
Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avalaron la prohibición del matrimonio infantil en Aguascalientes, al resolver que ese estado no violó la Constitución al quitar de su código civil las dispensas que permitían los casamientos en casos graves y justificados.
Por unanimidad, la SCJN aprobó las reformas legales del Legislativo de Aguascalientes que establecen una edad mínima de 18 años para contraer matrimonio al resolver que no vulneran el libre desarrollo ni restringen derechos de las niñas.
El ministro José Fernando Franco González Salas destacó en su ponencia que con las reformas, el código civil de Aguascalientes cumple con una finalidad constitucionalmente válida y con la Ley General de los Derechos de Niñas y Adolescentes, y también con convenios internacionales.
Es válido prohibir el #MatrimonioInfantil. Se protegen los derechos de la infancia y sobre todo de las niñas y adolescentes. No se viola principio de progresividad ni libre desarrollo de la personalidad: #SCJN
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— Suprema Corte (@SCJN) March 26, 2019
La resolución de la SCJN resolvió la acción de inconstitucionalidad que la Comisión de los Derechos Humanos de Aguascalientes interpuso para impugnar las reformas del Congreso del estado para prohibir el matrimonio infantil, de acuerdo con la agencia de noticias EFE.
El pasado 21 de marzo, el Senado mexicano aprobó con el voto de 118 senadores una reforma que prohíbe el matrimonio infantil en todo el país, que anualmente registra alrededor de 1.3 millones de estos casamientos, según datos divulgados por legisladores.
Esta reforma que modifica y deroga varios artículos del Código Civil Federal además de que se establece la edad mínima de 18 años para contraer matrimonio, ha sido enviada por el Senado a la Cámara de Diputados para su revisión y eventual aprobación.
Entre las modificaciones, se otorga al juez del registro civil plena autorización para exigir todas las declaraciones que estime convenientes a fin de asegurarse de la identidad de los contrayentes, de su mayoría de edad y de su aptitud para adquirir matrimonio.
Asimismo, se precisó que una persona que ejerce de tutor de un menor de edad no puede casarse con la persona que ha estado bajo su custodia, salvo que se obtenga una dispensa legal de parte del alcalde del municipio donde se celebre la ceremonia.

La presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia, Josefina Vázquez Mota, detalló que México es uno de los 10 países del mundo con mayor número de matrimonios infantiles.
Vázquez Mota aseguró que las niñas que se casan dejan la escuela y tienden a embarazarse de manera prematura y tiene un riesgo mayor de ser víctimas de discriminación y de violencia doméstica.
La senadora aseguró que casi el 50 % de las mujeres que se casan antes de los 18 años sufren de violencia física, y que el 70 % padece violencia sexual y un 16 % de violencia económica.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) de México celebró este martes que el Senado mexicano prohibiera los matrimonios infantiles en todo el país, lo que garantizará que los niños mexicanos puedan "vivir en condiciones de bienestar"
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