Por qué López Obrador no tiene facultades para entregar el control de los puertos a la Marina

El presidente anunció el 17 de julio que quiere dar otro paso en la militarización del país

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En 2014, la administración de Enrique Peña Nieto inició el Programa Frontera Sur, un plan de seguridad enfocado en el control migratorio entre México y Centroamérica. (Foto: REUTERS/Alan Ortega)
En 2014, la administración de Enrique Peña Nieto inició el Programa Frontera Sur, un plan de seguridad enfocado en el control migratorio entre México y Centroamérica. (Foto: REUTERS/Alan Ortega)

El 23 de julio de 2020, el entonces secretario de Comunicaciones y Transportes, Javier Jiménez Espriú, renunció a su cargo en la administración nacional a causa de un desacuerdo con el presidente Andrés Manuel López Obrador. El diferendo surgió tras la decisión del Ejecutivo de transferir las funciones de administración portuaria a la Secretaría de Marina.

En su carta de renuncia, Jiménez Espriú expresó arrepentimiento por no haber podido transmitirle al presidente su “convicción y preocupación sobre la grave trascendencia que tiene esta medida en el presente y el futuro de México, tanto en lo económico como en lo político”.

Un claro antecedente de los efectos que tiene delegar la administración de fronteras a las Fuerzas Armadas es el caso del Ejército. En 2014, la administración de Enrique Peña Nieto inició el Programa Frontera Sur, un plan de seguridad enfocado en el control migratorio entre México y Centroamérica. La medida más significativa fue el despliegue del Ejército en labores de control migratorio como detenciones e investigaciones de crímenes a migrantes.

La Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (FJEDD) es una organización de la sociedad civil que se dedica a la investigación y emisión de recomendaciones sobre violaciones a Derechos Humanos. La asociación destaca por su labor en la protección a migrantes dentro del territorio nacional. Entre los casos que han documentado existen varias instancias de violaciones a los derechos de los migrantes por parte de las Fuerzas Armadas y evidencias de negligencia militar en la investigación de crímenes a migrantes.

Elementos de la Guardia Nacional resguardan el puente internacional sobre el río Suchiate que conecta a México y Guatemala (Foto: Johan Ordoñez/AFP)
Elementos de la Guardia Nacional resguardan el puente internacional sobre el río Suchiate que conecta a México y Guatemala (Foto: Johan Ordoñez/AFP)

La idea de López Obrador de responsabilizar a la Marina por las labores de administración portuaria está basada en la posibilidad de las instituciones militares del país de asistir a la Guardia Nacional (GN) en sus labores durante los primeros cinco años de su formación. Dicha facultad fue otorgada el 11 de mayo en el Acuerdo bajo el cual la Presidencia de la República decretó la participación de las Fuerzas Armadas (Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea) en las tareas de seguridad pública hasta marzo de 2024.

Si la Guardia Nacional tuviera entre sus facultades la gestión portuaria, la Marina podría intervenir bajo el argumento de asistencia. Pero, como lo indicaron distintas organizaciones de la sociedad civil, la Guardia Nacional no está debidamente regulada en cuanto al alcance de sus competencias. Los puertos, la Marina Mercante y la formación de marineros no están mencionadas en la reforma constitucional que creó a la Guardia Nacional.

De acuerdo con José Ramón Cossío Díaz, el poder Ejecutivo tampoco tiene las capacidades jurídicas para responsabilizar a la Marina de las funciones que le corresponden al gobierno. El ex miembro de la Suprema Corte de Justicia argumentó que, en primer lugar, el artículo 16 de la Constitución establece que cualquier acción de la autoridad debe provenir de un mandato, norma o ley. Y el acuerdo militarista no autoriza a las Fuerzas Armadas a incorporar nuevas funciones, sólo puede hacer lo que le compete a la GN.

Si la Guardia Nacional tuviera entre sus facultades la gestión portuaria, la Marina podría intervenir bajo el argumento de asistencia.  (FOTO: GALO CAÑAS /CUARTOSCURO)
Si la Guardia Nacional tuviera entre sus facultades la gestión portuaria, la Marina podría intervenir bajo el argumento de asistencia. (FOTO: GALO CAÑAS /CUARTOSCURO)

El Artículo 129 establece que “en tiempos de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”, explica Cossío Díaz. Si el presidente considera que la Marina es la única institución con posibilidades de frenar el ingreso de sustancias ilegales, tiene dos opciones constitucionales.

La primera es la suspensión de derechos por emergencia de acuerdo con el Artículo 29. La Constitución establece que en casos urgentes, el Ejecutivo puede desplegar a las Fuerzas Armadas para resolver la situación de forma expedita. El artículo contempla que dicha suspensión debe estar limitada por un periodo específico, hasta que el problema quede resuelto.

La segunda opción es que López Obrador decrete la seguridad interior del país está comprometida, que equivale a declarar un estado de guerra. Esta facultad está establecida en el Artículo 89 de la Constitución.

Ambas opciones implicarían mayores avances en la militarización del país, con todas las implicaciones de violencia y violaciones a Derechos Humanos que ese proceso ha tenido desde 2012. Cossío Díaz argumenta que, si el presidente considera que los puertos necesitan una reforma de seguridad, tiene las capacidades de hacerlo desde la administración pública y la vía civil.

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