Tras la expedición que hizo el Ministerio del Trabajo del llamado Decreto Único Reglamentario (DUR) de la reforma pensional del Gobierno Petro, los fondos privados reaccionaron e informaron que recibieron de manera positiva el documento, toda vez que contiene muchas de las reglas para la implementación de aspectos medulares de la reforma pensional.
Al respecto, el presidente de la Asociación Colombiana de Fondos de Pensiones y Cesantía (Asofondos) se mostró satisfecho: “Bienvenido este decreto que todos los actores del sistema estábamos esperando pues brinda claridad jurídica y operativa sobre muchos aspectos fundamentales de la reforma”. Asimismo, recordó que el sector trabaja con intensidad en todos los aspectos operativos que se requieren para cumplir con lo establecido por la ley: tener al aire el nuevo sistema de protección a la vejez desde el primero de julio.
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Puntualizó que, como actor relevante, el sector, que es experto en la gestión de ahorro pensional, trabaja 24/7 con el compromiso para que la puesta en marcha de este sistema sea lo menos traumática posible para los trabajadores afiliados.

El dirigente aprovechó la coyuntura para recordarles a los colombianos que están en el régimen de transición, del que se plantean dudas sobre dónde estarían mejor al momento de su retiro laboral, que tomen la doble asesoría y aprovechen la oportunidad de traslado que habilitó la Ley.
“La reforma abre la posibilidad para muchos trabajadores que bajo Ley 100 no podrían hacer un traslado pensional porque ya habían superado la edad para hacerlo, en especial, aquellos que tiene un proceso legal en curso”, dijo. Resaltó que “hay decisiones que no dan espera y por eso la invitación es para que aprovechen la llamada ventana de oportunidad de traslado pensional, cuyo trámite es gratuito y muy fácil de hacer”.
Asuntos a revisar en el DUR antes del 1 de julio
De igual forma, advirtió que le preocupa que no hay un plan claro para que la población en transición (mujeres u hombres que acumularon más de 750 o 900 semanas cotizadas al 30 de junio, respectivamente) pueda contar con el seguro previsional, en los casos en los que los recursos destinados para ese fin no alcanzan.
Y es que, como se recordará, este es un seguro que forma parte del Sistema General de Pensiones en Colombia, diseñado para garantizar el pago de una pensión a aquellos que cotizan al sistema en caso de invalidez o a sus beneficiarios en caso de muerte, incluso si la persona no tiene suficiente dinero en su cuenta de ahorro individual para cubrirla.

Esto, teniendo en cuenta que el artículo 75 de la Ley 2381 preveía que, en estos casos, se iba a reglamentar cómo el Gobierno nacional iba a resolver este problema.
“Recordemos que el seguro previsional es el que cubre a la población frente a los riesgos de discapacidad y/o muerte. Es clave que antes del 1 de julio, el Gobierno presente el plan de qué hacer en los casos en los que el mercado no se puede conseguir ese aseguramiento para la población en transición”, manifestó el presidente de Asofondos.
Otros asuntos que se deben revisar son:
- La posibilidad que da el decreto para utilizar el Fondo de Garantía de Pensión Mínima para financiar el sistema de reparto, porque “los recursos del FGPM deben utilizarse para pagar las pensiones del antiguo Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad”.
- La posibilidad de financiar el pilar semicontributivo con desacumulaciones del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo. “El Fapc debe ser sagrado para que nos dure y no causemos pasivos pensionales que se vuelven problemas fiscales, solo debemos disponer de esos recursos para pagar pensiones del pilar contributivo.”, dijo el experto.
Los pendientes del DUR
Si bien el decreto recién expedido da claridad sobre asuntos importantes que estaban en duda en la reforma pensional aprobada, Asofondos considera que hay algunos aspectos pendientes por precisar vía reglamentación.

Velasco puntualizó que “es el caso de temas que, aunque suenen técnicos, son muy relevantes para los trabajadores, como los fondos generacionales, el seguro previsional, las licencias modulares para los actores del sistema y las reglas de desacumulación del fondo de ahorro pensional”.
En este punto particular, manifestó su inquietud sobre el fondo de ahorro, cuya gestión estará a cargo del Banco de la República, en el sentido de entender la importancia de cuidar los recursos de dicho fondo de ahorro cuya finalidad fundamental debe ser el pago de las pensiones de quienes contribuyeron al sistema, para nada más, “cualquier otro uso agravará la situación de sostenibilidad del sistema pensional”, advirtió el presidente de Asofondos, Andrés Velasco.
Dónde se pueden resolver dudas sobre el nuevo sistema pensional
Finalmente, quienes tengan dudas sobre el nuevo sistema pensional pueden ingresar a www.miplatamifuturo.com.
Y quienes quieran aprovechar la ventana de oportunidad de traslado pensional, pueden visitar la página web www.dobleasesoria.com para tener más información.
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