Pensión ISSSTE: cuál es el tiempo de resolución tras realizar el trámite

Los interesados tendrán que seguir una serie de pasos para autorizar su pensión y acceder a algunos beneficios como el pago de aguinaldo

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Existe edad mínima para solicitarla. (Foto: Pixabay)
Existe edad mínima para solicitarla. (Foto: Pixabay)

Al llegar a la edad adulta, los trabajadores que se jubilaron por parte del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) recibirán una pensión. Sin embargo, para acceder a los recursos deberán de tomar en cuenta algunos requisitos.

De acuerdo con el ISSSTE, se trata de una pensión que podrá solicitar el trabajador a las edad de 65 años. Aunque el monto dependerá del sueldo que se haya tenido en el año inmediato anterior al solicitar la pensión.

Sin embargo, hay que recordar que para solicitar esta pensión la edad mínima es de 57 años para los hombres y 55 para las mujeres, pero esta se irá incrementando cada dos años, hasta llegar a 60 años para los hombres y 58 años para las mujeres, de 2028 en adelante.

Con su pensión reciben ciertos beneficios. (Foto: Pixabay)
Con su pensión reciben ciertos beneficios. (Foto: Pixabay)

¿Cómo solicitarla?

*Presentarse en el departamento de pensiones del ISSSTE más cercano a su domicilio.

*Llevar la siguiente documentación:

-Identificación oficial vigente.

-Estado de cuenta o contrato bancario vigente, a nombre del extrabajador, en el que se visualice el número de cuenta y CLABE Interbancaria.

-Último comprobante de pago del Trabajador o constancia de percepciones deducciones de la última quincena que laboró es conveniente para corroborar la última percepción recibida, y el cálculo de su cuota sea la que corresponda.

La resolución del trámite en este caso será de 90 días hábiles, según mencionó el Instituto de los trabajadores del Estado.

Los recursos se depositarán en la cuenta que desea. (Foto: Pixabay)
Los recursos se depositarán en la cuenta que desea. (Foto: Pixabay)

Será importante recordar también que al tramitar su pensión, los trabajadores obtendrán algunos beneficios que son: aguinaldo, servicios médicos en general o medicinas que se requieran, el monto de la pensión que les corresponde cada mes.

De acuerdo con el calendario oficial que maneja el ISSSTE, los giros se realizan en un día específico cada mes.

Por ejemplo, de acuerdo con el calendario el décimo cobro del año será el próximo jueves 29 de septiembre del año en curso.

Los recursos estarán garantizados para más de 1.2 millones de adultos mayores, quienes podrán cobrar a través de las cuentas bancarias que cada uno de ellos proporcionó al realizar su trámite de pensión.

En el caso del pago de su aguinaldo, éste estará previsto para la primera quincena de noviembre, cuando se deposita la mitad de esa prestación a los adultos mayores, es decir, solo el 50%. La otra parte se entrega durante enero.

Si tiene dudas, los adultos mayores podrán comunicarse a los siguientes teléfonos: 55 51 40 96 17 Ext. 12220, así como: 55 4000 – 1000. El ISSSTE también cuenta con una dirección de correo electrónico donde podrán exponer la situación en: atencion@pensionissste.gob.mx.

En cuanto a los pensionados del Institiuto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en esta ocasión los adultos mayores verán reflejado el monto de su pensión correspondiente al décimo mes del año, el próximo viernes 30 de septiembre en lugar del 1 de octubre como debería de ser, pues se trata de un día inhábil.

Y es que el IMSS tiene como regla pagar la pensión durante el primer día de cada mes. Sin embargo, en caso de que esta fecha caiga en día feriado o inhábil, entonces la dispersión deberá ser realizada el último día del mes anterior

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