
Para 2025, la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá implementó diversas medidas para facilitar el pago del impuesto predial, una obligación tributaria esencial para el desarrollo de la ciudad. Según informó la entidad, el tributo permite financiar servicios y proyectos que benefician a toda la comunidad, convirtiéndose en una herramienta clave para la sostenibilidad urbana.
Entre las iniciativas destacadas se encuentra la Gran Feria de Servicios de Hacienda Bogotá, que se llevará a cabo del 21 al 25 de abril en el Movistar Arena, con atención continua desde las 7:00 a. m. hasta las 4:00 p. m. Igualmente, la entidad resaltó que hasta el viernes 25 los contribuyentes tendrán la opción de realizar el pago con el 10% de descuento.
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De acuerdo con la secretaría, para la vigencia 2025 se generaron 2.795.035 facturas del impuesto predial, de las cuales el 99% fueron enviadas en formato físico a los domicilios registrados. Además, los contribuyentes pueden acceder a sus facturas a través del botón ‘Pagos Bogotá’ en el sitio web oficial de la entidad. Sin embargo, 22.301 predios no cuentan con este documento, lo que requiere que sus propietarios o responsables realicen gestiones adicionales para cumplir con la obligación.
¿Quiénes están obligados a pagar el impuesto predial en 2025?
El pago del impuesto predial recae sobre diferentes tipos de responsables, según detalló la dependencia de Hacienda. En primer lugar, los propietarios de los predios, ya sean personas naturales o jurídicas, deben cumplir con esta obligación al contar con la documentación legal que acredita su propiedad.
También están incluidos los poseedores, quienes, aunque no tengan documentos legales, ejercen control físico sobre el predio y lo utilizan como si fueran sus dueños.
Por otro lado, los usufructuarios, quienes tienen derecho a usar y disfrutar de un predio con autorización del propietario, también deben pagar el impuesto, siempre que puedan demostrar su condición mediante un certificado de libertad.
Asimismo, los fideicomitentes y beneficiarios de predios que forman parte de un patrimonio autónomo, así como los tenedores que tienen permiso para usar inmuebles públicos, están obligados a cumplir con esa responsabilidad tributaria. Finalmente, en el caso de inmuebles adquiridos mediante leasing, la entidad financiera correspondiente es la encargada de realizar el pago.
Opciones para obtener y pagar la factura del impuesto predial
La Secretaría de Hacienda dispuso de varias alternativas para que los contribuyentes puedan obtener su factura y realizar el pago del impuesto predial. Los ciudadanos pueden ingresar al botón ‘Pagos Bogotá’ en el sitio web oficial, seleccionar el enlace ‘Pago en línea predial 2025’ y descargar el documento. Una vez obtenida la factura, el pago puede efectuarse de manera presencial en las entidades financieras autorizadas o a través de canales en línea.

En caso de que el predio tenga varios copropietarios, se recomienda realizar la consulta utilizando el número de documento de cada uno. Si el contribuyente no puede obtener la factura en línea, debe verificar si su predio se encuentra en alguna de las siguientes situaciones:
- Predios nuevos sin CHIP: En estos casos, los propietarios deben generar la declaración del impuesto a través del sitio web de la Secretaría de Hacienda o acudir a un punto de atención presencial.
- Predios con exenciones parciales, mejoras o información incompleta: Los contribuyentes deben realizar la declaración mediante la Oficina Virtual o, si no es posible, en un punto presencial de la Secretaría.
- Predios adquiridos mediante leasing, fideicomiso o patrimonio autónomo: La factura puede descargarse ingresando el NIT de la entidad financiera o el número de identificación del fideicomitente o beneficiario.
Atención presencial y puntos habilitados para trámites
Además de los canales virtuales, los contribuyentes cuentan con varios puntos de atención presencial para realizar sus trámites relacionados con el impuesto predial. Los Puntos de Atención Especializada están disponibles de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 6:00 p. m., y los sábados, de 8:00 a. m. a 12:30 p. m., en las siguientes direcciones:
- Carrera 19 N.° 114 - 65 Local 3
- Carrera 71D N.° 6 - 94 Sur, Centro Comercial Plaza de las Américas, locales 1132 y 1134

Asimismo, los contribuyentes pueden acudir a la RedCade, que opera de lunes a viernes, de 7:00 a. m. a 4:30 p. m., y los sábados, de 8:00 a. m. a 12:00 m., en los siguientes puntos:
- 20 de Julio: carrera 5A N.° 30C-20 sur
- Américas: avenida carrera 86 N.°. 43-55 sur
- CAD: arrera 30 N.° 25-90, torre B
- Suba: calle 145 N.° 103B-90
- Bosa: calle 57R Sur N.° 72D-12
- Manitas: carrera 18L N.° 70B-50 sur
- Calle 13: avenida Calle 13 N.° 37 – 35
- Engativá: trasversal 113B N.° 66 – 54
Para quienes prefieran realizar el pago de manera presencial, la Secretaría de Hacienda ha autorizado a varias entidades financieras, entre las que se encuentran Bancolombia, Davivienda, BBVA, Banco de Bogotá, Banco AV Villas y Banco de Occidente.
Es importante que los contribuyentes lleven su factura impresa en láser para garantizar una correcta lectura del código de barras. Según informó la entidad, el pago se reflejará en un plazo de dos días hábiles. En caso de que esto no ocurra, los ciudadanos pueden contactar a los asesores a través de los canales de atención disponibles en el sitio web oficial.
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