Funcionarios públicos no podrán hacer teletrabajo desde una ciudad distinta a aquella donde fueron contratados

El Departamento Administrativo de Función Pública señaló que los funcionarios no podrán cumplir con sus tareas idónea cuando sean requeridos presencialmente por encontrarse en otras ciudades.

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(Andina)
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Por cuenta de la pandemia del coronavirus, el Gobierno Nacional dejó que un importante número de sus funcionarios empezarán a trabajar de forma remota, también conocido como teletrabajo, los trabajadores del Estado empezaron a laboral desde otras ciudades o municipios desde los que eran originarios, pero -después de casi tres años desde del primer caso de la covid-19 registrado en país- el Departamento Administrativo de Función Pública tiene nuevas directrices para sus empleados.

El Departamento Administrativo de Función Pública señaló que los funcionarios públicos no podrán hacer teletrabajo desde otras ciudades diferentes al lugar donde se les contrato originalmente.

La razón que llevó al Departamento Administrativo de la Presidencia a tomar esta decisión es que, al estar el empleado en otra ciudad o municipio diferente del lugar donde se le contrato, no podrá cumplir con idoneidad sus tareas cuando se les requieran presencialmente.

Otro motivo por el cuál no se considera viable trabajar desde otras ciudades o municipios distintas es que el empleador, en este caso el Estado debe revisar constantemente las condiciones del lugar de trabajo del empleado, tarea que se ve afectada cuando un funcionario no se encuentra en la misma ciudad donde lo contrataron.

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“No tendrían la posibilidad de cumplir con su obligación de asegurar que cuentan con las condiciones físicas adecuadas para desarrollar su actividad laboral”, señaló la entidad sobre el teletrabajo de sus funcionarios públicos.

Lo anterior también se encuentra consignado en la “Guía técnica para prevención y actuación en seguridad y salud en situaciones de riesgo en el teletrabajo” del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC).

En este documento se lee: “Se señala que uno de los deberes de la administración es la verificación de las condiciones del centro destinado al teletrabajo para el cumplimiento de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo con la asesoría de su Administradora de Riesgos Laborales”.

Teletrabajo de servidor público desde el extranjero no es viable, según el Departamento Administrativo de Función Pública

Cabe señalar que el pasado 9 de diciembre de este año (2022), a través de su página web, el Departamento de Función Pública también inviable que los empleados del Estadio estuvieran teletrabajando desde otros países.

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Esta decisión también se tomó con base en lo consignado en la “Guía técnica para prevención y actuación en seguridad y salud en situaciones de riesgo en el teletrabajo” del MinTIC señala lo siguiente: “los deberes de la administración es la verificación de las condiciones del centro destinado al teletrabajo para el cumplimiento de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo con la asesoría de su Administradora de Riesgos Laborales, también conocida como ARL”.

Además, la entidad señala que - como la facilidad del teletrabajo es un convenio de mutuo acuerdo- y si la administración considera pertinente dar por terminado el teletrabajo con uno o más empleados, “deberá poner en conocimiento de estos, quienes deberán continuar con su actividad laboral en la sede física de la entidad u organismo de forma inmediata”.

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