Consejo de Estado confirmó legalidad de la elección de los gobernadores de Nariño y Cesar

El alto tribunal resaltó la necesidad de evidencia clara y una interpretación precisa de la normativa electoral en casos de presunta doble militancia

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Consejo de Estado ordenó nombrar de inmediato a comisionados de la Creg - crédito Colprensa
El tribunal concluyó que no se acreditó el elemento modal de la doble militancia en la mayoría de los casos, destacando la importancia de pruebas claras e inequívocas para demostrar apoyo político ilegal - crédito Colprensa

En la tarde del jueves 27 de febrero de 2025, el Consejo de Estado emitió dos fallos que confirman la legalidad de las elecciones de los gobernadores de Nariño y Cesar, rechazando las solicitudes de nulidad presentadas en contra de Luis Alfonso Escobar Jaramillo y Elvia Milena Sanjuan Dávila, respectivamente.

A través de estas decisiones, emitidas en única instancia, el alto tribunal resaltó la importancia de la evidencia clara y la interpretación precisa de la normativa electoral en casos de presunta doble militancia.

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Caso de Nariño: Luis Alfonso Escobar Jaramillo

La demanda contra Luis Alfonso Escobar Jaramillo, gobernador de Nariño para el período 2024-2027, fue presentada por Yolanda del Socorro Bolaños.

La demandante alegó que Escobar Jaramillo habría incurrido en doble militancia al apoyar a Nicolás Toro Muñoz, candidato a la alcaldía de Pasto por una coalición diferente a la suya durante las elecciones territoriales de 2023.

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La demanda se basó en videos y fotografías que mostraban a Escobar Jaramillo junto a Toro Muñoz en eventos de campaña, lo que, según la demandante, constituía un apoyo político ilegal; sin embargo, la defensa argumentó que el partido de Escobar Jaramillo, el Polo Democrático Alternativo, no tenía candidato propio para la alcaldía de Pasto, y que no existe una obligación legal de apoyar a todos los candidatos de la coalición.

Luis Alfonso Escobar Jaramillo
La demanda contra Luis Alfonso Escobar Jaramillo, gobernador de Nariño, fue presentada por Yolanda del Socorro Bolaños, alegando doble militancia al apoyar a un candidato de otra coalición - crédito Colprensa, prensa Gobernación de Nariño

El Consejo de Estado, tras revisar las pruebas y argumentos, determinó que la presencia de Escobar Jaramillo en eventos junto a Toro Muñoz no era suficiente para demostrar un apoyo político explícito.

En ese sentido, la sentencia aclaró que la prohibición de doble militancia no se aplica cuando un candidato simplemente asiste a eventos en los que participan otros, sin evidencia de un respaldo explícito.

Esta decisión no solo confirmó la elección de Escobar Jaramillo, sino que estableció un precedente importante sobre los límites de la doble militancia en Colombia, al aclarar que la mera presencia en eventos de otros partidos no constituye una violación de la ley.

Caso de Cesar: Elvia Milena Sanjuan Dávila

En otro documento emitido el 27 de febrero de 2025, la Sección Quinta del Consejo de Estado negó la nulidad de la elección de Elvia Milena Sanjuan Dávila como gobernadora del Cesar para el período 2024-2027.

Las demandas, presentadas por Luis Fernando Padilla Pérez y David Sierra Daza, alegaban que Sanjuan Dávila había apoyado a candidatos de otras colectividades, violando así la ley de doble militancia.

Elvia Milena Sanjuán Dávila
La Sección Quinta del Consejo de Estado negó la nulidad de la elección de Elvia Milena Sanjuan Dávila como gobernadora del Cesar, rechazando acusaciones de doble militancia - crédito Prensa Gobernación del Cesar

Las acusaciones se centraban en presuntos actos de apoyo a candidatos de otros partidos en varios municipios del Cesar; sin embargo, el Consejo de Estado determinó que en la mayoría de los casos no se acreditó el elemento modal de la doble militancia, ya que el Partido de la Unión por la Gente, al que pertenece Sanjuan Dávila, no había inscrito candidatos propios en esos municipios.

El tribunal también analizó el caso de Neil Cárdenas Serpa, candidato al Concejo de Chimichagua, y concluyó que, aunque el Partido de La U tenía candidatos propios, las pruebas no demostraban un apoyo explícito y positivo por parte de Sanjuan Dávila.

En cuanto a Maritza Villero, candidata a la Alcaldía de San Diego, la falta de disponibilidad de un video clave y la ausencia de pruebas concluyentes llevaron al tribunal a descartar las acusaciones.

El fallo subrayó que la prohibición de doble militancia requiere que el partido del acusado haya inscrito candidatos propios y que los actos de apoyo sean claros e inequívocos; además, destacó que las coaliciones no eliminan la militancia en el partido de origen, permitiendo cierta libertad de acción en ausencia de candidatos propios.

Con estas decisiones, tanto Luis Alfonso Escobar Jaramillo como Elvia Milena Sanjuan Dávila continúan en sus cargos, y se reafirmó la importancia de la transparencia y el debido proceso en la resolución de disputas electorales.

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