La Fiscalía General de la Nación logró la captura y judicialización de José Antonio González, señalado como el presunto responsable del asesinato de su excompañera sentimental Yessica Paola Rodríguez, en hechos ocurridos el pasado 27 de noviembre en un motel ubicado en la zona industrial de Neiva, Huila.
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De acuerdo con la investigación adelantada por un fiscal de la Unidad de Vida de la Seccional Huila, el hombre habría llegado al establecimiento y solicitado una habitación. La víctima, según el reporte, arribó aproximadamente una hora después. Poco tiempo después, González abandonó el lugar argumentando que saldría a comprar una bebida, pero no regresó.
El administrador del motel, al notar que la habitación permanecía ocupada sin respuesta, decidió ingresar, encontrando a la mujer sin signos vitales. Las autoridades señalaron que la víctima presentaba múltiples heridas provocadas con arma blanca.
En la escena del crimen se halló un forro para cuchillos oculto dentro de un jardín artificial, lo que podría ser una pieza clave en el caso.
Tras el análisis del material probatorio, el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) capturó a González en el barrio Canaima de Neiva. Durante la audiencia de imputación, el procesado aceptó los cargos por homicidio agravado. Posteriormente, un juez de control de garantías ordenó su reclusión en un centro carcelario como medida preventiva mientras avanza el proceso judicial.
Este caso ha generado conmoción en la comunidad local y reavivado el debate sobre la violencia de género en el país. Aunque el delito fue clasificado inicialmente como homicidio agravado, las circunstancias del caso, que involucran una relación sentimental previa y presuntas amenazas.
Por qué no fue tipificado como feminicidio
El argumento de la defensa para señalar que el caso no califica como feminicidio se basa en los requisitos legales establecidos en Colombia para configurar este delito. Según la Ley 1761 de 2015, conocida como Ley Rosa Elvira Cely, el feminicidio se define como el asesinato de una mujer por su condición de género, lo que implica una relación de poder, dominación, discriminación o desprecio hacia las mujeres.
El abogado defensor, Jorge Enrique Cortés Polanía, sostiene que las circunstancias del caso no cumplen los elementos necesarios para imputar el delito como feminicidio.
Según sus declaraciones, la relación entre el procesado y la víctima no se basaba en dinámicas de subordinación ni evidencia de motivos basados en género, y por ello argumenta que se trataría de un homicidio agravado, pero no de feminicidio.
La defensa también podría estar apuntando a que el acto violento no fue planeado con la intención de atacar a la mujer por su género, sino que ocurrió en un contexto diferente, aunque esto no exime la gravedad de los hechos.
De acuerdo con Antonio González en un testimonio para el medio regional La Nación: “Vine a entregarme voluntariamente al CTI de la Fiscalía, para aclarar bien los hechos. Yo eso lo hice no por mi intención, sino por defensa propia, fue del susto porque ella me tiró para acabar conmigo, entonces le quité el arma y reaccioné, la intención mía no era matarla porque no estoy acostumbrado a eso”.
Qué es un homicidio y en qué se diferencia de un feminicidio
El homicidio es la acción de causar la muerte de una persona de manera intencional o culposa, sin distinción de género. En Colombia, el Código Penal establece diversas modalidades de homicidio, como agravado o culposo, según las circunstancias del acto.
El feminicidio, por su parte, es un tipo de homicidio agravado definido en la Ley 1761 de 2015. Consiste en el asesinato de una mujer por razones de género, en contextos de discriminación, dominación o relaciones desiguales de poder. Implica dinámicas específicas como violencia previa, amenazas o control, lo que lo convierte en un crimen con connotaciones sociales y culturales profundas.