
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reforma de Enrique Peña Nieto que quitaba la obligatoriedad a los concesionarios de radio y televisión de distinguir entre información y opinión en contenidos informativos, con lo cual se podría fin a la llamada ley mordaza del PRI promovida en 2017.
Este lunes 29 de agosto, la máxima autoridad judicial de México, tras analizar las impugnaciones promovidas por la oposición en el Senado de la LXIII Legislatura contra el decreto que reformó la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), “determinó la existencia de violaciones graves al procedimiento legislativo desarrollado ante la propia Cámara que impactaron en la calidad democrática de la decisión finalmente adoptada”.
Y es que en octubre de 2017, la mayoría del Senado de la República, integrada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido Acción Nacional (PAN) eliminaron la obligación a concesionarios de radio y televisión a distinguir entre opinión e información al momento de presentar y/o difundir una hecho noticioso.

Con lo cual, los diferentes medios sujetos a dicha Ley tendrán la obligatoriedad de precisar a sus audiencias qué clase de contenido se les está revelando, esto en virtud de inhibir un sesgo informativo a partir de la línea editorial del medio.
Parte de la reforma que se derogó simplemente enmarca que se entenderá “que se transmite publicidad o propaganda como información periodística o noticiosa, cuando un concesionario inserta dentro de su programación informativa un análisis o comentario editorial cuyo tiempo de transmisión ha sido contratado por un anunciante”.
En cuanto al trabajo de la Suprema Corte, la invalidez fue sustentada por violaciones al proceso legislativo; es decir, la mayoría del Senado de la República en 2017 no atendió adecuadamente los procesos legislativos, por lo que la reforma emanada de dicho proceso queda sin efecto legal, por lo que la LFTR regresa al estado de como estaba antes del 31 de octubre de 2017.

“No se respetó el derecho a la participación de todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria, en condiciones de libertad e igualdad, al haberse incumplido reglas mínimas, tanto en las comisiones como en el pleno del órgano legislativo”, se lee en el comunicado de la SCJN.
Alberto Gelacio Pérez Dayán fue el ministro proyectista de esta determinación, quien señaló que el dictamen priista se avaló sin las lecturas previas que marca el reglamento del Congreso de la Unión; además, el dictamen resultante no fue publicado 24 horas antes de la discusión legislativa en la gaceta de la Cámara de Senadores.
Por lo que la acción de inconstitucionalidad promovida por la entonces minoría del Senado tuvo lugar y fue ratificada por la máxima autoridad judicial de México. Cabe recordar que durante la LXIII Legislatura, el PRI tenía el 42.97% de los escaños en el Senado. Aunado a esto, se le agrega el PAN con el 26.56%; mientras que la oposición integrada por el PT, PRD y los independientes sólo tenían el 14.84%, 4.96% y 7.03%, respectivamente.

¿Esta determinación podría afectar al gobierno de AMLO?
Aunque la invalidez de la reforma de Enrique Peña Nieto podría significar una victoria para la administración de Andrés Manuel López Obrador (AMLO), también podría ser un parteaguas para que la oposición actual en el Congreso de la Unión (PRI, PAN, PRD y MC) incida negativamente en el proyecto de nación de la llamada Cuarta Transformación (4T), esto por los motivos por los que la SCJN invalidó la reforma del PRI.
Y es que la Suprema Corte dejó sin efecto el decreto por las “violaciones graves al procedimiento legislativo”, algo por lo cual se podrían tirar algunas iniciativas aprobadas por la mayoría de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) en lo que va de sexenio.
De acuerdo con Leticia Robles de la Rosa, periodista legislativa, “al menos un 40% de leyes aprobadas por aplanadora Morena violaron el proceso legislativo”, por lo que si la oposición parlamentaria promueve una acción de inconstitucionalidad basada en la determinación de la SCJN, esta podría apelar al criterio que ahora se impuso y tirar algunas reformas como la de la Industria Eléctrica o la petrolera.
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