
El teniente Darío Fernando Cabrera Hidalgo, exjefe del Grupo de servicios asistenciales de la Policía del Quindío, fue destituido e inhabilitado por 17 años debido a conductas de acoso laboral. De acuerdo con los detalles revelados por la Procuraduría General de la Nación, los hechos ocurrieron entre noviembre de 2019 y mayo de 2020, involucrando a una subalterna quien sufrió diversas formas de maltrato y abuso de autoridad.
La resolución fue emitida en un fallo de primera instancia donde se determinó que Cabrera Hidalgo usó su jerarquía para modificar arbitrariamente los horarios laborales de la patrullera afectada. Además, según explicó el ente de control, el oficial la obligaba a trabajar fuera de su horario laboral y la sometía a tratos humillantes, incluyendo asignarle turnos en sus días de descanso y desconsiderar sus incapacidades médicas.
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“La Regional de Juzgamiento de Risaralda confirmó que el oficial abusó de su rol jerárquico para cambiarle de manera permanente los turnos que debía cumplir en su calidad de patrullera, la obligó a prestar servicio en su día de descanso y omitió las incapacidades médicas que tenía y le asignó responsabilidades que excedían los horarios laborales”, detalló la Procuraduría.
La situación, que llevó al teniente a su destitución, también provocó el aislamiento social de la subalterna, ya que sus compañeros preferían mantener la distancia para evitar sufrir tratos similares. La patrullera fue acosada no solo a través de cambios en sus turnos y asignaciones laborales, sino también mediante “comentarios hostiles y humillantes”, añadió el Ministerio Público.

La Resolución de la Procuraduría destaca que las acciones del teniente vulneraron la dignidad humana y el derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas. Además, la conducta de Cabrera Hidalgo fue considerada una violación del principio de moralidad y un abuso de su grado jerárquico, contribuyendo a su sanción administrativa. “Se apartó de la normatividad vigente en el cumplimiento de sus funciones y abusó de su grado”, destacó el organismo de control.
Este caso no es único dentro de la institución policial, pero marca un precedente importante sobre cómo se deben gestionar y corregir conductas inapropiadas que afecten a la integridad y bienestar de los subordinados en cualquier institución. La sanción impuesta refleja un esfuerzo por erradicar comportamientos tóxicos y garantizar un ambiente laboral saludable y respetuoso dentro de la Policía Nacional.
Expatrullero de la Policía condenado por homicidio agravado
Carlos Andrés Hernández Camargo, un expatrullero de la Policía Nacional, fue condenado por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Santa Marta por el homicidio agravado de Jhonatan José López Jurado. El juicio oral, que culminó recientemente, confirmó la culpabilidad de Hernández Camargo en los hechos ocurridos el 5 de agosto de 2020.
El caso se remonta a ese día, cuando en la calle 30 con carreras 12 y 13, alrededor de las 3:00 p. m., Hernández Camargo disparó con su arma de dotación contra López Jurado, impactándole en el cuello. La víctima, hijo de un reportero gráfico de la ciudad, fue trasladada a un centro asistencial, pero falleció.

Hernández Camargo, de 33 años, nacido y residente en Santa Marta, fue capturado el 10 de octubre de 2020 en cumplimiento de una orden del Juzgado Primero Penal Municipal con funciones de Control de Garantías. Tras su detención, se le imputaron cargos por homicidio agravado y se le impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.
El proceso judicial, sin embargo, no fue sencillo. Durante más de tres años, se presentaron múltiples aplazamientos y retrasos. Las audiencias de formulación de acusación y preparatoria fueron programadas y reprogramadas en varias ocasiones, debido a renuncias de abogados defensores y solicitudes de aplazamiento por parte de la defensa.
Durante el juicio oral, llevado a cabo en varias sesiones, se presentaron testimonios clave que incluyeron al investigador criminalístico Deinsy Samuel Calero López y Alexander de Jesús Álvarez Rojas, entre otros. Estos testimonios fueron fundamentales para el fallo del tribunal.
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