
El tan cotizado pago de aguinaldo se ofrece por adelantado en algunas empresas, sobre todo cuando está por llegar el proyecto del Buen Fin en el país. Incluso los pensionados también reciben la prestación antes del fin del año; sin embargo, hay una parte de la población pensionada del IMSS que no recibe los recursos.
A continuación daremos a conocer cuál es el motivo por el cual no se da ese monto a algunas personas de la tercera edad que cotizaron para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
De acuerdo con el portal oficial del IMSS, los adultos mayores que sí reciben el dinero correspondiente a su aguinaldo son los que se ubican en el régimen de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, pero bajo el amparo de la Ley del Seguro Social hasta el 30 de junio de 1997.

¿Quiénes no reciben el pago?
Por su parte, aquellos que no tendrán derecho a un aguinaldo son las personas de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo el amparo de Ley del Seguro Social vigente.
¿Cuándo se pagará el aguinaldo?
*El 1 de noviembre es la fecha en que generalmente se paga el aguinaldo a las personas de la tercera edad del IMSS, junto con el monto correspondiente a su mensualidad.
*Mientras que para la primera quincena de noviembre se deposita a los adultos mayores del ISSSTE, pero solamente la mitad de su aguinaldo.
La dispersión de más de 4 millones de personas se verá reflejada en las cuentas bancarias que autorizaron los adultos mayores al realizar su trámite de pensión. Mientras que los que cobran a través de su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) o aseguradora, se ajustarán a las condiciones de pago que las instituciones autoricen o manejen en ese momento.
¿Cuándo se realizará el pago de pensión de octubre?
En tanto, hay que recordar que los pagos correspondientes a la pensión del IMSS se realizan el primer día de cada mes. Sin embargo, en esta ocasión serán adelantados los recursos.

De ese modo, el Instituto ha dado a conocer que la pensión se paga durante el primer día de cada mes. Sin embargo, en caso de que esta fecha caiga en día feriado o inhábil, entonces la dispersión deberá ser realizada el último día del mes anterior.
Por ello, en esta ocasión los adultos mayores verán reflejado el monto de su pensión correspondiente al décimo mes del año, el próximo viernes 30 de septiembre en lugar del 1 de octubre como debería de ser, pues se trata de un día inhábil.
En el caso de los jubilados y pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE), los recursos son abonados generalmente durante uno de los últimos días del mes anterior.
Y es que en este caso, ya se tiene marcada una fecha específica para realizar el movimiento, pues el instituto se rige por un calendario especial de pagos que diseñó y presentó antes de iniciar el año.
De acuerdo con dicho calendario, la fecha para realizar los giros del décimo cobro del año, será el próximo jueves 29 de septiembre del año en curso.
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