Ministra del Trabajo hizo un llamado para que los empleadores cumplan con el plazo establecido para el pago de la prima

La ministra Gloria Inés Ramírez hizo esta invitación resaltando que, en caso de incumplir los plazos establecidos, podrían entrar en sanciones

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Aseo de Bogotá. Foto: Colprensa
Aseo de Bogotá. Foto: Colprensa

El sábado 3 de diciembre, la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, lideró la sesión de los Diálogos Regionales Vinculantes que se desarrolló en Ibagué. Desde allí, la jefe de la cartera laboral habló de temas relacionados al sector obrero del país, pero también recordó a los empleadores, especialmente de servicios generales, el plazo que deben cumplir para pagar la prima de diciembre.

La prima es una bonificación prestacional reglamentada que busca compensar al trabajador por sus labores durante el año. Esta se paga en los meses de junio y diciembre, teniendo esta última la característica especial de que se enmarca en medio de las celebraciones colombianas relacionadas a la navidad. Por esta razón, la bonificación de esta fecha tiene un especial interés en los trabajadores.

De esta manera, cada persona podrá gozar de su prima para realizar sus compras decembrinas, para costear sus festividades o para la ocasión que desee. En ese sentido, la ministra Gloria Inés Ramírez enfatizó en la fecha que deben cumplir todos los empleadores del país para el pago de la prima.

La jefe de la cartera laboral señaló que es el 20 de diciembre el día en que se cumple el plazo para pagar la prima de servicios a los trabajadores domésticos. Dentro de los que destacan las personas que ejercen labores de aseo, cocina, lavado, planchado; jardineros, cuidadores de fincas, conductores y niñeras, entre otras tareas.

“Para el personal de trabajo doméstico, que es fundamentalmente mujeres, estamos planteando para que se cumplan las normas que tiene el Ministerio del Trabajo y haremos la vigilancia para que este grupo también sea formalizado”, destacó la ministra Ramírez.

Es válido resaltar que esta obligación de los empleadores está consagrada en la ley 1788 del 7 de julio de 2016 que busca “garantizar y reconocer el acceso en condiciones de universalidad el derecho prestacional de pago de prima de servicios para las trabajadoras y los trabajadores domésticos”.

Esta misma reglamentación explica las sanciones a las que se expone el trabajador que incumpla los plazos establecidos para el pago de la prima. De acuerdo con las precisiones que la ministra Gloria Inés Ramírez hizo al respecto, el no pago de la bonificación en este plazo máximo del 20 de diciembre, puede ocasionar multas que irían entre 1 a 5 millones de pesos, cifra que excede el valor obligado a pagar.

“La no cancelación de este tipo de prestaciones sociales, genera multas de un día de salario por cada día de mora, lo que significa, entre 1 a 5 millones de pesos, en valores de 2022″, resaltó la jefe de la cartera laboral.

Cabe resaltar que la prima de servicios equivale al pago de 30 días de salario, un reconocimiento económico que se hace por el semestre laborado o por el tiempo proporcional laborado. De acuerdo con las estimaciones del Ministerio del Trabajo, cerca de 634 mil personas recibirán el pago de esta bonificación por cuestión de sus labores.

Es de anotar que el pago de la prima de diciembre para este año, se hizo de una manera diferente a como se estipuló en el año anterior. Para el 2021, el gobierno de Iván Duque hizo una recomendación a las empresas y los empleadores para que pagaran esta prima en la primera semana de diciembre, algo completamente atípico y que no implicaba una obligatoriedad precisa. No obstante, la iniciativa tuvo un eco importante en el sector empresarial, por lo que la mayoría de los trabajadores recibieron el dinero en este tiempo.

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