
La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el alcalde de El Guamo, Tolima, Álvaro Augusto Prada Rueda, por presuntamente autorizar la realización de corralejas sin cumplir los requisitos urbanísticos, ambientales y de gestión del riesgo exigidos por la ley.
Según información publicada en el portal del Ministerio Público, la decisión fue adoptada el 20 de agosto de 2025 y se fundamenta en una posible omisión de deberes oficiales por parte del mandatario local, quien habría permitido la celebración de estos eventos taurinos en condiciones que contravienen la normativa vigente.
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Requisitos legales y advertencias técnicas en las corralejas
De acuerdo con la Procuraduría General de la Nación, la investigación disciplinaria se centra en la autorización de las corralejas en un predio ubicado en zona urbana del municipio, sin que existiera la correspondiente licencia urbanística ni un plan de gestión del riesgo. La entidad de control sostiene que el alcalde Prada Rueda habría desatendido advertencias técnicas emitidas por diversas entidades, lo que derivó en la realización del espectáculo sin las garantías legales mínimas.
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“La decisión fue adoptada por la Procuraduría Provincial de Instrucción de Chaparral, Tolima, tras evidenciar que el mandatario local, a pesar de contar con advertencias técnicas de distintas entidades, autorizó los eventos taurinos en un predio ubicado en zona urbana del municipio sin contar con licencia urbanística ni plan de gestión del riesgo”, se lee en el texto publicado por el ente de control.
Uno de los elementos destacados en el proceso, según la entidad, es la intervención de la Corporación Autónoma Regional del Tolima (Cortolima), que decomisó madera de procedencia no identificada destinada a la construcción de la estructura del coliseo donde se llevaría a cabo el evento.
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Este decomiso se produjo en el contexto de las advertencias técnicas que desaconsejaban la realización de las corralejas y evidencia el incumplimiento de los requisitos ambientales y de seguridad.

Falta de aval de seguridad y calificación de la conducta
A lo anterior se suma la ausencia de un aval de seguridad por parte de las entidades competentes, un requisito indispensable para la autorización de espectáculos públicos de esta naturaleza.
La Procuraduría General de la Nación subraya que, pese a la inexistencia de dicho aval, el alcalde procedió con la autorización del evento, lo que constituye una presunta omisión grave en el ejercicio de sus funciones.
La conducta atribuida a Prada Rueda fue calificada por la Procuraduría como una falta grave cometida a título de dolo, lo que implica que el funcionario habría actuado con conocimiento y voluntad de incumplir sus deberes legales.
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Según la Procuraduría, la presunta omisión del alcalde no solo habría transgredido la normativa vigente, sino que también habría expuesto a la población de El Guamo a riesgos y comprometido la integridad de la función pública.

Proyecto de ley para regular corralejas avanza en el Congreso tras primer debate en el Senado
En el primer semestre del año la Comisión Sexta del Senado aprobó de manera unánime en primer debate un proyecto de ley que busca establecer un marco normativo para las corralejas, una práctica arraigada en varias regiones del país y reconocida como manifestación cultural, pero que a lo largo de los años ha estado asociada a graves incidentes y cuestionamientos por el trato a los animales.
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La iniciativa, impulsada por las senadoras Andrea Padilla, del partido Alianza Verde, y Sandra Jaimes, del Pacto Histórico, incluye disposiciones encaminadas a reforzar la seguridad de los asistentes y a reducir los riesgos tanto para los animales como para los seres humanos. Entre las medidas previstas se encuentran la prohibición de ingreso a los ruedos de menores de 14 años, la exclusión de personas en estado de embriaguez, la prohibición de objetos que puedan causar daño a los animales, y la exigencia de pólizas de responsabilidad civil y licencias de construcción a los organizadores.
El proyecto también incorpora lineamientos orientados a limitar expresiones de violencia durante los eventos y a garantizar estándares mínimos de bienestar animal, en concordancia con lo establecido por la Corte Constitucional en la sentencia C-666 de 2010, que fijó parámetros sobre espectáculos públicos con animales. Asimismo, contempla incentivos para modalidades alternativas, como el denominado Toro de Carnaval, desarrollado en municipios de Córdoba y Sucre, que recrea la dinámica de las corralejas pero sin la utilización de animales.
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En la discusión legislativa también se abordaron cifras recientes relacionadas con la magnitud y el impacto de estos espectáculos. Según los registros presentados, en 2023 se realizaron más de un centenar de corralejas en el país, con un saldo de más de 1.200 heridos y 52 personas fallecidas. En el plano económico, se evidenció un desequilibrio en los beneficios entre administraciones locales y empresarios privados. De acuerdo con datos del Ministerio de Hacienda, en 2022 la Alcaldía de Sincelejo recibió por concepto de impuestos a la boletería alrededor de 81,5 millones de pesos, mientras que los organizadores privados obtuvieron utilidades cercanas a 776,5 millones de pesos.
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