
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló con 9 votos a favor, la Norma Oficial 046, con lo cual se elimina el requisito de presentar una denuncia y autorización de un Ministerio Publico o Juez para poder acceder al aborto por violación.
Además, con dicha norma, tamnbien se busca garantizar que en el caso de que la persona afectada sea menor de edad (de 12 años en adelante) se pueda garantizar el derecho de solicitar el procedimiento sin el acompañamiento y/o autorización de un adulto.
Cabe señalar que la norma fue presentada desde el 2016; sin embargo, en aquella ocasión, los congresos de Baja California y de Aguascalientes presentaron controversias constitucionales para evitar que la norma fuera aprobada.
Sin embargo, este 14 de mayo, la SCJN declaró como infundadas dichas controversias por lo que la norma fue aceptada.
Durante la sesión en la sala de la SCJN, el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, se posicionó a favor de que las personas menores de edad gestantes tengan derecho a acudir a solicitar el procedimiento sin la compañía de tutores o padres.

La norma establece como obligación del Estado garantizar las condiciones dignas, adecuadas, igualitarias y prontas para que se lleve a cabo la interrupción del embarazo.
Cabe señalar que dicha norma fue publicada en 2009 para cumplir con diversos foros internacionales en materia de la eliminación de todas las formas de Violencia contra la mujer.
Adicionalmente fue resultado del acuerdo establecido por el gobierno mexicano y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, tras el caso de Paulina del Carmen Ramirez, a quién autoridades del estado de Baja California le negaron el acceso al aborto luego de que fue violada, por lo que la joven se vio obligada a continuar con el embarazo cuando tenía apenas 14 años de edad.

Aborto en México
Actualmente de las 32 entidades que conforman el territotio mexicano, solo en 8 de ellas es legal acceder al aborto de forma segura, siendo Guerrero el estado más reciente en el que se logró la despenalización del aborto con hasta 12 semanas de gestación.
Esto aún pese a que la Suprema Corte ya ha emitido una declaratorio en la que se invalida criminalizar a las mujeres que deseen abortar. En ella sentencia la facultad de gobernadores y Congresos locales para acelerar las modificaciones en el Código Penal que conviertan en un derecho la interrupción legal del embarazo.
Si bien en el comunicado emitido por la SCJN en septiembre de 2021, se estableció que el producto de la gestación merece una protección que incrementa en el tiempo, a medida que avanza el embarazo, está no puede ir en contra de los derechos de la persona gestante:
“Esa protección no puede desconocer los derechos de las mujeres y personas gestantes a la libertad reproductiva. Por lo tanto, criminalizar de manera absoluta la interrupción del embarazo es inconstitucional”.
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