Fin a la polémica: esta fue la decisión de la Dimayor sobre el pleito entre Jaguares e Independiente Santa Fe

El equipo cordobés había solicitado que se le otorgara el triunfo contra los ‘cardenales’ por presuntas irregularidades de inscripción en la jornada 18 de la Liga Betplay

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El pasado 30 de abril, Independiente Santa Fe derrotó 4-0 a Jaguares por la fecha 18 de la Liga Betplay 2022-I. Foto: Colprensa
El pasado 30 de abril, Independiente Santa Fe derrotó 4-0 a Jaguares por la fecha 18 de la Liga Betplay 2022-I. Foto: Colprensa

La polémica entre Jaguares de Córdoba e Independiente Santa Fe se desató el pasado 30 de abril, en el marco de la fecha 18 de la Liga Betplay 2022-I. Pese a que los ‘cardenales’ ganaron 4-0 en el estadio Nemesio Camacho El Campín, el cuadro de Montería denunció presuntas irregularidades en la inscripción de Agustín Julio, quien ese día estuvo dando indicaciones desde el banco de suplentes.

El exportero colombiano aparecía registrado en la planilla oficial del encuentro como delegado, según lo confirmó él mismo hace algunos días. Sin embargo, en muchos sectores de la opinión pública se despertaron las sospechas, pues el que aparecía como director técnico era Grigori Méndez. E incluso, este último asistió a la rueda de prensa para dar sus impresiones del compromiso.

Jaguares tomó la decisión de demandar a Santa Fe argumentando que este había incumplido el artículo 40 del Reglamento Liga Betplay Dimayor I-2022, en el cual se especifica lo siguiente: “El personal de apoyo del club, (director técnico, asistente técnico, preparador físico, médico, kinesiólogo y delegado) que sean inscritos en las planillas de juego, deberán ocupar los mismos cargos para los que fueron registrados en la Dimayor al momento de su inscripción oficial”.

Cabe destacar que para que un entrenador pueda ejercer tal cargo en el fútbol colombiano debe contar con una licencia profesional, la cual Julio no tiene. Y, en función de ello, las directivas del equipo ‘felino’ buscaban que la Dimayor le fuera entregara la victoria, un aspecto vital pensando en clasificar a los cuadrangulares semifinales del campeonato.

Eduardo Méndez, presidente de Santa Fe, aseguró la semana pasada, en entrevista con el programa ‘Balón Dividido’ de ESPN, que el recurso legal de Jaguares era ilógico, ya que Julio, al ser delegado, tenía el derecho a estar en el banco de suplentes: “Me genera tristeza que se lleguen a mirar estas minucias cuando se tiene claro que nosotros, para evitar cualquier violación a la norma, inscribimos a Grigori como director técnico. (…) La norma es clara y dice quién debe estar ahí y que cada uno ocupa el cargo para el que lo registraron y no hay limitación para ninguno”.

El presidente de Independiente Santa Fe, Eduardo Méndez. Foto: prensa Santa Fe
El presidente de Independiente Santa Fe, Eduardo Méndez. Foto: prensa Santa Fe

La decisión que tomó la Dimayor respecto al caso:

Luego de que cada equipo presentara sus recursos, el ente rector del balompié nacional le dio la razón a Independiente Santa Fe, por lo que Jaguares no recibirá los tres puntos que estaba reclamando. En primer lugar, la Comisión Disciplinaria del campeonato señaló que los árbitros y comisarios de campo “no reportaron ningún hecho constitutivo de una presunta infracción, siendo claro que, al menos en criterio de estos oficiales, no se produjo ninguna anomalía en la inscripción de los jugadores y cuerpo técnico para disputar el encuentro”.

En ese sentido, la entidad señaló que, más allá del material audiovisual remitido por Jaguares, “no se encuentra demostrado que el señor Agustín Julio estuviera ejerciendo las funciones de Director Técnico en el referido partido”. Adicionalmente, el organismo explicó que Grigori Méndez estaba debidamente registrado, estuvo presente en el estadio y cumplió con sus obligaciones al asistir a la conferencia de prensa.

En imagen, Agustín Julio, delegado de Independiente Santa Fe. Foto: AFP
En imagen, Agustín Julio, delegado de Independiente Santa Fe. Foto: AFP

La Dimayor puntualizó que en la queja de Jaguares no se indicó cuál era la regla que Santa Fe habría violado, por lo tanto se remitió al artículo 83 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol (FCF). Este hace referencia a las “infracciones sancionables con derrota por retirada o renuncia”. No obstante, tampoco se pudieron comprobar irregularidades, razón que llevó a archivar el caso.

“En consecuencia, al no encontrar mérito para la imposición de la sanción por infracción al artículo 83 del CDU de la FCF, este Comité no accede a lo peticionado y su lugar decreta el cierre y archivo de la presente actuación disciplinaria. Contra la presente decisión procede recurso de reposición ante este Comité y recurso de apelación ante la Comisión Disciplinaria de la DIMAYOR”, concluyó el fallo.

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