El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, anunció medidas para deportar presos extranjeros, con énfasis en individuos de nacionalidad colombiana, en una estrategia orientada a mitigar la superpoblación penitenciaria ante la crisis de seguridad que enfrenta el país.
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Este plan de deportaciones emerge como respuesta a los recientes desafíos de seguridad interna en Ecuador, donde el aumento de la población carcelaria ha sido identificado como un factor crítico. El gobierno ha subrayado la necesidad de disminuir el número de internos, particularmente aquellos de origen extranjero, para mejorar las condiciones en los centros de detención y, a su vez, la seguridad nacional.
Las autoridades ecuatorianas han señalado que la priorización de deportación de los presos colombianos responde a estadísticas que indican una presencia significativa de estos en las prisiones de Ecuador.
En entrevista con Radio Candela en Ecuador, el presidente Noboa dijo: “Colombia dijo que nos querían ayudar… Yo les dije: ‘Perfecto, ya les mandamos 1.500 presos que los tenemos manteniendo en cárceles ecuatorianas. Tienen ya sentencias de 5 años o más ejecutoriadas y, de acuerdo a la ley ecuatoriana, nosotros los podemos sacar. Podemos sacar esos 1.500 y dejarlos en la frontera, y muchas gracias, quédense por allá”.
La crisis carcelaria en Ecuador ha estado marcada por recurrentes actos de violencia y motines en los últimos tiempos, situaciones que han evidenciado la necesidad de reformas estructurales y de manejo de la población penal. Con la iniciativa de deportaciones, el Estado ecuatoriano busca ejercer un mayor control sobre las condiciones penitenciarias y fortalecer su capacidad para enfrentar y prevenir futuros incidentes.

Este anuncio de Daniel Noboa ha generado diversos comentarios por parte de organizaciones de derechos humanos y grupos civiles. Estos sectores están atentos a las garantías de un debido proceso y a la conformidad de las deportaciones con los estándares internacionales de derechos humanos.
En respuesta, el ministro de Justicia en Colombia, Néstor Osuna, indicó que “se debe esperar a ver si eso ocurre o no ocurre (...) y quiero resaltar un genuino sentimiento de solidaridad, lo que está ocurriendo allá nos conmueve y esperamos que puedan resolver esa crisis rápido, de la mejor manera y sin que su estado de derecho se vea comprometido”.
Añadió que “esas repatriaciones de presos existen en el derecho internacional y son una práctica cotidiana de las autoridades, siempre se decide caso por caso, uno a uno. Porque hay unas circunstancias objetivas en la ley que requiere que lo solicite la persona privada de la libertad, que haya pagado más de la mitad de la pena, el Gobierno del país donde esta esté de acuerdo y después que las autoridades colombianas verifiquen la situación”.
La decisión del Gobierno ecuatoriano
El Ministerio de Relaciones Exteriores de Ecuador informó que 1.489 colombianos y 100 peruanos privados de la libertad en cárceles de Ecuador serán repatriados a sus países de origen. Esta medida se extiende también a 1.362 ciudadanos venezolanos en la misma situación. La decisión busca cumplir de manera más eficiente y rápida los acuerdos de transferencia de personas sentenciadas, promoviendo una mayor colaboración con los países vecinos.

La repatriación de presos extranjeros se realiza en el contexto de convenios internacionales vigentes. La Cancillería ecuatoriana ha hecho hincapié en la importancia de que las autoridades competentes de Ecuador, Colombia y Perú trabajen de manera coordinada para facilitar estos procesos.
“La Cancillería ecuatoriana está promoviendo una mayor cooperación con Colombia y Perú”, reza el comunicado oficial, enfatizando en la necesidad de ejecutar las transferencias con agilidad.
Ante esta medida, el Ministerio de Justicia colombiano destacó que, aunque la repatriación es una práctica común, cada caso debe someterse a una evaluación individual. Los procesos de traslado de reclusos entre estados son complejos y requieren una revisión detallada para su aprobación. Este enfoque caso por caso asegura que se cumplan todas las condiciones legales y diplomáticas para la repatriación.
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