
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- informó que, a través de mensajes engañosos de WhatsApp, inescrupulosos invitan a los contribuyentes a realizar pagos por ganancias ocasionales haciendo uso de formularios que no existen en la entidad y además indicaron que la imagen institucional mostrada en estos mensajes tampoco corresponde a la actual.
<b>El mensaje engañoso que llega al WhatsApp</b>
“La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- tiene como objeto coadyuvar a garantizar la seguridad fiscal del Estado colombiano y la protección del orden público económico nacional, mediante la administración y control al debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras, cambiarias, los derechos de explotación y gastos de administración sobre los juegos de suerte y azar explotados por entidades públicas del nivel nacional y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad”, dice el inicio del mensaje enviado a los incautos.
Luego, para hacer el mensaje más creíble, enuncian un párrafo sobre el tipo de cobro que se estaba haciendo, indicando que: “las ganancia ocasional es el impuesto que una persona natural o jurídica paga al momento de ser acreedor de un premio, producto de una lotería, Rifas o concurso realizado por las diferentes entidades que hacen tales eventos en motivación de promocionar y acreditar dichas empresas tal como lo habla el artículo 302 del estatuto tributario”, dice el texto que llega por WhatsApp en nombre de la Dian.
El punto de inflexión llega cuando hacen el cobro, refiriendo que: “De esta manera me permito informarie que para hacer efectivo la realización del premio de 5′000,000 de pesos que fueron sorteados por parte de la compañía telefónica MOVISTAR, los cuales serán entregados a el señora con el número de identificación CC, debe hacer efectivo la cancelación del 8 % del total de la premiación, en este caso debe ser efectuado por el monto de $400,000 pesos, que deben ser cancelados en por parte del beneficiario. El pago de la ganancia ocasional debe ser obligatorio para hacerse la respectiva entrega de la premiación que se hará una vez el beneficiario descongele el premio al que fue acreedor. El respectivo desembolso del premio se hará directamente de la entidad Bancaria al número de cuenta que se asigne al beneficiario”, finaliza el supuesto comunicado que busca suplantar a la Dian para hacer cobros.
<b>Las recomendaciones de la Dian</b>
La DIAN reiteradamente ha informado que los canales oficiales para la realización de operaciones transaccionales son: el portal institucional www.dian.gov.co o la App DIAN, la cual puede descargar a través de IOS o Play Store.
Los ciudadanos que requieran realizar trámites también pueden hacerlo con los agentes de servicio en los puntos de contacto, de manera presencial o virtual, solicitando su cita a través del siguiente enlace: https://agendamientodigiturno.dian.gov.co/ o solicitando asistencia telefónica en el contact center.
Las líneas son: 601 3078064 para atención de Impuestos y 601 3078065 para atención de Aduanas. Todos los trámites o consultas ante la DIAN pueden realizarse en los canales oficiales sin costo alguno. Ante estos hechos, denuncie ante el CAI virtual de la Policía Nacional https://caivirtual.policia.gov.co/ o en el PQRS de la DIAN https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/contactenos/Paginas/PqrsDenuncias
“La innovación tecnológica implementada por la entidad permite que hoy se tengan nuevos trámites y servicios digitales. Esta innovación busca que, de manera ágil, cómoda y segura, mediante la autogestión, los ciudadanos tengan una nueva experiencia Dian”, indicaron desde la entidad.
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