
Colombia acaba de perder un litigio internacional y ahora se enfrentará una multa de 9.5 millones de dólares en favor del inversionista minero australiano South 32, por cuenta de las irregularidades que habría cometido el Estado para el cobro de regalías de la empresa minera que estuvo a cargo del Cerro Matoso en Córdoba, la mina que contiene la mayor reserva de níquel en el país.
Así lo decidió el fallo del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi), después de que a esa instancia internacional llegara una demanda debido a cambios en las reglas de pago de regalías que afectaron a la mayor mina a cielo abierto de ferroníquel en América Latina.
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Con el pago de más de 39.000 millones de pesos a la firma australiana, se daría fin a la controversia que se originó tras una investigación de la Contraloría en 2020 sobre el presunto impago de regalías entre 1982 y 2012 por parte de la minera.
Esa investigación se basó en una resolución de 2015 de la Agencia Nacional de Minería que cambió la metodología para calcular y realizar los cobros por regalías del níquel, sin que fuera consultado previamente con los grupos empresariales y gremios, lo que condujo a que la multinacional australiana tuviera que realizar mayores pagos.

Incluso, la Contraloría emitió una sanción contra el Cerro Matoso el 25 de abril de 2024, obligando a la minera a pagar 230.000 millones de pesos por no cumplir con las nuevas reglas, lo que intensificó el conflicto y lo escaló a instancias internacionales.
South 32 alegó ante el Ciadi que las autoridades colombianas actuaron de manera injusta y desigual, modificando las reglas sin una base legal clara, por lo que los árbitros del ente internacional concluyeron que Colombia había violado el tratado comercial con Australia mediante órdenes inconsistentes y sin fundamento legal de la Contraloría General y la Agencia Nacional de Minería.
“El mayor valor que pretende cobrar ahora la Contraloría a la empresa está atado a un cambio en el porcentaje de la regalía (del 8% al 12%) que supuestamente no habría pagado la Compañía durante los años de 2005 a 2012. Sin embargo, de acuerdo con la ley 141 de 1994, el 12% solo es aplicable a contratos nuevos o extensiones de contratos que se hubieren celebrado a partir de la expedición de dicha Ley, caso que no aplicó para el contrato 1727, ya que nunca se prorrogó, y solo aplicó al contrato 866 a partir de su prórroga en el año 2007″, señaló la empresa en su denuncia.
Pero la millonaria multa, que podría ser apelada, no fue la esperada por South 32. De hecho, en la denuncia inicial la minera australiana pidió una suma de 94 millones de dólares como indemnización por los daños causados; sin embargo, la Ciadi solo sancionó al país con 9.5 millones, lo que representa solo el 10% de lo que pretendía la compañía.

Aunque la indemnización otorgada a South 32 fue significativamente menor a lo que la empresa australiana había reclamado originalmente, el fallo no fue del todo favorable para Colombia porque, además de la compensación inmediata, los árbitros del ente internacional también ordenaron que la minera sea indemnizada por futuros daños si Colombia continúa aplicando medidas que violen el tratado, lo que podría elevar la reclamación a 276 millones de dólares.
Por otra parte, el Consejo de Estado de Colombia también le dio un duro golpe a la Agencia Nacional de Minería, después de que negara un recurso en contra de un laudo arbitral que anulaba decisiones de la agencia sobre el cumplimiento de inversiones sociales de Cerro Matoso.
Tiempo atrás, la agencia había alegado que la empresa no había cumplido con uno de los requisitos para operar, argumentando que no se completaron las inversiones sociales de alto impacto para el municipio de Montelíbano, Córdoba. Sin embargo, Tribunal de Arbitramento de la Cámara de Comercio de Bogotá desestimó estas afirmaciones.
De hecho, el Tribunal de Arbitramento concluyó que Cerro Matoso sí había cumplido con sus obligaciones contractuales mediante donaciones y desembolsos y libró a la minera de responsabilidades legales.
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