Histórica sentencia ordenó al Estado adaptar procesos migratorios para personas con discapacidad en Colombia

La decisión del Tribunal Superior de Cali marca un hito en la garantía de inclusión, acceso a la justicia y dignidad para personas migrantes con diversidad funcional

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El tribunal determinó que el
El tribunal determinó que el sistema de refugio colombiano no ofrecía mecanismos de apoyo ni ajustes razonables para personas con discapacidad - crédito Álvaro Tavera/Colprensa

Una sentencia del Tribunal Superior de Cali ha marcado un antes y un después en la garantía de derechos para personas con discapacidad en situación migratoria en Colombia. El fallo, producto de un litigio estratégico impulsado por el Consultorio Jurídico y el Grupo de Acciones Públicas (GAPI) de la Universidad Icesi, respaldó los derechos de una mujer venezolana con discapacidad intelectual y psicosocial que se enfrentó a obstáculos estructurales al intentar solicitar refugio en el país.

Este pronunciamiento no solo repara una injusticia individual, sino que también establece un precedente clave en materia de inclusión, acceso a la justicia y autonomía.

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El tribunal, mediante su decisión del 13 de febrero de 2025, resolvió tutelar los derechos fundamentales de una ciudadana venezolana con diversidad funcional que llegó a Colombia escapando de violencia estructural en su país de origen. Su intención era solicitar refugio; sin embargo, el proceso administrativo no contemplaba mecanismos de apoyo o ajustes razonables para personas con discapacidad, lo que terminó por vulnerar sus derechos al debido proceso, a la igualdad y a la no discriminación.

La sentencia concluyó que los
La sentencia concluyó que los obstáculos enfrentados no fueron errores individuales, sino fallas estructurales del sistema - crédito Agencia Andina

En ese sentido, la Sala Civil del Tribunal Superior de Cali determinó que “los obstáculos a los que se enfrentó la mujer no son atribuibles a fallos individuales, sino al diseño del sistema de refugio que desconoce la situación de personas con diversidad funcional”.

La sentencia destacó que, “el Estado colombiano tiene la obligación de garantizar que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones que los demás, lo que implica adoptar ajustes razonables y medidas de accesibilidad”. En el caso de la mujer., esto no ocurrió y ella tuvo que enfrentar los trámites sin apoyos adecuados y sin una comprensión suficiente de su situación particular.

El fallo ordena al Ministerio
El fallo ordena al Ministerio de Relaciones Exteriores implementar medidas de accesibilidad en los trámites migratorios - crédito Cancillería de Colombia

Ante este panorama, el fallo ordenó al Ministerio de Relaciones Exteriores implementar una serie de medidas concretas que transforman el enfoque del sistema de refugio en Colombia. Entre las instrucciones impartidas se incluyen:

  • Diseño de formularios accesibles: que se adapten a las necesidades de personas con discapacidad cognitiva, sensorial o psicosocial.
  • Capacitación obligatoria al personal del Ministerio de Relaciones Exteriores: para reconocer y actuar con enfoque diferencial.
  • Creación de protocolos de atención inclusiva: donde se garantice acompañamiento en el proceso de solicitud.
  • Conformación de equipos de apoyo interdisciplinarios: que incluyan personal capacitado en discapacidad y derechos humanos.
  • Seguimiento del cumplimiento: la sentencia impone un plazo y seguimiento al cumplimiento de estas medidas, delegando control a la Defensoría del Pueblo.

Un precedente nacional para la inclusión

La sentencia sienta jurisprudencia relevante al incorporar un enfoque interseccional que reconoce la doble condición de vulnerabilidad de personas migrantes con discapacidad. Además, adopta principios de lenguaje claro en su redacción, con el propósito de que la afectada —y otras personas en condiciones similares— puedan comprender plenamente el alcance de sus derechos.

Con esta decisión, el Tribunal Superior de Cali no solo avanza en el reconocimiento de los compromisos internacionales asumidos por Colombia, como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, sino que también obliga a las entidades estatales a revisar sus procedimientos y protocolos a la luz del principio de dignidad humana.

Por su parte, la Universidad Icesi, que lideró este litigio estratégico con el acompañamiento de la red de universidades del nodo suroccidente y la Corporación Opción Legal, destacó que el caso representa una muestra del poder transformador de la educación jurídica con enfoque social.

“El litigio estratégico que llevan a cabo nuestros estudiantes, guiados por docentes altamente calificados, en favor de los derechos de las personas, refleja nuestro compromiso con la excelencia académica y la formación de profesionales que construyen una sociedad más justa e inclusiva”, afirmó Cajas, director de la Escuela de Derecho, Gobierno y Globalización de la institución

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