édgar Solier Millares Escamilla y Sandra Cecilia Serrano Rodríguez.
Ellos argumentaron que Beltrán, avalado por Colombia Justa Libres y coavalado por el Partido de la U y el Movimiento Salvación Nacional, incurrió en doble militancia al respaldar a candidatos al Concejo de Bucaramanga inscritos por partidos diferentes al suyo, a pesar de que su formación política tenía lista propia registrada para esa corporación.

Durante el proceso, quedó acreditado que Beltrán manifestó su apoyo de forma pública y en eventos registrados en video a varios aspirantes del Partido de la U—entre ellos, Elkin Yesid Bello Peña, Vilma Alexandra Cadena Ardila, Anderson Fabián Pradilla Díaz, Rosa Mabel Román Romero y Juan Pablo Piñeros Nieto—y a Edisson Ferney López Casallas, del Centro Democrático.
Algunos materiales en MP4 y documentos escritos constituyeron el grueso de las pruebas analizadas por la sala. La sentencia señala que el entonces candidato incluso explicó abiertamente a la ciudadanía cómo marcar el tarjetón electoral para apoyar a dichos postulantes.
La normativa tomada en cuenta, tal como recoge la sentencia, fue el artículo 2 de la Ley 1475 de 2011, así como el numeral 8 del artículo 275 de la Ley 1437 de 2011. Estas disposiciones establecen que la doble militancia en la modalidad de apoyo está prohibida cuando un partido ha inscrito lista propia.
“La prohibición busca salvaguardar la lealtad partidista y la confianza depositada por el elector en un programa político determinado”, resalta el Consejo de Estado.
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