
La campaña por la legalización de la marihuana ha tenido un largo camino en México. Apenas en enero de 2021 entraron en vigor los lineamientos para el uso medicinal de la cannabis, donde se contempla desde la producción hasta la investigación de la planta con fines médicos.
La inexistente regulación que había en productos de cannabis medicinal representaba un alto riesgo para los consumidores. La doctora Silvia Chavira, investigadora de la clínica del laboratorio Landsteiner Scientific, explicó que los peligros de la adquisición de productos informales están:
“En primer lugar, que no contengan cannabis y que no produzcan el efecto terapéutico que los consumidores esperan. En segundo lugar, que sí tenga cannabis pero en cantidades diferentes a las que se menciona en el frasco, si es que se menciona, y por lo tanto ocasionar efectos dañinos a la salud por falta de efectividad o exceso de eventos adversos al tener más cantidad de la deseada, sobre todo de uno de los derivados psicotrópicos, como es el THC”.
Además, sin una regulación apropiada, estos productos medicinales tenían pocos estándares de calidad y se volvían un riesgo a la salud por la presencia de hongos, bacterias o metales pesados.
Bajo este contexto, el 12 de enero e 2021, entró en vigor el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis y sus Derivados Farmacológicos que estableció los parámetros normativos que para la producción e investigación medicinal de la planta.

“El mayor reto es que se cuente con un reglamento que no se contradiga con la Ley de Salud actual, ajustar todos los artículos necesarios de dicha ley y con eso tendríamos un reglamento armonizado con la Ley General de Salud”, aseguró Chavira.
Bajo estos parámetros, la investigación del uso medicinal de la cannabis ya no solo exige la verificación sanitaria, sino que la existencia de un Laboratorio de Control de Calidad se ha vuelto parte fundamental dentro de la ley. Además de que, de acuerdo con MirandaPartners, la elaboración e indagación queda sujeto a visitas de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).
Para el desarrollo de la investigación será necesario presentar un protocolo aprobado también por la Comisión, el cual deberá incluir: la procedencia de la Materia Prima, el método de destrucción de los residuos o excedentes y el cumplimiento de trazabilidad, es decir, “un sistema que permite identificar el origen y las diferentes etapas del proceso de evolución de los productos relacionados con la Cannabis, con los fines de producción, investigación, fabricación y distribución”, según la especialista
El tiempo de aprobación de un protocolo quedó estipulado en un mes. Sin embargo, Chavira señala que normalmente han sido de seis meses, pues todo debe quedar claro y con demostración de la trazabilidad.

Por otro lado, el reglamento esta sujeto a cambios como cualquier otra normativa recién aceptada. Para Chavira entre los cambios que podrían generarse están que el tipo de receta se emplee solo contenga CBD o menos de 0.1% de THC.
“Otro cambio importante sería el mantener la separación de información y especificaciones de productos CBD (No psicotrópico) a los que contengan THC (psicotrópico) y no volver a unirlos como cannabis para así poder tenerlos clasificados adecuadamente como controlados (THC) y no controlados (CBD) y cualquier producto que contenga >0.1% THC será considerado controlado aunque contenga CBD”, puntualizó.
La especialista asegura que al existir un registro y trazabilidad de la cannabis desde la siembra hasta la venta, se desarrolla la función de eliminar o disminuir el riesgo de venta informal. Aunque a la fecha “no se ha planteado como se castigará a quienes no cumplan con las normas y reglas planteadas en el reglamento publicado en el diario oficial por la Cofepris”.
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