
Con la implementación del nuevo Sistema de Protección Social para la Vejez, programada para el 1 de julio de 2025, los trabajadores colombianos que deseen trasladarse a Colpensiones o a un fondo privado deberán actuar con premura.
La ley estableció una serie de condiciones que deben cumplirse para acceder a esta oportunidad, limitada a un grupo concreto de cotizantes, de acuerdo a una categorización establecida por la reforma pensional.
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Según lo dispuesto, pueden optar por el traslado quienes pertenezcan al régimen de transición: mujeres con al menos 750 semanas cotizadas y hombres con un mínimo de 900 semanas, sin importar su edad, siempre que las tengan consolidadas antes del 30 de junio de 2025.
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Además, las mujeres que tengan 47 años o más y los hombres desde los 52 años también podrán acceder a este cambio de régimen.
“A partir de ahora las mujeres mayores de 47 años que tengan más de 750 semanas, y los hombres mayores de 52 años que tengan más de 900 semanas tienen dos años para trasladarse de régimen (de Colpensiones a fondo privado o viceversa) si así desean hacerlo”, afirmó Daniel Wills, vicepresidente técnico de Asofondos, citado por El Colombiano.
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Las fechas
Es pertinente informar que el 30 del mes en curso es la fecha máxima para cumplir con los requisitos, pero hay más fechas para otros requerimientos. De hecho, la fecha límite para solicitar el traslado es el 16 de julio de 2026, tras haber cumplido los ítems antes del 30 de junio del año en curso.

Después de esa fecha, con la nueva estructura pensional en marcha, los cambios voluntarios entre regímenes dejarán de ser posibles para la mayoría de los cotizantes.
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El paso a paso
Para ejercer este derecho, el paso obligatorio es cumplir con la llamada doble asesoría. Esta consiste en recibir orientación tanto del fondo privado como de Colpensiones, con información imparcial sobre los beneficios proyectados en cada régimen, de acuerdo con la historia laboral individual.
Jorge Llano, vicepresidente de desarrollo de mercados de AMV, recordó al medio que “debe pedir asesoría en los dos lados y tiene que cumplir con todos los requisitos de la doble asesoría”.
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El proceso debe comenzar con la verificación de la historia laboral. Si esta presenta inconsistencias o está incompleta, el interesado debe contactar a la administradora correspondiente para su corrección.
Luego, debe confirmar si cumple los criterios para el traslado, especialmente el número de semanas y la cercanía a la edad de jubilación.
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Por otro lado, quienes no alcancen las 750 semanas (mujeres) o las 900 semanas (hombres) no estarán obligados a la doble asesoría para cambiar de régimen.
En estos casos, si su ingreso supera los 2,3 salarios mínimos, deberán escoger una AFP para aportar al componente de ahorro individual del nuevo modelo. Si ganan menos de ese umbral, seguirán cotizando en Colpensiones, pero cualquier ahorro ya existente en el fondo privado será administrado por ese fondo hasta el momento de la pensión.
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Aumentan descuentos de pensión para trabajadores con altos ingresos en Colombia
El nuevo esquema de aportes a la pensión en Colombia modifica la manera en que se realizan los descuentos a trabajadores dependientes e independientes, especialmente para quienes tienen salarios altos.
Este cambio aumenta el monto destinado al fondo de solidaridad, que apoya a adultos mayores vulnerables. La reforma establece que, para empleados dependientes, los aportes correspondientes hasta 2,3 salarios mínimos irán a Colpensiones; cualquier excedente se depositará en el fondo privado elegido.
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El objetivo es fortalecer el sistema público y gestionar los ingresos superiores en el sector privado.

La base para calcular las cotizaciones se ajusta según el tipo de contrato y salario. Para quienes reciben salario integral, las contribuciones se calcularán sobre el 70% de ese ingreso. Si un afiliado tiene varios empleadores, la contribución se distribuirá proporcionalmente entre ellos.
Para los trabajadores independientes con ingresos iguales o superiores a un salario mínimo y que llevan contabilidad, la base mínima de cotización será el 40% de los ingresos, sin incluir el IVA.
La Dian será la encargada de facilitar la implementación de registros contables para independientes con contratos distintos a la prestación de servicios personales. Aquellos que no estén obligados a llevar contabilidad podrán elegir entre declarar el ingreso causado o el percibido.
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