
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) tiene entre ojo y ojo a VISA y Mastercard, las multinacionales que ofrecen servicios financieros por medio de cuentas débito y crédito.
La entidad, como autoridad única de protección de la libre competencia en Colombia, formuló pliego de cargos contra estas dos para determinar si habrían implementado estrategias orientadas a obstaculizar la participación de los agregadores de pagos en el mercado, quienes facilitan a los consumidores colombianos acceder a productos y servicios de comercios extranjeros, al permitir hacer el pago en pesos colombianos y elegir el número de cuotas al que quieren diferir su pago. Además, es un modelo de negocio menos costoso para los consumidores al compararlo con el que sería ofrecido con la intervención de VISA y Mastercard.
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De acuerdo con la SIC, la estrategia de estas dos habría consistido en dos actuaciones. En primer lugar, crear un programa propio para reemplazar el modelo de negocio empleado por los agregadores de pagos, el cual les habría generado mayores costos, lo que, en consecuencia, habría comprometido su permanencia en el mercado.
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En segundo lugar, el envío de una serie de comunicaciones a distintos bancos con el presunto propósito de impedir que mantuvieran relaciones comerciales con los agregadores de pagos que no se acogieran a sus programas. Como los bancos serían aliados indispensables para los agregadores de pagos, las comunicaciones que enviaron a ambas habrían sido idóneas para impedir que los agregadores continuaran en el mercado.
La SIC anotó que las estrategias desarrolladas por Visa y Mastercard habrían tenido el objetivo de generar los siguientes efectos en el mercado:
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- Efectos obstaculizadores, pues sus programas imponían condiciones que limitarían las operaciones de los agregadores de pagos. También, habrían desalentado el uso de modelos alternativos en el comercio electrónico, lo cual afectaría el bienestar de los consumidores.
- Efectos explotativos dirigidos a capturar las ganancias obtenidas por el modelo utilizado por los agregadores y trasladarlas hacia los programas controlados por las franquicias.
- Efectos exclusorios consistentes en desincentivar el mantenimiento de las relaciones comerciales entre los bancos y los agregadores de pagos. También, encarecer el funcionamiento del modelo de negocio de los agregadores de pago.

Las dos investigaciones vinculan a las siguientes personas jurídicas:
- Mastercard International Incorporated.
- Mastercard Colombia Administradora S.A.
- Mastercard Colombia INC. Sucursal Colombia.
- VISA Internatio Service Association.
- VISA Colombia S.A.
- VISA Colombia Support Services S.A.
Además, se vincularon a varios trabajadores de las personas jurídicas referidas.
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De ser comprobadas las conductas, la SIC podrá imponer multas hasta de 100.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv), equivalentes a $116.000 millones por cada infracción. Entre tanto, a las personas naturales que hubieran colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado las conductas anticompetitivas, hasta de 2.000 smlmv, equivalentes a $2.320 millones.
Contra esta decisión no procede ningún recurso, por ahora.
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Transacciones con Visa y Mastercard serían más costosas para los colombianos
Es de recordar que la SIC emitió acciones en julio del 2022 contra Visa y MasterCard para proteger la libre competencia a la hora de hacer transacciones con tarjetas debido y crédito.
En ese momento, la entidad aseguró que las compañías habrían ejercido prácticas que influirían en que los bancos colombianos no promuevan sus productos de crédito y débito adecuadamente; lo que incidió en el libre mercado para atraer nuevos clientes. En esa línea, uno de los agentes locales denunció que Visa y Mastercard harían que el modelo de Agente de Retención Local (LCA), con el que se hacen transacciones internacionales, resulte de un costo mayor.
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Ante este y otros argumentos, la Superintendencia de Industria y Comercio emitió una serie de órdenes a Visa y Mastercard que servirían para reparar los eventuales daños generados. Las directrices en ese momento fueron las siguientes:
- No imponer o implementar cualquier regla, programa o medida, que prohíba o restrinja la actividad económica que desarrollan los agentes en el modelo LCA en Colombia.
- Suspender de manera inmediata cualquier tipo de comunicación, reclamación o amenaza en contra de las entidades que ejercen la actividad de adquirencia en Colombia para evitar que sigan contratando con agentes que ofrecen el modelo LCA en el país.
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