SAT: cuáles son los requisitos para renovar la e.firma para personas morales

El fisco dio a conocer nuevos horarios de atención para llevar a cabo el procedimiento de forma presencial

Compartir
Compartir articulo
El representante legal deberá seguir algunos requisitos. (Foto: Cuartoscuro)
El representante legal deberá seguir algunos requisitos. (Foto: Cuartoscuro)

A unos días de concluir el tiempo para presentar la declaración anual de impuestos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) reveló cómo se renueva la e.firma para personas morales.

Hay que recordar que la e.firma o antes llamada firma electrónica (Fiel), sirve para hacer una variedad de trámites sin salir de casa, además tiene la misma validez que una firma autógrafa y para generarla o renovarla se podrá realizar también a través del SAT ID.

La autoridad fiscal dio a conocer a través de redes sociales, que el trámite podrá desarrollarse de manera presencial, por lo que subrayó cuáles son los horarios de sus oficinas para llevarlo a cabo.

“Si eres persona moral y necesitas renovar tu e.firma, acude a nuestras oficinas en sus horarios ampliados”, escribió el fisco por medio de su cuenta de Twitter.

El SAT recordó cuáles son los horarios de atención. (Foto: Cuartoscuro)
El SAT recordó cuáles son los horarios de atención. (Foto: Cuartoscuro)

Es importante reiterar que las personas morales son un conjunto de ciudadanos que forman una sociedad para cumplir con sus obligaciones como empresa. No tienen una realidad material o corporal (no se pueden tocar como tal como en el caso de una persona física).

En ese sentido específico que el horario de atención en 55 oficinas del SAT será:

*De lunes a jueves de 8:00 a 17 horas.

*Viernes de 9:00 a 15:00 horas.

*Sábado 20 y 27 de marzo, de 9:00 a 14:00 horas.

Además, detalló que para realizar la renovación en cualquiera de sus oficinas o módulos de Servicios Tributarios, será necesario que el represente legal presente el RFC de todos los socios, en caso de que se cuente con más de cinco socios, deberá proporcionar en unidad de memoria extraíble un archivo en formato Excel (*.xlsx) que contenga la información de la totalidad de socios, accionistas o integrantes de la persona moral con las siguientes características:

-RFC a 13 posiciones del representante legal, socio, accionista o integrante de la persona moral o en el caso de socios personas morales el RFC a 12 posiciones (formato alfanumérico).

-Nombre(s) del socio, accionista o integrante de la persona moral. En el caso de los socios, accionistas o integrantes sean personas morales la denominación o razón social, (formato alfanumérico).

-Primer apellido del socio, accionista o integrante de la persona moral. (formato alfabético).

-Segundo apellido del socio, accionista o integrante de la persona moral. (formato alfabético).

Horarios que dio el fisco (Foto: SAT)
Horarios que dio el fisco (Foto: SAT)

Una manera más de realizar el proceso de la e.firma para personal moral es vía remota. De acuerdo con la página de internet del fisco se puede lograr realizando los siguientes pasos:

*Genere su archivo de requerimiento de renovación (*.ren) a través del contenido relacionado “Genera y descarga tus archivos a través de la aplicación Certifica”.

*De click en el siguiente enlace. Aquí.

*Ingrese su e.firma (antes Firma Electrónica).

*Selecciona Renovación del certificado.

*De click en el botón examinar.

*Elija el archivo de renovación (.ren) previamente generado.

*De clic en renovar.

*Guarde o anote  el número de operación.

*De click en seguimiento.

*Descargue su acuse de renovación.

*Regrese  al menú principal.

*De click en recuperación de certificados.

*Seleccione el certificado que corresponda a la fecha en la que realizó su trámite de renovación.

*Descargue y guarde su certificado en la misma ruta en la que se encuentra tu llave privada.

El SAT anunció también que omitir pagos mensuales o de impuestos en plazos establecidos, provocará el pago de recargos. Por ello, debemos conocer cuándo se realiza la declaración anual correspondiente al año pasado, tanto para personas morales como físicas.

En ese sentido, reiteró que para realizar la declaración anual para personas morales, se podrá desarrollar hasta el 31 de marzo del presente año.

SEGUIR LEYENDO